APÉNDICES
APÉNDICE I
Provisión de la Audiencia de la Española, dada por los Oidores Fuenmayor, Guazo, Infante y Vadillo, en 4 de Mayo de 1534[585].
Parecieron ante el Audiencia Luis G. de Leyva i Antonio de la Llana, procuradores de Venezuela, presentando una provanza sobre «los males, injusticias, agravios i estorsiones que el Governador Alfinger, difunto, e Bartolome de Santillana, su teniente, havian hecho. Y otra sobre que el Teniente queria irse secretamente de la provincia. Parecio tambien Pedro Jacome Ganzio, en nombre de los alemanes Governadores, exponiendo los alborotos de Venezuela despues de la muerte de Alfinger, por querer cada (uno) su Governador i quitar la vara a Santillana, siendo los principales para ello los Oficiales reales i Francisco Gallego, Alcalde de Coro, quienes le prendieron con mucho alboroto (tomando todo el oro que Alfinguer i la gente que con el fue a la entrada donde murió), le metieron en carcel obscura con muchas prisiones i alli le tuvieron más de un año, i nombraron en su lugar al Factor Sant Martin, etc. Todos pedian justicia.—Provee el Audiencia que el Obispo Bastidas vaya, tome en si la Governacion i ordene quanto convenga, tanto sobre cristianos como sobre indios, i dege Teniente a quien mejor le pareciere.
En Coro, a 27 de Junio de 1534, juntos en Cabildo en la Iglesia, Pedro de San Martín, Alcalde ordinario factor i Veedor i Regidor, Estevan Mateos, Alcalde ordinario i Regidor, Contador Naveros, Regidor; Antonio Orejon, procurador general; Juan de Villegas, escrivano, se presentó la provisión, se obedeció, i luego se pregonó.
(Extracto en la Colección Muñoz, tomo LXXX.)
APÉNDICE II
Carta de Jerónimo de Ortal al Emperador, fechada en Cubagua á 24 de Diciembre de 1534.
S. C. C. M.—Gerónimo de Ortal a quien V. M. mandó que le viniese a servir de Governador en el golfo de Paria e otras provincias, humilmente besa los pies de V. M. i dice que de la isla de Tenerife hizo saber á V. M. su partida en seguimiento de la jornada de que salió Despaña i dio relación por aquella de la gente que en dos navios llebava, i plugo a Nuestro Señor que, partido de la dicha isla sin nafragio ni escándalo ninguno, llegó á reconocer en veinte i seis dias el rio Dusce, que es ocho grados del norte en la costa de la tierra firme, e podia haver hasta el golfo de Paria cinquenta leguas, i asi, costeando la tierra, vino a la isla de la Trenidad, ques casi a la entrada del golfo, i costeo mucha parte de la dicha isla por haver noticia i lengua de donde estava Antonio Sedeño con pocos cristianos, que a la dicha isla vino puede hacer año e medio, i no se dejó de hacer toda la diligencia que se pudo, porque supo por cartas i nueva cierta en la Cibdad de Sevilla que el dicho Antonio Sedeño estava en la dicha isla con algun trabajo i rriesgo de su persona i de los pocos que alli estavan, i esto procurava viendo que era servicio de V. M. ver los dichos cristianos i segun la nescesidad en que estovieran detenerse alli para los ayudar e sacar del trabajo en que estovieran, lo que por cierto el procuró de haver lengua dellos i costeó la dicha isla, que poca le quedo por ver i nenguna razon ni lengua pudo haver dellos, hasta que llegó en el dicho golfo de Paria, i surto en el ante la fortaleza que alli estava, supo de ciertos cristianos que alli halló, de que adelante dará á V. M. razon dellos, como el dicho Antonio Sedeño podia haver cinquenta dias que dejó la isla de la Trenidad por no se poder sustentar en ella i los indios dalle mucha priesa e havello muerto en veces ciertos cristianos, i ansi se vino al golfo de Paria a la dicha fortaleza, que podia haver hasta doce leguas de donde el tenia su asiento, i en ella supo que podia haver treinta dias que se havia ido de alli con un navio pequeño a la isla de San Juan, con hasta veinte i cinco hombres que sacó de la Trenidad, porque los demas que en ella tenia se le havian ido i dejádole por la poca posivilidad que el tenia en la isla e que la isla era mui recia e segund lo que ha visto della i la relacion que se tiene de los muchos indios que hay que seria menester trecientos españoles i en ellos gente de cavallo para la conquistar de lo que le peso mucho porque estando la dicha isla de la Trenidad con cristianos poblada los de la provincia de Paria i de las otras provincias la tierra adentro estovieram mas quietos e reposados lo que no han hecho como adelante V. M. verá.
El saltó en tierra en el golfo i halló en aquella fortaleza, que es una casa de tapias no bien reparada, sino que por no le quitar el nombre no digo á V. M. quatro paredes de tierra caida, a un Alonso de Herrera con hasta treinta e cinco hombres entre dolientes i sanos, el qual tenia cargo de la justicia de alli porque fue teniente del governador Diego de Ordas, difunto, a quien V. M. tenia por Governador en aquella tierra, e ansi a el como a los otros les hizo saber a lo que V. M. le embiava aquellas partes, e desde a dos dias que fue llegado tomó la vara de la justicia, aunque no dejo de creer por lo que adelante V. M. vera, segun aquella gente estava enseñoreada i sin cabesza i las muchas desórdenes que en aquella tierra se han hecho, como da la tierra señal dello i de lo poco quel a estado en ella, ha visto i sabido si tuvieran posivilidad i el no viniera con ciento i cinquenta hombres de guerra como alli puso no toviera a mucho que esperaran otro mandamiento de V. M. i el tomó como he dicho la justicia i procuró de saber lo que se havia hecho en esta absencia, i ha visto tantos malos recaudos que acordándose como dejó la tierra i la halla le duele el alma acordarse dello, porque como V. M. sabrá por las informaciones que con esta van cerradas y selladas, está la tierra alzada i tan de guerra como si nunca fuese hollada de cristianos, de los quales movimientos han suscedido muertes de cristianos i de Religiosos mas de los que fuera razon, i todos estos acaescimientos han sido despues que Antonio Sedeño dejó la isla de la Trenidad i se vino al dicho golfo i por pendencias viejas que el Alonso de Herrera, que alli estava por teniente, i el tenían, vinieron a no entender los unos ni los otros sino en prenderse las personas i hacerse mill desaguisados e dar ocasion a los indios a se desmandar i hacer lo que V. M. verá por las dichas informaciones, de lo que por cierto V. M. ha sido mui des servido, i si el hoviera llegado a tiempo, porque esto fue dos meses antes que el llegase, pudiera ser que lo hoviera todo destorvado i dado orden en que V. M. se sirviera i embiara a cada uno dellos a dar descuento de sus culpas ante V. M., porque Antonio Sedeño tenia poca necesidad de ir aquella provincia, a mas de que en ella le favoresciesen en sus nescesidades como se havia hecho, i no a ser señor della i de la justicia, i tambien el otro que en ella estava pudiera guardalla sin escandalo de la tierra e otras cosas excesivas a que dava lugar e pudiera escusar, ya el dapno está hecho como V. M. verá i tengo por inposible poder remediarse a buenas, sino con un muy recio castigo en los indios por los atrevimientos e cosas de hecho que han pasado, porque el en los pocos dias que alla a estado, que ha sido casi un mes, ha procurado con dádivas e buenas obras i soltando algunos indios que halló presos de la tierra, atraerlos al servicio de V. M. i a sido todo, i lo vee, trabajo escusado segund están predestinados. Da quenta á V. M. para que de alla se mande lo que tiene de hacer, i en este medio se governara lo mejor que pudiere i supiere, encomendandolo siempre a Nuestro Señor, que el penso venir aquella tierra de pax como siempre lo ha estado i tener en ella las espaldas seguras para saber los secreptos de la tierra a dentro que no son sino mui grandes como V. M. vera, i hallolo todo al contrario teniendo la guerra sin la poder escusar dentro en las puertas.
