Así es como el conocimiento de la causa del hecho particular es lo que nos permite generalizar. Y debemos decir, por lo tanto, que el fundamento de la generalización es la determinación de la causa de un hecho.
Pero con esto sólo hacemos una constatación, y es la de que la inducción la fundamos en el conocimiento de la causa de los hechos particulares. Pero una cosa es lo que hacemos y otra cosa es la legitimidad de lo que hacemos. Inducimos fundándonos en el conocimiento de la causa de los hechos; pero, ¿con qué derecho lo hacemos?
He ahí el problema de la legitimidad de la inducción.
Este problema es insoluble para el dogmatismo. A pesar de las pruebas de ingenio que se han dado en este sentido, de nada han valido las proezas realizadas para fundar la legitimidad de la inducción. Y sin embargo nada más fácil de legitimar cuando se tiene en cuenta el sentido pragmático de los términos en el razonamiento. Se legitima por la identidad de los términos sustituídos cuando se sustituye a lo particular lo general. Veamos cómo puede ser esto.
Cuando afirmo en general lo que he constatado como causa del hecho particular, no digo nada nuevo, digo lo mismo de lo mismo. En la comprobación de la muerte de Juan a causa de la herida sufrida en el corazón, hago más y hago menos que comprobar la causa de la muerte de Juan. Hago menos en este sentido, de que no constato la causa de la muerte de Juan en toda la complejidad del concepto dogmático de Juan. La muerte del Juan cuya causa constato, no es la del Juan padre de familia, o del Juan persona honesta, o del Juan versado en conocimientos astronómicos, sino simplemente del Juan cuyo sistema circulatorio depende de la integridad de su corazón. El Juan de cuya muerte constato la causa es el Juan organismo vital con un sistema circulatorio determinado. Y en la constatación de la muerte de Juan hago más que constatar la causa de su muerte, porque afirmo la causa de la destrucción de los organismos construídos sobre el tipo del que él presenta. No es la causa de la destrucción del organismo de Juan en cuanto es de Juan, sino la destrucción de un organismo de un tipo determinado. Ahora bien; cuando generalizamos procedemos de la misma manera al referirnos a los demás hombres. Al decir que los demás hombres morirán si se les hiere en el corazón, no pensamos ni en la extensión del concepto hombre, ni en todas sus diversas características que determinan su comprensión. No es al hombre en cuanto racional que se generaliza, no es al hombre en cuanto animal que prepara su comida, que pensamos, sino al hombre organismo de tal tipo. Ahora bien; como en la comprobación de la muerte de Juan sólo hemos visto al organismo de tal tipo, al afirmar en general no hacemos sino decir lo que hemos constatado en particular, es decir, que el organismo de tal tipo muere si se le hiere en el corazón.
Así es como el principio de identidad es el fundamento que legitima la inducción, de la misma manera que legitima las otras formas del razonamiento. Por eso hemos dicho, al ocuparnos del razonamiento crítico, que éste es único en sus tres formas: matemática, inductiva y deductiva. Razonar es sustituir términos idénticos. En el razonamiento matemático la identidad se manifiesta en la igualdad de los términos; en el razonamiento deductivo aparece oculta en la subordinación de la especie al género; en el razonamiento inductivo hay que desentrañarla en la determinación de la causa.
La determinación de la causa justifica, pues, la inducción en cuanto permite fundarla en el principio de identidad.
La determinación de la causa es así fundamental para legitimar la inducción. Y la legitimidad de la inducción supone en consecuencia la posibilidad de determinar la causa. Si no se pudiesen determinar las causas de las cosas, la inducción no sería posible, y no podríamos aceptar las generalizaciones fundadas en ella, es decir, casi todas las leyes de la naturaleza.
De ahí la importancia que tiene para la ciencia la discusión acerca de la existencia de las causas y de la posibilidad de determinarla.