7 Denuncia pues estas cosas, para que sean sin reprension.

8 Y si alguno no tiene cuidado de los suyos, y mayormente de los de su casa,
la fé negó, y es peor que el que no creyó.

9 La viuda sea puesta en oficio no menos que de sesenta años, la cual haya
sido mujer de un varon:

10 que tenga testimonio en buenas obras; si crió [bien sus hijos;] si ha hospedado; si ha lavado los piés de los santos; si ha socorrido á los que han padecido afliccion; si ha seguido toda buena obra.

11 Mas las viudas mas mozas no admitas: que despues que han vivido disolutamente contra Cristo, quieren casarse:

12 condenadas ya, por haber falseado la primera fé.

13 Y asimismo tambien las ociosas, enseñadas á andar de casa en casa; y no
solamente ociosas, mas aun parleras y curiosas, parlando lo que no conviene.

14 Quiero, pues, que las mozas se casen, crien hijos, gobiernen casa; que
ninguna ocasion den al adversario para mal decir.

15 Porque ya algunas han vuelto atrás en pos de Satanás.

16 Y si algun fiel, ó alguna fiel tiene viudas, manténgalas, y no sea cargada la Iglesia: para que haya lo que es menester para las que de verdad son viudas.