Y visto el estado en que estava toda la tierra e haviendo noticia que mucha parte de la gente della estava absentada i que se ivan a la provincia de Viaparii, ques 50 leguas de un rio arriva que tenian de pax con mala intencion para la hacer de guerra como ellos estavan le parescio que comvenia darse mucha priesa i embiar a alguna gente a la dicha provincia a hazer asiento en ellas por evitar que los indios no hiciesen lo que estos del golfo, i tambien que para saber los secretos de la tierra era por alli el camino e ansi dio toda la diligencia que pudo e fue posible en efetuarlo que dice porque dentro de veinte e cinco dias que poco mas estuvo en el golfo, hizo 4 vergantines, al proposito de la entrada del rio e con ellos e con una caravela en que fueron 6 cavallos, despacho un capitan con 160 hombres para que fuesen a la dicha provincia de Viaparii a saz bien mantenidos de viscochos e harinas e otras cosas de Castilla e con una estrucion de lo que devian de hacer hasta que el llegase, e estando para despachar la dicha armada, llego un vergantin de la isla de Cuvagua que puede estar 40 leguas del dicho golfo, a le dar aviso como el capitan Alderete, a quien el dejo en San Lucar casi despachado para venir en su seguimiento, era llegado a la dicha isla con un galeon e le traia en el 130 hombres de guerra; e para los recoger e dar orden en otras cosas que cumplian al servicio de V. M. en la dicha isla, haviendo dejado la orden nescesaria ansi a los que ivan el rio arriva como a los que quedavan en la fortaleza, el vino a esta isla de Cuvagua en donde agora esta, i fue a 13 dias de Noviembre, en donde hallo al dicho Capitan con la gente que tiene dicha, tan buena e tan bien armada que no piensa haver salido para este efecto mejor Despaña, e todos hovieron mucho placer de le ver, porque estos desta isla no han dejado siempre ni dexan sino se les fuese a la mano de destorvar como hicieron en lo pasado a Diego de Ordas los que vinieron a servir a V. M. el entiende en hacer navios e aparejar todo lo nescesario e tiene comprados en la isla de la Margarita ciertas yeguas e cavallos para la jornada, aunque no se hace a poca costa en esta tierra, para ir a se juntar con toda la gente que para esta jornada ha traido Despaña i piensa en breve tiempo que se ha de hacer a V. M. tanto servicio como nadie lo haya hecho en estas partes por el grande aparejo e nuevas que de la tierra se tiene i segund son i tiene indios que le lleban a ello, i tiene por cierto que quando andovieron con Diego de Ordas difunto por el rio no se estuvo 150 leguas de donde el capitan Pizarro hallo a Javaliba, porque los mismos indios que dice dan nuevas del por oidas de otros indios i de los hermanos que mato por tiranizarlos e señorearlos; e de los indios que V. M. le mando recoger en esta isla para lenguas dos dellos, que son carivees, dicen todo esto e mas que ellos son de la provincia de Meta a donde le han de llebar, i dan tanta relacion de oro i lo que hacen del despues que los sacan de una sierra, que paresceria a la clara todo el oro del Peru venir de esta parte, e ansi en toda esta isla i con los Piloctos que el trajo tanteando hasta donde llegaron por el rio arriva, que bien fueron 200 leguas, lo mas de ello al sudueste en demanda desta Meta e por vajar el agua tan de golpe no fue en su mano poder llegar a ella, e segund por donde corrieron i de donde se bolvio por la vaja del agua se hallaron devajo de la quinoncial en dos grados de la vanda del norte, i estando Pizarro en siete grados de la quinocial como dicen de donde ellos llegaron corriendo por tierra norte sur, no estarian los unos de los otros 150 leguas, i tienese por cierto que la grandeza del oro esta devajo de la quinocial i haver llegado ellos tan cerca della les hace creer ser verdad lo que estos indios dicen i corresponde ansi lo que de la Española escriven: e tambien todos los indios desta costa de Tierra firme dan grandes nuevas de ello. Los que vinieron en esta jornada son 300 hombres e 20 de cavallo, toda gente lucida, i de hecho el se partira de esta isla en fin del mes de Enero derechamente a Viaparii a juntarse con la otra gente para que placiendo a Nuestro Señor en principio de Mayo que el agua esta mas crescida, i tura cinco meses antes que torne a bajar se encomenzara la jornada i con el ayuda de Nuestro Señor salidos de Viaparii en 25 dias le dicen las lenguas e guias que le pornan en la misma Meta, porque todos los navios que el lleba, que piensa seran hasta nueve o diez, son todos de remos i en ellos van los cavallos, i los navios son tan sotiles i bervos de arte que hallando algund mal paso que les pudiese estorvar, se podian llebar sin trabajo por tierra hasta pasarlo, i si correspondiere la tierra con las nuevas que se da dellas que se tienen por ciertas, no se entendera sino en horadar la tierra i salir a esta vanda del norte de la Tierra firme para que por aca sea el tracto e no por el rio por donde agora lo van a descubrir, i no se deja de creher segund Pilotos que por el camino que el agora va se han de descubrir mui grandes secreptos de que V. M. ha de ser mui servido, i siempre terna cuidado de hacer saber a V. M. lo que suscediere en la jornada.
Nuestro Señor la S. C. C. M. por luengos tiempos guarde con acrescentamientos de mas reynos e señorios. De Cuvagua 24 de Diciembre de 1534 años: de la S. C. C. M. humilimo siervo i vasallo que sus inperiales pies i manos besa: Geronimo Dortal.
(Colección Muñoz, tomo LXXX.)
APÉNDICE III
Carta del Obispo Bastidas al Emperador, fecha en Santo Domingo á 20 de Enero de 1535.
S. C. C. M.—Desta Cibdad de Santo Domingo escrevi a V. M. mi partida para la provincia de Venezuela en cumplimiento del mando de V. M., i de la dicha provincia de la Cibdad de Coro escrevi mi llegada i como el Presidente e Oidores desta Real Abdiencia me havian encargado en tanto que en aquella provincia estoviese, toviese a cargo la Governacion della e quando me viniese, dejase en ella un juez de Governacion qual me paresciese que asi convenia al servicio de V. M. i bien e pacificacion e quietud de la jente que en ella reside, fasta en tanto que V. M. en ello proveyese, como a V. M. constara por el trasunto de la provision que para ello se dio la qual consta a V. M. embio.
Yo estove en este viaje seis meses i entendi en pacificar e poner en toda quietud la jente de aquella conquista, la qual estava al tiempo que alli llegue mui alterada, a cabsa que los oficiales de V. M. que en la dicha provincia residen, dizen que havian fecho que un Francisco Gallego, que para ello hicieron Alcalde Ordinario, prendiese a un Bartolome de Santillana, Teniente que era de Governador por Ambrosio de Alfinger difunto, diciendo que ellos i los pobladores de la dicha provincia eran mal tratados e molestados del dicho Bartolome de Santillana, i tambien porque al tiempo que esto se hizo era muerto el dicho Governador en la entrada que havia fecho, i creian que por ser muertos sus poderes eran espirados: al qual Santillana halle preso i sus bienes secrestados, e como digo la jente toda mui alterada i puesta en parcialidades, entre las quales i en todos los mas de la dicha Cibdad e provincia, ovo muchos pleitos e devates, los quales procure con todas mis fuerzas de los pacificar. Lo qual se hizo mui en servicio de Dios Nuestro Señor i de V. M. para lo qual fue nescesario que los dichos Bartolome de Santillana e Francisco Gallego saliesen de la tierra e viniesen remitidos a esta su Real Abdiencia, a los quales tuve con todo lo contra ellos prozesado en estado de publicacion, i los oficiales quedaron en la dicha provincia encarzelados para que en esta su Real Abdiencia se vean i determinen sus cabsas, lo qual remiti e hize conforme a la provision que para la dicha Governacion se me dio, e asi los presente.
Dende la Cibdad de Coro escrevi a V. M. dandole razon de la dicha Cibdad e provincia, i de todo lo demas que V. M. por su Real cedula me mando le informase, lo qual pienso mediante Dios V. M. havra visto.
Yo determine de me venir a esta Cibdad por me allar algo indispuesto i con temor de no adolecer, porque en la dicha tierra no havia ningund refrijerio, sino estrema necesidad de todas cosas e grand pobreza, i tambien porque tenia nescedad[586] de dar la vuelta a esta Isla por sustentar este pobre patrimonio, asta en tanto que V. M. mande ver e determinar el pleito que traemos mi madre e yo con el Fiscal de V. M. sobre los gastos que mi padre hizo en la conquista de Santa Marta, a cuya cabsa tenemos envarazado todo el dicho patrimonio. Suplico a V. M. lo mande ver i determinar con brevedad para que yo mas libre a V. M. servir pueda, i tambien porque al presente no hay nescesidad de la residencia de mi persona, porque todos estan a punto de se mudar de la dicha Cibdad e seguir descubrimiento en la dicha tierra, porque es imposible alli poderse sustentar, lo qual todos aguardavan a que les viniese Governador i socorro de jente i cavallos.
Antes que de alla partiese provei de juez de governacion al tesorero Alonso Vazquez de Acuña, conforme a la provision e comision que se me dio: el qual es mui criado e servidor de V. M. i asi mesmo lo son el Contador Antonio de Naveros i el Factor Pedro de San Martin, con mui entero zelo i verdadera voluntad segund me parecio, i en todo lo que alli subcedio siempre tovieron respeto al servicio de V. M. i a la pacificacion de la tierra i bien de los pobladores i naturales della.
Por Teniente de la protesion de los indios deje a mi Provisor, por ser como es persona de ispiriencia, i que siempre se ha allado en la tierra despues que se poblo, el qual creo que lo ejercitara con toda fidelidad, porque en lo de asta aqui los naturales han seido del Governador i jente mui mal tratados i molestados, a cuya cabsa han venido en mui grande diminucion, i para que de todo punto no se acaven, es mui nescesario que V. M. les mande mui de fecho sean favorescido, porque en verdad todos los que yo vide es mui buena jente, domesticos i dispuestos para que en ellos imprima qualquier virtud, lo qual en ellos ha de imprimir por buenos tratamientos i no por otros medios, no les faltando en lo que se les prometiese.
Deje fecha una buena Iglesia de paja conforme a la dispusicion de la tierra i proveido todo lo nescesario lo mijor que yo pude; mediante Dios en teniendo nueva de a donde sentare la jente de echo i nueva del descubrimiento, dare luego la buelta a la dicha Governacion i Obispado, porque certifico a V. M. que en mi vida hize jornada en que mas consolacion i contentamiento recibiese que en haver ido alla, i desee mucho que oviera manera para que yo alli pudiera residir i estar, lo qual espero en Dios Nuestro Señor que en breve sera, si el Governador i jente que biene en ello buena maña se dan, i no delante de lo pasado que es lastima de ver los excesivos gastos i cosas sin proposito que los Velsares en esta conquista han echo i todo sin fruto fasta oy, puesto que la esperanza que tienen los que alli residen es mui grande, como V. M. dello esta ya avisado.
A la sazon que yo de Coro parti, se tovo nueva como los Velsares enviavan nueva armada e socorro a aquella jente e Governacion, con lo qual todos recibieron mucha alegria, como personas que pensavan ser redemidas de sus travajos i especialmente con que tovieron nueva que les venia por Governador Nicolao Fedreman, al qual ellos todos deseavan les viniese i no otro ningund estranjero: a tanto que yo me espantava del contentamiento i deseo que de la persona deste mostravan, diciendo que este era persona calificada para alli, e que en el tiempo que alli estovo se señalo mui bien. Solamente tenia cierta difiriencia con el Contador, i no obstante el desavrimiento que entre los dos havia, decia el dicho Contador que para ver de ser estranjero el Governador que este era el mas conviniente. El qual dicho Fedreman es venido al presente a esta Cibdad sin la dicha governacion, i dizen que viene por Governador en la dicha armada un aleman que se dice Jorje Espira, de lo qual en verdad rescibi mui gran pena, por no me parescer conviniente al servicio de V. M. no perjudicando su persona salvo porque la jente de la dicha Governacion, segund yo realmente dellos supe, han de recibir mucha pena en venirles estranjero por Governador i a quien no conoscen ni espiriencia de la tierra tiene, que ynporta mucho especialmente estando con tanto deseo del dicho Fedreman i con tenerle visto i conoscido, porque en una entrada que hizo en la dicha tierra a donde fue por Capitan General, aprovo mui bien, i conbiene al servicio de V. M. segund lo que yo en este caso alcanzo, que V. M. deve proveer con toda brevedad quel dicho Nicolao Fedreman sea el Governador i Capitan general i no otro estranjero, lo qual certifico a V. M. segund que de la jente que alli reside supe i alcanze, a este desean mas que a otro ninguno i el zelo del buen subceso de aquella tierra, me mueve a significar esto a V. M.
Por la carta que a V. M. escrevi dende Coro, le suplique me hiziese merced de me mandar dar el salario que se da al Governador de aquella provincia el tiempo que a mi cargo estovo la dicha Governacion, que fueron los dichos seis meses en el viaje i estada, teniendo V. M. respecto a los gastos que yo en el dicho viaje hizo, e asi mismo se me señale salario con la protesion de los Indios e merced, i suelta de los doscientos e treinta e tres ducados que V. M. me hizo merced de me mandar prestar para la espedicion de mis bulas, porque yo certifico a V. M. que en la estada e visitacion que hize en la Isla de San Juan por mandado de V. M. i en el dicho viaje de Venezuela he gastado de mi patrimonio mas de mil castellanos, i con tener havito episcopal e ser pobre padezco estrema nescesidad, especialmente que no me puedo escusar de gasto con tener la casa que en esta Cibdad de Santo Domingo tengo de madre i hermanos i deudos, e con pagar grandes debdas que me quedaron de mi padre subcedidas en la conquista de Santa Marta.
Yo vide los libros tocantes a la hacienda de V. M. como Governador para ver al recabdo que avia en ellos, i en lo que me parecio ser necesario dar aviso a sus oficiales para el buen recabdo della, lo hize de la mijor manera que yo alcanze e comvenia e fue nescesario asi lo hazer, porque ellos no tenian tanta ispiriencia como se requiere. Lo mismo se hizo en otras muchas cosas tocantes al Real servicio de V. M. e bien e conservacion e abmento de aquella tierra, de lo qual tenian arta nescesidad.
En dos pueblos que en la dicha Governacion hay quedan trescientos españoles, entre los quales hay mas de los treinta casados con sus mujeres i hijos, toda jente mui de bien e para mucho, porque de ellos se pueden sacar doscientos hombres de guerra, tan buenos i para tanto como los puede haver en todo lo descuvierto destas partes, avituados a mui escesivos travajos e que siempre han tenido estremas nescesidades i estan mui adebdados a los Velsares de cosas que les han dado para se sustentar en la tierra.
Paresceme que V. M. debe proivir que ningun aleman pase en aquella conquista, mas de la persona del Governador ya que haya de ser aleman, i especialmente seyendo personas de poca calidad, porque se averigua haver havido en aquella provincia algunos que han tenido opiniones del ereje Martin Leulterio. Los quales todos son muertos en la entrada que hizo Ambrosio de Alfinguer Governador ellos e todos sus bienes. No se procedio contra ellos ecepto contra un Maestre Juan Flamenco inficionado de la dicha lepra, al qual prendi o hize contra el proceso, e lo remiti al Obispo de San Juan como Inquisidor general que se dize ser destas partes. El trasunto del dicho prozeso embio con esta a V. M. para que lo mande ver o remitir al Consejo de la Santa Inquisicion: i en esto suplico a V. M. en breve i en particular me mande dar aviso de lo que manda que se haga e yo devo hazer.
V. M. me hizo merced de retencion del Deanasgo desta Iglesia de Santo Domingo para ayuda a mi sustentacion, i me dio su Real cedula para que en el entretanto que yo residiese en mi Obispado, el Cabildo desta Iglesia me acudiese con los frutos del, los quales me lo cercenan algo i me quitan muchas ovensiones, i estando en esta Cibdad me compelen a que yo siempre resida en la Iglesia, lo qual es en perjuicio de la abtoridad Obispal, i ellos como sean mancevos e no de mucha calidad movidos de codizia lo hazen: a V. M. suplico por su Real cedula les mande en esto de la residencia se tenga conmigo alguna templanza, atento a la dignidad episcopal e a lo mucho que en esta Iglesia he servido e quand antiguo en ella soy, porque el Deanasgo me vale ciento e cinquenta castellanos, e de ovensiones otros treinta o quarenta, e yo los destrivuyo desta manera: los ciento doy a la Fabrica de la dicha Iglesia, cada un año para el edeficio de una Capilla que en ella fago, i treinta a un Capellan que en ella reside, e otros mas de veinte en obras pias que en la dicha Iglesia se gastan, i en hazer decir la salve todos los sabados del año de canto de organo, i estos Beneficiados no tienen respeto a que se gastan en esto, sino a sus propios intereses, lo qual yo no hago con sobra de riqueza sino conponerme como estoy con mucha nescesidad.
No doy aviso a V. M. de casa desta Isla porque esta Real Abdiencia e Oficiales la da, e porque no tengo comision de V. M. para lo poder hazer, en lo que se ofrece que yo pueda hazer tocante al Real servicio de V. M. lo hago como su verdadero criado e continuo Capellan.
Nuestro Señor guarde e prospere la S. S. C. R. M. de V. M. con muchos años de vida, e con abmento de muchos mas reinos e señorios a su santo servicio. Desta Cibdad de Santo Domingo, puerto de la isla Española, a 20 de Enero de 1535 años.—De V. S. S. C. M.—Continuo Capellan que S. P. besa.—El Obispo Bastidas.
APÉNDICE IV
Carta de Fray Tomás, obispo de Cartagena, al Emperador; fecha: Cartagena, 7 de Mayo de 1535.
Dice que V. M. le mandó ir a residir con cargo de protector de los indios, i le dijo a el i al Obispo de Panamá en presencia del Cardenal de Sigüenza, el comendador mayor Cobos, i otros: Mirad que os he echado aquellas animas a cuestas, parad mientes que deis cuenta dellas a Dios, i me descargueis a mi. Para descargarse dira lo que ha oido i visto en algo más de dos meses que llegó. «La mayor parte de la tierra está alzada, i los indios mui escandalizados a cabsa de las crueldades..... de los cristianos, los quales por donde quiera que van queman con sus pies las yerbas i la tierra por do pasan, i ensangrientan sus manos matando i partiendo por medio niños, ahorcando indios, cortando manos, i asando algunos indios i indias, o porque los llevan por guias i les yerran el camino, o porque no les dicen donde hallarán oro, que este es su apellido, i no el de Dios i de V. M. Y ansi se despuebla toda esta tierra; que no hai en ella sino muy poquitos pueblos de indios que esten de paz: i aun estos cada dia viendo las opresiones..... de los cristianos..... se revelan, que ni los unos ni los otros pueden oir el nombre de cristiano, mas de demonios o basiliscos. Son tan grandes las severidades i malos egemplos que los cristianos les iacen i les dan, que con gran dificultad se convertiran a la santa fe católica. No han cesado los cristianos hasta agora de traer indios i indias niños i niñas quantos pueden haver por todas las poblazones donde andan, vendiendoles aqui a mercaderes, los quales los llevan i embian a Santo Domingo para bolverlos a vender..... Heles ido agora a la mano, que muchos que han traido no se los he consentido vender: de lo qual..... todos..... estan mui despechados..... Si estas cosas..... no se remedian..... quedará toda esta tierra despoblada de indios, como lo está la Española donde se contaron dos cuentos de animas quando alli entró el Almirante, y no se hallarán agora 200 indios..... En Santa Marta i toda esta costa de tierra firme pasa lo mesmo. Y no hai necesidad de abrir la puerta a que muchos cristianos vengan, antes hai necesidad de sacar..... muchos de los que hai porque ellos estan perdidos i mueren de hambre, i ansi para sustentarse roban las haciendas i comidas de los indios; i ansi ellos como los indios perecen de hambre, en tanta manera que muchos cristianos son muertos por los caminos, i en los arcabucos..... no hay quien pueda sufrir el mal olor de los cuerpos muertos.»
Cerca del hacienda de V. M. unusquisque quaesit quae sua sunt. Se necesita de Oficiales fieles aora mas «por haverse descubierto grandisima riqueza de inumerables sepulturas de los indios del rio del Cenú, de algunas dellas diz que han sacado mas 15000 pesos d'oro finisimo, i que en 20 años no se acabará de sacar el oro dellas. Alli comen a los indios todos sus mantenimientos por sustentarse cristianos i sus negros, i asi andan los indios del Cenú huidos i.....
En el culto divino no faltan clerigos y frailes. Con menos havia bastantes siendo escogidos, i sacar los discolos. Hasta aora los clerigos han sido mercenarios, cuidadosos mas de sus bolsas que del bien espiritual. La autoridad eclesiastica no se conoce en esta tierra. Reprender los latrocinios, usuras i amancebamientos publicos aun con indias no baptizadas, i otros enormes vicios de que está llena la tierra, parece cosa insolita i nueva. Las censuras de nada aprovechan. Hasta los Oficiales de V. M., Tesorero i Contador i las justicias, que segun los Canones deven ser el brazo que favorezca a la Iglesia, favorecen y amparan a los malos, i «entonces piensan haver hecho alguna grande hazaña, i haverse mostrado mui grandes servidores de V. M..... quando han hecho algun desacato á la Iglesia». Dicen que es tierra nueva, i que logros, usuras, amancebamientos etc deben sufrirse. Hai gran necesidad de poner remedio, «i es periculum in mora, por los muchos conversos que hai en estas partes i malos cristianos, i asi no faltan muchos errores i heregias. El dicho Obispo ha encomenzado a prender i castigar algunos delinquentes; i si oviese desman en dar el ayuda necesaria, estos i otros consortes quedarian mui favorecidos, i nacerles yan alas por su mal».
El Obispo «no ha hecho la ereccion de la Iglesia, ni vee agora razon para hacella, porque en toda esta provincia no hai ganados ni labranzas ni otras crianzas de que pagar diezmos..... ni los havra de aqui a muchos años. Antes teme, segun la priesa se dan los cristianos a maltratar los indios, que toda esta tierra se havra de despoblar»..... Si esto Dios permite, suplica se le admita renuncia deste Obispado para ir a un Monasterio de su Orden de los que Fray Domingo de Betanços ha hecho en Nueva España, donde pueda con un conpañero predicar aquellas animas.
La carestia de la tierra es tal que un huevo vale medio real, un pollo un ducado, una gallina dos pesos, la bota de harina 25, de vino 50: esto en Cartagena. En el Cenu, un queso 40 pesos, un pernil de tocino 50. Por Obispado i protector de indios se le dan 300.000 maravedises, con lo qual no puede sustentar a si i dos frailes que trajo consigo. Necesita 1500 pesos. Tiene tambien consigo un clerigo doto i virtuoso, llamado Alonso Gallinato, i pide se le nombre Arcediano desta Iglesia para quando se haga la ereccion. La Catedral se duda si se hará en el Cenú ó en Uraba, porque aquí, en este pueblo de Calamar, donde al presente están (Governador y Obispo), en el puerto de Cartagena no ha disposicion para pueblo grande, i menos para Iglesia catedral.
(Extracto en la Colección Muñoz, tomo LXXX.)
APÉNDICE V
Carta al Emperador de los oficiales de Coro Alonso Vázquez de Acuña tesorero; Pedro de San Martin, factor, y Antonio de Naveros, contador; fecha: Coro, 11 de Septiembre de 1535.
Escrivimos en los navios en que vino el Governador Espira, que uno partió en 15 de Abril. Por haver mucha gente aqui, i tardar los navios que se esperavan de Santo Domingo, temiendo el hambre salió el Governador en 15 de Mayo para seguir por do descubrió Nicolas Federman; llevó 400 hombres, 90 cavallos i muy buenas guias i lenguas. Dejó aqui por su teniente general á Federman, quien repartió la comarca en los que quedaron, i luego enbio la más gente sobre Don Marcos, cacique alzado desdel tiempo del teniente Santillana, salvo quando estuvo aqui el obispo, que bino unos dias i bolvió alzarse, ni quiso venir llamado repetidas veces, i últimamente por Espira, que le llamó con muchos cumplimientos con todos los principales caciques de los caquetios para que bolviese a su pueblo. Halláronlo muerto, i apoderado de la tierra y alzado a Don Juan, hijo de Managuare, el cacique de Coro, quien havia llamado una Cacica que fue muger de su padre, para casarse con ella. Estando juntos los indios haciendo sus borracheras para el casamiento, dieron sobrellos los cristianos, se les huyo Don Juan, la cacica i su gente, ella se puso en libertad, dellos se tomaron algunos naborias. Descubrióse tierra de mucha población i comida, pero como de gente alzada, un rancho aca i otro allá, todos con la ropa al hombro.
Vinieron los dos navios de Santo Domingo, el uno en 25 de Julio, el otro en 9 de Agosto. En este uino el veedor Pedro de San Martin con socorro de alguna gente i 60 cauallos. Socorro i mantenimiento vinieron á muy buen tiempo.
Federman se aparejava para ir á poblar en el Cabo de la Vela, i luego visitar los Pacabueyes i Zendaguas, i pasar el rio grande en demanda de las minas, i con el socorro hará mejor su viaje. Llevará 200 hombres i 70 cavallos. Ha de estar en Cabo de la Vela á primeros de Diciembre, i al mismo tiempo alli estos dos navios que han de llevar carga de Santo Domingo allá por cuenta desta república. Por Enero será Federman en el rio, ques el mejor tiempo para pasarlo. Lleva al tesorero Acuña i tenientes de los otros oficiales.
Nosotros quedaremos aquí con 150 hombres, algunos casados, cojos i dolientes, i 20 cavallos, hasta que venido Espira resuelva el sitio deste pueblo. Despachó Federman mas de dos tercios de la gente, i el con la resta partirá por todo Setiembre al pueblo de Maracaibo, do le esperan.
Pedro de San Martin ha traido las cédulas que Alonso de la Llana, procurador desta, ganó en Corte á favor de los conquistadores i pobladores, el que temeroso de los que aqui goviernan, se las entregó en Santo Domingo. Notificaronse á Federman, que todas ofreció cumplirlas, ecepto la tocante á la capitanía general, de que suplicó. Este título es con el que oprimen la gente i la tienen tan sujeta, i de aí han venido todas las roturas que ha havido i habra. Hágase cumplir la Cédula.
Dicen de algunas competencias con los Fatores de los Belzares sobre el cobrar de los amojarifazgos, i sobre avaliaciones. Estos Factores proveian de todo, fiavan á precios subidos, tenian adeudados á todos, i sobre ello fraudes y competencias. Mandó el Rei que avaliaciones i cobranzas de almojarifazgos se hiciesen como en la Española i aora empiezan los oficiales á poner orden, que jamas huvo desde el primer navio que fue á la tierra i en el Alfinger, desde cuyo tiempo dicen que enbien cuenta de las rentas reales.
(Extracto en la Colección Muñoz, tomo LXXX.)
APÉNDICE VI
Carta de los Oficiales Francisco de Castellanos y Francisco de Lerma á la Emperatriz; fecha: Nueva Cádiz, 5 de Mayo de 1536.
Ortal vino sobre cierta gente que Sedeño enbio a esta Tierra firme para entrar a descubrir. Tomola en términos desta Ciudad i á media noche les tomó 23 cavallos i todas las armas, i se fue tierra adentro, donde a otro Capitan de Sedeño tomó 30 cavallos, algunos negros i la ropa i armas que traian; i á la gente enbió desnuda á la costa i al Capitan herido de dos lanzadas, porque no quisieron ir con él. Los que esperan brevemente á Sedeño que ya tiene en la costa de Maracapana sobre 200 hombres para ir contra Ortal a recobrar sus 50 cavallos i los negros. De la gente de Sedeño fueron hasta 20 con Ortal, i este llevará por todo 120 españoles i 55 cavallos.
Estas rebueltas traen mucho perjuicio a esta isla, cuyos vecinos en el presente trabajo de no sacar perlas, por estar acotados los ostiales hasta el septiembre, suelen ayudarse rescatando con los indios de Tierra firme, i aora, atemorizados de los Governadores, andan alzados, no quieren conversar con españoles, ni hazer labranzas de do rescatavamos mantenimientos, que era lo principal a causa de la esterilidad desta isla.
Ortal va quemando pueblos, porque Sedeño no pueda seguirle por falta de mantenimientos. Ha herrado muchos indios, con lo que ha acabado de hazer la tierra de guerra.
(Respuesta.—A Sedeño que venga en persona á esta Corte, i su gente si quiere estese en la tierra. Al Audiencia que se lo haga notificar, i si no viniere en el primer navio, enbienle preso. A Artal[587] adviertasele lo que se dice, i apercibimiento.)
(Extracto de Muñoz en su Colección, tomo LXXX.)
APÉNDICE VII
Carta del Obispo de Coro Don Miguel Jerónimo Ballesteros al Rey de España, dándole cuenta de haber tomado posesión de su mitra, y de cómo encontró su Obispado, en 20 de Octubre de 1550[588].
S. C. C. M.—De Cartagena escribí á V. M. en veinte é cinco de Febrero de quarenta y siete, como me partía de ahí á ocho días, por tierra, á Santa Marta, para de allí seguir mi viaje á Venezuela, con intento de ir al Cabo de la Vela, y hacer lo que V. M. por la elección me mandaba; pues por ella me nombraba Obispo de alli. Dende á dos dias llegó el Obispo de Santa Marta, que venia de se consagrar del Perú, y me dijo que el Cabo de la Vela era de su Obispado. Por no tener con él diferencias, acordé despensar las bulas, para ver lo que Su Santidad y V. M. me mandaban, y en esto tuve aviso que V. M., sabida mi pobreza, me hizo merced de enviar por las bulas. Como fueron venidas me partí para esta provincia de Venezuela, y en la navegacion tuve muchos trabajos y peligros de franceses, como creo escribiría á V. M. el Licenciado Miguel Diaz de Armendariz, que en Santa Marta me vido enfermo y socorrió para me curar.—De allí fuí al Rio de la Hacha, y en una canoa vine á esta ciudad de Coro.
Manda V. M. que el salario que se me hizo merced se pague desde que llegué á esta Gobernación. Las mercedes que (á) V. M. suplico son, que me mande tesitar siete años questuve en Cartagena, y dos que ha que llegué, con el tiempo que tardé de Cartagena en llegar aquí; y de la visita, confio en Dios, será á V. M. manifiesto y á los de su Real Consejo á quien he servido; y V. M. me hará mayores mercedes que mandándome pagar mi salario desde doze de Noviembre de quarenta y seis, que me fleté la primera vez.
En tres de Abril de quarenta y nueve llegué á esta provincia de Venezuela, y porque V. M. me mandó, por su Real Cédula fecha en Alcalá de Henares á veinte y ocho de Diciembre de quarenta y siete, diese á V. M. relación de lo que en la tierra habia, parescer de lo que más al servicio de V. M. y bien della convenia; para la dar, como soy obligado, convino que primero viese y me informase de las cosas de la tierra.
Hallé la Cibdad de Coro, ques en la costa, con hasta quarenta vecinos muy pobres y algunos enfermos; y otro pueblo está la tierra adentro, ciento é veinte leguas de la mar, que se dice el Tocuyo, con hasta cien españoles; y otro pueblo nuevamente se pobló por comisión del Licenciado Tolosa, que se dice Borburuata, setenta leguas de la cibdad de Coro, la costa arriba.
En el pueblo de Coro hay una iglesia de paja, de las mejores de Tierra firme: sirven en ella dos clérigos; el uno dellos es el chantre de la dicha Iglesia, que se llama Juan Rodriguez de Robledo, con voz de Provisor, que usaba en todos los casos que se ofrecian daba los cargos episcopales, por virtud de los cuales asolvia y asolvian. Estoy dello maravillado, porque un hombre solo no es Cabildo para por via de Sede vacante proveer. Es buen eclesiástico, cantor contralto y tiene buen natural de voz. El otro clérigo es Juan de Frutos de Tudela: paresce hombre que se da á vertud.
Para servicio de la iglesia de V. M. tiene proveido este chantre con cada cinquenta mil maravedis, pagados de las rentas Reales, sobre lo que les cupiera del valor de los diezmos; y como en tierra no hay con que se les pagar, sirven por via de ruego, porque padescen gran trabajo en no tener que comer ni que vestir, porque los diezmos valen á cada uno cada un año treinta y cinco pesos. La iglesia se sirve; los domingos se dice misa y tercia cantada; los lunes de mañana se dice por las ánimas del purgatorio misa cantada, y si es fiesta se dice el martes siguiente. Un vecino desta cibdad, difunto, daba la limosna; después que fallesció es tanta la pobreza de la tierra que los vecinos no se atreven á dar limosna. Para que no se deje de decir esta misa, yo les he dicho que la digan, que V. M. lo gratificará, y aun se dice. Los otros dias se dice la misa mayor rezada, y el sábado se dice la misa de Nuestro Señor y de los Apóstoles: se dicen primeras visperas y el dia tercia y misa cantada; no se dicen segundas vísperas, y no les compelo á ello porque veo no tienen porción suficiente para se sustentar ni pitanzas de misas, por ser tanta la pobreza de la tierra, que se pasa un año que no tienen pitanza. Helos rogado que se diga cada sábado la Salve cantada, que no se decia, é dicese. Aqui hay un sacristan, y del cuerpo de la renta de los diezmos le dan treinta pesos de salario: lo demás que resta se reparte en las tercias de V. M. y en la de la misa episcopal y en la cuarta de la misa capitular, dean y cabildo y en lo que cabe en la fábrica. Suelen aquí rentar los diezmos ciento y quarenta ó ciento y cinquenta pesos. Parésceme que, porque aquí estamos en tinieblas en no se decir el oficio y misa cada día cantado, que si V. M. fuese servido, mande proveer aquí seis clérigos, con los dos que están, para que me ayuden á decir los divinos oficios cantados, ó al menos misa y vísperas y completas cantadas, como es costumbre en Cartagena; y V. M. les mande pagar el salario fuera de esta gobernación hasta que en ella lo haya, y á los que de presente en ella sirven, lo que se les resta debiendo y se les debiera adelante; y al sacristan mande V. M. dar de salario veinte y cinco mill maravedis, como se paga en Cartagena, y desto Dios Nuestro Señor y V. M. serán servidos.
La iglesia y fábrica de esta cibdad es muy pobre y tiene gran necesidad de ornamentos y libros. V. M. la ha fecho merced por dos Cédulas Reales, la una fecha en Medina del Campo á primero de Julio de treinta y dos, y la otra en Madrid á veinte y siete de Octubre de treinta y cinco, de dos mill pesos. Destos se han pagado sesenta y tres mill y quinientos y sesenta maravedís y medio: lo demás no ha habido en esta Gobernación. Suplico á V. M. por amor de Dios, que pues V. M. tiene por costumbre de hacer mercedes y limosnas á las iglesias, que V. M. la haga á esta en mandar pagar parte de estos dineros fuera de la Gobernación, pues en ella no los hay, y la otra parte en Sevilla para que se compren ornamentos y libros y otras cosas necesarias, como lo lleva por memoria y cargo el portador desta.
V. M. tiene mandado que residan y sirvan en esta iglesia de Coro dos curas y un chantre. Los oficiales de V. M. y el teniente que en el Tocuyo reside me dijeron, que un clérigo que residía en el Tocuyo servía y administraba los sacramentos: que convenía al servicio de Dios y de V. M. que le fuesen pagados cada un año cinquenta mill maravedis, en lugar del cura que faltaba en esta cibdad; pues en los diezmos que en el Tocuyo había, tenía casi para ser pagado, y viendo ser justo se acordó, que se le pagase como á Cura los cinquenta mill maravedis, hasta dar de ello relación á V. M.
Esta Gobernación ha que está poblada más de veinte años, y que los indios naturales, que se habian convertido á nuestra Santa Fe Católica, no habian oido misa los domingos y fiestas de guardar, ni se habian confesado una vez en el año como eran obligados. Escandaliceme en gran manera, por quel prencipal intento de V. M. es la conversión de los naturales á nuestra Santa Fe y predica para los atraer al servicio de Dios. He afeado á los españoles una cosa tan abominable, diciéndoles que donde esto había no había Dios ni V. M.; que con qué satisfarian á Dios los indios y indias cristianos que de veinte años á esta parte han muerto, en número de más de cinco mill; e puesto en que se confiesen y oigan misa los indios y indias cristianos del servicio de los españoles aunque me dijeron al principio que era cosa imposible, ha sido Dios servido que se hace.
En el servicio de los españoles, ansi los que residen en la cibdad de Coro, como los del asiento del Tocuyo, hallé muchos indios y indias cristianos amancebados; é ansi mesmo indios cristianos amigados con indias infieles, y indias cristianas con indios infieles; y queriendo entender en los apartar, los españoles me dijeron, que no permitiese que muriesen de hambre, porque si los dividia se irian á los montes, é no ternán quien los pusiese labranzas para su sustento, hasta que dello diese relación á V. M. Viendo su necesidad, y cuan pobres todos viven y los pocos indios de servicio que tienen, no osé tocar en ello hasta dar relación á V. M.
Hallé en seis pueblos de indios, de esta nación caquetios, comarcanos á la cibdad de Coro, hasta quatrocientos indios é indias, y entre ellos muchos que habian recebido agua del bautismo, y otros casados á ley y bendición. Y en estos pueblos tambien hallé indios cristianos amigados con indias infieles y indias cristianas con indios infieles, que todos usan de sus ritos y cerimonias, que jamás habian oido la doctrina cristiana, ni misa; y queriéndoles compeler á que viviesen en servicio de Dios, me dijeron los mesmos indios, quellos eran viejos é no podian ser buenos cristianos; que si su vivir y ceremonias les quitaba, que se irian á los montes de los tigres y caribes los matasen. Pidióme el regimiento y vecinos que los dejase como están hasta dar relación á V. M., y ansi lo he fecho. Con estos no hallo remedio que se tenga, porque decir que sus hijos serán buenos cristianos, no los tienen, ni mujeres mozas en quien procrear, que las entradas que se han hecho las acabaron, y las pocas indias que hay, si se empreñan toman yervas para lo matar, diciendo que no quieren que sus hijos padezcan en poder de los españoles los trabajos que ellos y sus compañeros han padecido. Heles impedido que no lo hagan, y están en lo guardar: tambien les he impedido que no tomen una yerba, que llaman Tabaco, á manera de lechugas, que se la toman el humo della por las narices, y si el humo va do ellos tienen por imaginación, aquello creen y hazen: tengo por cierto que lo guardarán. Estoy escandalizado de lo que veo, y que mis trabajos no basten á lo remediar; pues el intento de V. M. es la conversión de los naturales, que lo encomiendo todo á Nuestro Señor.
La culpa de todo echo á este Chantre y Provisor, porque de veinte años que está y reside con estos cargos, no hallo que haya hecho ningun fruto en el servicio de Dios y de V. M.: hállole tan abominable en su vivir, que siendo tiniente de protetor y provisor, en su tiempo se hizieron esclavos gran número de indios y indias, y mucha parte destos fue el uno de los juezes que los pronunciaron por esclavos contra todo derecho y justicia, no guardando en el hazer de ellos las provisiones de V. M., siendo todos estos indios libres, amigos, tomados y sacados de los pueblos de paz: y tambien iba el en persona á los pueblos á traer indios por esclavos, como cada cual soldado. En su tiempo se llevaron á las entradas muchos indios é indias caquetios, amigos, de los pueblos comarcanos á la cibdad de Coro, que ninguno ha vuelto. Pensar en el daño que en los naturales se ha fecho, estoy fuera de mí.
Reconociendo este Chantre quererle castigar, se me ha alzado á mayores y se ha aliado con un grande alborotador, regidor deste pueblo, que se llama Gutierre de la Peña, y el Contador de V. M. y otros que con estos están confederados, de manera que, como falta autoridad en la tierra no le puedo castigar, temiéndome de alborotos. Este Chantre es de más de sesenta años, y todo este tiempo de más de veinte años que está aquí, siempre ha tenido siete v ocho indias por manzebas, y grandes contiendas con los del pueblo sobrellas; y juntamente tuvo mucho tiempo una muger española, que casó con un vecino de Coro y después de casada la tornó á tener por manzeba, y el marido los tomó juntos y acusó á la muger de adulterio y tuvo preso. Es muy amigo del vino y de banquetes: es tan incorregible, que las amonestaciones y censuras que le he puesto, que se aparte de sus indias, haze poco caso de ellas. Y ha cometido otros muchos y graves delitos, que por acatamiento de V. M. aquí no los declaro, que en su tiempo, pudiendo, gravemente los castigaré: tengole mandado que no confiese, por el daño que viene á las ánimas. Como hobe llegado, viendo su edad y canas, le nombré por Provisor, y conocida su mala vida se lo quité; que de no le poder castigar estoy con gran pena: hele mandado, so pena de excomunión mayor y de oficio y beneficio suspensión, y de todos los sacramentos, que no salga desta cibdad y su comarca: mi intento ha sido para ver lo que V. M. manda que se haga.
He sido avisado, que los regidores deste pueblo no mirando el servicio de Dios y de V. M., entre otras cosas han escrito á V. M. que tiene este Chantre méritos y persona para que V. M. le haga toda merced; y por una carta que un Fator de los alemanes, que reside en la Corte de España de V. M. ha escrito á este Chantre, que la firma della dize Bartolomé Antonio Belzares, hecha por Noviembre de quarenta y nueve, le certifica que si mudanza obiese en este obispado, que tenga por cierto que será el proveido, porque tiene prometido á persona, ques parte para lo hazer, trezientos ducados. Esta carta es en muy gran desacato de V. M. y del su Real Consejo, que me paresce que debe ser bien castigado el que la envió. La carta queda en poder del Chantre, y el portador desta la vió, quedará más larga relación á V. M. Después questa carta vino ha tomado tan gran soberbia y desvergüenza, que si antes estaba indómito agora más.
En Coro hay tres regidores, los dos oficiales de V. M., Tesorero y Contador, y otro que se llama Gutierre de la Peña, que fue recibido al cargo no embargante quel término de la provisión que V. M. le dió para que se presentase había mucho tiempo que era pasado. Es hombre muy desasosegado y de grande escándalo, y que los pobres en esta tierra pasan gran zozobra con él. Mató un hombre aquí, y á lo que dizen mal muerto y contra toda razón. Deste delito le dió por libre un teniente Juan de Villegas. Después acá ha cometido con los indios naturales muchos delitos, que por estar absente en cierto pleito que se trató de unos indios que prendió y herró, siendo amigos, está remitido á V. M. ó su juez de residencia. Los juezes pasados, con las alteraciones que en esta tierra han habido, no tuvieron tiempo para desto conocer; porque el uno se fue de la tierra y el otro murió; y como de presente falta autoridad, porque al Teniente que agora es hále tenido este regidor mucho tiempo en su casa y no haze más de lo quel quiere, es tan osado en hazer y dezir, que me dijo que los del Real Consejo de V. M. no sabían lo que hazían. Yo se lo reprendí diziendo, lo que decía ser muy mal dicho; porque eran personas de letras y reta conciencia y de mucha bondad, escojidos por V. M. Tornóme á responder: lo que yo tengo describir, firmado de mi nombre, ¿me dize V. S. que no lo diga? No he podido haber autoridad para que se le diera un gran castigo, que como está aliado con el Tiniente de aquí, y el Contador de V. M., y otros, haze lo que quiere; especialmente con este Juan de Villegas, por le haber dado por libre del hombre, que he dicho, que mató. Es de tal calidad, que si en el regimiento se platica ó quiere fazer alguna cosa, ha de ser lo quel quisiere, y sino pónelo á vozes de manera que solo haze lo que quiere; y escribe cosas tocantes á Juan de Villegas, que dizen que viene por Gobernador, muy contra de la verdad. Tiene por maña de hazer que en el Cabildo se nombre un Procurador general, y éste en los de los vezinos, contra la voluntad dellos, pide lo quel dicho regidor le da por escrito. De siete v ocho años á esta parte está amancebado con cinco ó seis indias; y entre ellas una infiel, y tiénelas tan encerradas que á lo que tienen no las deja salir sin guarda.—Este chantre, como es tan su amigo, cada vez que se confesaba le asolvia y daba el santo sacramento, y por esto y otras cosas semejantes, le he mandado que no confiese. No soy parte para dar castigo a este regidor, por estar aliado con la autoridad y otros, temiendo de alteraciones.
Para que V. M. sea servido y este pueblo permanezca, conviene que se nombren ocho ó diez regidores; y porque entre las personas que han quedado hay dos cristianos viejos, honrados, los más cabdalosos y ricos del pueblo, quel uno se llama Bartolomé de Castellanos y el otro Alonso Martin, convendria questos fuesen regidores, porque como tienen su hacienda toda en ganados, procuran la perpetuidad de la tierra. Los otros regidores me parece que deben ser Francisco Ortiz, y Gaspar de Villalobos, y Antón Col, y Martin de Artiaga, y Juan de Frias y Juan de Guebara, que son personas honradas, y para que entre ellos puedan nombrar alcaldes ordinarios, pareciéndoles que conviene. Y en los pueblos del Tocuyo y Burburuata, me parece que se deben de nombrar en cada uno otros tantos regidores, que por no los conoscer no los declaro; y como V. M. mandare que se nombren, serán las personas que por información se hallaren que lo merescen.
El Príncipe, mi Señor, me dió aviso por su Real Cédula, que me había enviado V. M. provisión de Protetor, mandándome tuviese especial cuidado en el buen tratamiento y conversión de los naturales. Hasta agora no ha venido á mi poder ni he podido saber que se haya fecho. Por virtud desta Real Cédula me presenté en el Cabildo de Coro y me recibieron por Protetor, que no poco les ha pesado, porque como ven que con toda voluntad de servir á Dios y á V. M. procuro de amparar los pocos indios que han quedado, sienten muy de veras haberme recibido, que no pocos alborotos he pasado y paso, porque como los soldados y alcaldes son asolutos en los robar, maltratar y enviar fuera de la tierra, sienten á par de muerte que se les impida, y como todos están pobres y la materia de indios á todos toca, andan tan desasosegados que á menudo desean que hubiese un repiquete de alteración. Porque defiendo los indios, todos se me van á las barbas y me dicen palabras de gran descomedimiento, y porque más no se me desvergüencen lo recibo en paciencia: y para que V. M. sepa el poco temor de Dios y de V. M. questa gente tiene, contaré un crimen y gran maldad que nuevamente se ha fecho.
Desta ciudad de Coro salió un alcalde, Miguel de Barrientos, con ciertos soldados, en busca de cierta gente que venía del nuevo pueblo de Borburuata, y para que no se hiciese daño á los naturales le nombré por Protetor; y topada la gente que iba á buscar, van á un pueblo de paz, repartido, amigo de los españoles, y prenden todos los indios que hallaron y les robaron sus haciendas y repartieron entre los que los tomaron. El principal, á la sazón, no estaba en el pueblo: tomáronle un hijo: como vino pedia su hijo á los españoles, diciendo que tomasen todo lo que habian robado, é ciertos rescates que de nuevo les daba, y que le diesen su hijo. Tomaron al principal los rescates que traia y dijeronle que les diese oro y le darian su hijo: el qual dicho principal fue y trajo el oro que tenia, y desta manera le dieron su hijo. Como fueron llegados, y á mi noticia vino esto que se habia fecho, juro en verdad que hiciera un gran castigo si autoridad hallara que para ello me diera favor y ayuda; y como la gente es tan desobediente pusieronseme en alborotar la tierra y la autoridad que no le pesaba de ello por decir yo ser la cabsa. Este cargo de Protetor, crea V. M. que para las autoridades es muy odioso y de grande enemistad: ¿que será para los que andan á robar? El remedio que en esto tuve fue, restituir al principal toda su gente y toda la hacienda que pude haber: lo demás que dijeron que les faltaba fue necesario que yo se lo pagase: y este órden tengo con esta gente desobediente. Como yo envié á llamar al principal para le restituir sus naborias y lo que le habian tomado, quedó muy pacífico y contento, y lo mesmo están los indios comarcanos viendo lo que con este principal se hizo, al qual dije, y envié á decir con él á los demás que si algunos cristianos les hiciesen algun enojo ó tomasen sus haciendas, que me lo dijesen, que luego les seria restituido. Hasta el escribano, que se dice Alonso de Valenzuela, tomando la información, no le podía hacer que hiciese el deber, con pagalle, después que aquí vine, veinte pesos porque quisiese entender los casos de Protetor como escribano; y como aquí no hay apenas de que se le poder pagar, se los pagué yo del salario que V. M. me hace merced.
Están todos, con las alteraciones del Perú, y las que aquí han habido, tan desobidientes y aliados, quel castigo espero de Dios y de V. M. Conviene que con toda brevedad V. M. me mande enviar la provisión de Protetor, porque cada qual se me atreve á decir, que muestre en que tengo jurisdición; con aclaración muy bastante, que pueda amparar los indios y castigar á los culpados, y para podellos remitir á V. M.; mandando que ninguna autoridad se entremeta en lo que yo hiciere; porque dicen los soldados, que la jurisdición de Protetor son cinquenta pesos y diez dias de carcel, que dineros ellos no los tienen que podelles llevar, y que los diez dias de carcel presto se pasan, y luego los han de soltar. Hanme puesto en tales términos, especialmente este regidor Peña, que si nadie hubiera habido me hobiera salido huyendo; pero como mi intento es servir á Dios y á V. M., en ello quiero morir.
Como Protetor mandé dar ciertos pregones, y al tiniente hice un requirimiento en razón que los pocos indios que han quedado en los pueblos, de nación caquetios, no fueran sacados dellos, ni los indios de la dicha nación, que sirven á los españoles, fuesen llevados fuera de la comarca desta cibdad; pues es cierto que sacados de sus naturalezas mueren ó enferman: y ansi mesmo, otro pregon para que no echasen en prisiones ni azotasen los indios de su servicio, así los herrados como los que no lo eran; pues todos son libres vasallos de V. M.—Respondiome el tiniente, á instancia deste regidor, en lo que toca al azotar y echar en prisiones los indios,—«yo no ser juez para lo mandar»—y en lo demas dando á entender que ha de dejar sacar indios; y por otra parte este regidor haze otro escrito, ó por mejor decir libelo, de grande alboroto, y le hizo presentar en nombre de república á un Procurador general, que de manga tiene fecho, diciendo que debía mandar reponer los mandos, pregones y requirimientos que había mandado dar en favor de los indios; pues yo no tenia jurisdición ni poder para lo mandar; y otras cosas de grande escándalo como V. M. verá por el requirimiento que me fue fecho: con este envio, con todos los mandos, requirimientos y pregones que para conservación de los indios tengo fechos, y creyendo salir con su intento de llevar los indios fuera de su natural, apelan de todos estos mandos: la qual apelación les he denegado, y les torné á mandar de nuevo lo que tenia mandado so las penas en los mandos fechas: será V. M. cierto que, á mi posible, ningunos indios serán sacados. Y entre otras palabras desacatadas, este regidor me dijo, que si á V. M. daba relación del pregón que no echasen en cadenas los indios, que me habian de levantar un falso testimonio: porque sepa V. M. con que gente trato; mande V. M. proveer lo que fuere más su Real servicio.
Hallé en la cibdad de Coro ocho vecinos casados en esos Reinos, y el que menos edad tiene pasa de sesenta años; son el Tesorero, questá ciego, y el Contador, enfermo, y estos y los demás tan pobres, que habiéndolos de enviar convernia á la mayor parte proveer de matalotaje. Parte destos están muy enfermos, que tengo por cierto que si dispusiesen su camino morirían, y tambien creo, que aunque los llevasen á Sevilla no irian la mayor parte á sus naturalezas; y asi lo publican, que antes moririan que ir, á cabo de más de veinte años questán fuera de sus casas, con tanta pobreza. En la tierra adentro tengo noticia que hay casados; por la memoria dellos he enviado: en teniendo la enviaré á V. M.; con estos casados V. M. mande lo que yo tengo de fazer.
El licenciado de Tolosa, dejó por Tiniente en la cibdad de Coro á un Alonso Pérez, natural y casado en Toledo, hombre simple, y que convendria al servicio de Dios y de V. M. que se fuese á su mujer y hijos, que so color de ser Tiniente no se detuviese, porque la conversación destas indias son las que hacen olvidar á los españoles sus mujeres y hijos.
La tierra adentro, en el Tocuyo, dejó por Tiniente á un Juan de Villegas, ques la persona que los Belzares agora de nuevo nombran por Gobernador, que dello no poco estoy maravillado y los que del tienen noticia, por el daño que en esta gobernación dizen que ha fecho en esta manera, que siendo autoridad fue á la prouincia de Maracapana con ciertos soldados, y llamó de paz ciertos prencipales, hasta número de seis, los quales vinieron con muy gran cantidad de naborias, y á los dos prencipales hizo asar en una barbacoa, y á todas sus naborias herró y vendio á trueco de vino, puercos y ropa á vecinos de la Margarita. Dicese que uno destos prencipales que hizo venir á paz, fue se color que le tomase pescado en unas lagunas que cerca de alli estaban, cebándoles con botijas de vino, y tenia puestos en celada, metidos en un monte para los prender, mucha gente de caballo, como lo hicieron sin quedar ninguno. A otro prencipal, sin estos seis, llamado Juanillo Ribero, que vino á él de paz, le tuvo preso hasta que le dió muchos indios y indias, que herró. Fecho esto, contrató con vecinos de la Margarita que llevasen la tierra adentro yeguas, caballos y ropas, y á trueque les daría esclavos, como lo hicieron, que se prendieron é hicieron esclavos gran cantidad de inocentes y los vendieron. A unos tomaban debajo de paz y á otros en sus pueblos; y desta manera vinieron cargados de yeguas y caballos y algunos negros. Fecho esto se partió para el pueblo de Coro, que hay cerca de trecientas leguas, y todos los indios y indias de los pueblos que en el camino topó, fueron tomados y robados. Pensar en ello y las muertes que los soldados hicieron, pone espanto.
El licenciado Frias, juez de residencia que de la Española aquí vino, como le hallo absente procede contra él y le condenó en dozientos azotes y destierro para las galeras y mill pesos para la Cámara de V. M.
Venido el licenciado Tolosa, sin le prender le dio por libre, y se dice por cierto quel mismo Juan de Villegas hacía contra si los escritos del fiscal, que era un sobrino del licenciado Tolosa. La cabsa porque le dio por libre en su tiempo, la podrá saber V. M., á quien dello mandare tomar información y del questa lleva, que estuvo presente al tiempo que se dió por libre, y al tomar de algunos destos indios que hizieron esclavos.
Sabido por el Fiscal de la Audiencia de la Española esta sentencia, apeló della, y está mandado llevar el proceso. Como no hay quien lo solicite no se ha llevado, ni creo que se llevará si V. M. no lo manda.
Este Juan de Villegas ha sido aquí mucho tiempo escribano; es hombre de muchas mañas, y tengo por cierto que hará dezir á muchos lo quel quisiere. En la tierra adentro hizo una información de abono ante un alcalde ordinario quel fue en nombrar á un clérigo que allí está: por ella verá V. M. lo que digo. Estas informaciones, fechas sin abtoridad de Abdiencia Real, me paresce, me paresce que son dar cabsa que algunos se perjuren. Con esta información me vino diziendo, que como Prelado le aprobase, porque V. M. por una Cédula Real mandaba, que la información que alguna abtoridad hobiese de hazer fuese antel Prelado y la abtoridad ordinaria; dandome entendimientos que no la hazía ante mi por estar los testigos absentes. Yo le respondí que estaba mal tomada esta información y que yo quería examinar los testigos. Como en esto le toqué, nunca más en ello me habló.
El descargo que dá en hazer estos indios esclavos, y asar los dos prencipales que asó, dize que porque fueron en matar ciertos cristianos de la Margarita y Cubagua; y en su descargo presenta por testigos á los soldados que fueron con él en prender y gozar los dichos indios, y no dudo que los indios lo hiziesen, porque se dice por muy cierto que los vecinos de Cubagua y la Margarita y otros soldados que en aquella costa andaban, estando de paz les habían tomado primero sus mugeres y hijos, y vendidos por esclavos; y que volviendo por los que quedaban se quisieron amparar, y fue justo que pagase el que mal hizo. Por cosas que aqui vi hazer, á este Juan de Villegas le tengo por hombre de larga conciencia para el buen tratamiento y conversión de los naturales y que ningún bien les hará.
Conforme á lo que V. M. me manda me paresce que V. M. debe proveer con brevedad de Gobernador cual convenga, y si algun dia se hobiere de dilatar, en tanto que V. M. provee me paresce que se debe de nombrar por alcaldes mayores en esta cibdad de Coro á Bartolomé Garzia, antiguo vecino y casado en ella; y en el nuevo pueblo de Burburuata, que se dice Nuestra Señora de la Concesión, ó Martin de Artiaga, porque éste ha hecho mucho bien y buenos tratamientos á los indios comarcanos á Borburuata y tiénenle mucho amor. Y en el pueblo del Tocuyo, y si algún otro se poblare en aquella comarca á Juan de Quiñones de Llana, ques un honrado hombre y de buena conciencia y hombre que terná en autoridad á los españoles y mirará por los indios. Y si alguno destos tres fuese muerto, que cualquiera de los dos que quedasen puedan nombrar en los dichos pueblos justicias. Estos dos, Martín de Artiaga y Bartolomé García, han sido tenientes de Gobernador en esta provincia por el licenciado de Tolosa, y con estos cargos, he sido informado que hizieron el deber, y creo que lo mismo harían agora; y habiéndolos de nombrar V. M. les haga merced, porque están pobres y son personas honradas, de les señalar salario fuera de la Gobernación, pues en ella no lo hay.
El licenciado de Tolosa envió á este Juan de Villegas, con poder de teniente, para que poblase el puerto de Borburuata: tomó la posesión y no lo pobló, y después de muerto el Licenciado de Tolosa lo envio luego á poblar, y por caudillo á un Per Alvarez, el qual hay informado ques hombre muy desasosegado y cruel entre indios, y por su cabsa se alzaron ciertos pueblos de indios en la provincia de Maracapana, do mataron ciertos cristianos; y tambien me han dicho que la gente que llevó consigo llevaron en cadenas, de los indios naturales é de paz del Tocuyo, doszientas é diez ánimas; y tambien he tenido nueva, que después que llegaron á aquella población todos se le volvieron. Escribi á Juan de Villegas, que no era servicio de Dios ni de V. M. el sacar destas duzientas y diez ánimas en cadenas, y que era una cosa muy mal fecha. Respondiome quel no lo supo, y que si algo hobiese fecho que con su persona pagara á V. M. Dicenme queste capitán, que envió, impide á los indios naturales, amigos, la sal de ciertas salinas, y que si alguno ha de llevar sal, que ha de venir y traer escondida una pieza de oro. Dicese que la cabsa porque le envio Juan de Villegas, fue porque le diese ó partiese con él el oro que los indios de paz le diesen; y tienese noticia que los que de paz han venido, le han dado cantidad de oro: y sobre ello los soldados traen diferencia, pretendiendo tener parte en este oro.
A esta poblazón no vino clérigo, por quel del Tocuyo, do salieron, no habia denguno. Envianme á pedir que les envie clérigo que les administre los Santos Sacramentos. Yo no lo tengo, ni hay quien á esta Gobernación quiera venir, por la pobreza de la tierra, sino se les señala salario fuera de la gobernación, y yo no tengo comisión de V. M. para se lo señalar. Lo que tengo acordado es, pasada la Cuaresma, ir ó enviar algun cura desta Santa Iglesia, para que les confiese y administre los Sacramentos. Aqui estaba otro clérigo que les sirvió la tierra adentro más de dos años y medio, y le prometieron de se lo pagar bien, y como no le dieron ninguna cosa no quiso ir, si primero no se le pagaba. En el Tocuyo está solo este clérigo, que digo, ya más de veinte meses, que no confiesa, y demás desto tiene mucho trabajo por la mucha gente que hay. V. M. sea servido de mandar que haya alli dos clérigos y de les señalar salario fuera de la Gobernación.
Siendo V. M. servido de nombrar por alcaldes mayores las personas que tengo señaladas, se les puede dar comisión para que tomen información de lo questos tinientes y capitanes hobieron hecho, y las envien á V. M. ó á la Abdiencia Real de la Española, para que en ello se provea lo que más convenga al servicio de V. M. Enviar juezes seria acabar de destruir la tierra, porque su intento no es de castigar lo mal fecho, sino de buscar qué poder llevar.
La Cofradia de Nuestra Señora de la Concesión hallé fundada en la iglesia mayor desta cibdad por mi antecesor; y por mi mayordomo á este regidor Peña he hablado, en la visita, de la cofradia, para saber en que se gastaba la limosna que se pedia. Me dijo este regidor, que yo no era parte para lo visitar, sino el regimiento. Hize sobre ello juntar todos los cofrades y todos querian que yo la visitase; y este regidor, y el contador y el alcalde Miguel de Barrientos, que arriba digo, comenzaron á dezir que no lo habia de hazer; y por no dar lugar á que se desacatasen no he entendido en nada hasta dar relación á V. M.—Diciéndole yo á este regidor, hablando en esta vesita consigo—«no habeis de tener trabacuenta como con mi antecesor»—me respondió:—«al Obispo diérale yo de puñaladas sino fuera gobernador»—y pidióme la mano para la besar, me dijo:—«estas cortesias que á V. S. hago las hago por amor de Dios y de S. M.»—Respondile que por amor de Dios y por San Pedro y por V. M., y con gran paciencia, por servir á Dios y á V. M. resisto lo queste regidor y otros conmigo se descomiden, temiéndome de alteraciones.
El contador Antonio de Naberos, como V. M. ha sido antes de agora informado, es terribilisimo de condición y tan indómito que siempre, con los que han gobernado, y con el obispo mi antecesor, ha tenido grandes contiendas, y solo este ha sido parte para traer mucho tiempo la tierra desasosegada, como agora lo procura de hazer, que publica que si pobre no estuviese no se podrian valer con él. Ahorcosele agora una india, y soy informado que por su aspereza, porque la noche antes la habia dado de azotes. No he tomado información ni fecho castigo por questá aliado con este regidor, y para le dar el castigo que merece yo no soy juez. V. M. provea lo que más fuese de su Real servicio.
Por las informaciones que los jueces de residencia han enviado á V. M., será informado de las grandes muertes y daños que contra los naturales han sucedido, unos fechos esclavos y llevados de la tierra, siendo amigos y de paz, y otros llevados á las entradas donde han muerto, y los que quedaban, que tenían hijos y mugeres, se iban á los montes porque no se las tomasen; do los tigres á muchos han comido y los caribes á otros muerto. Es gran lástima, y pensar en ello estoy fuera de mí. De manera que en la comarca de la cibdad de Coro, con cinquenta leguas de costa arriba y abajo y la tierra adentro, no se hallará de paz mill ánimas. Esto halo cabsado seguir las entradas y no poblar ni repartir la tierra. Dirán los alemanes que ellos no tienen culpa de lo que se ha fecho. Bien podría ser; pero el no poblar ni seguir las entradas, de creer es que se haría por su consentimiento á efecto de buscar, de buena tierra, las doze leguas que V. M. les tiene fecha merced, que tanto daño han cabsado. Pues para lo pasado no se puede tener remedio, paresceme que para que V. M. sea servido y la tierra permanezca y no se acabe de perder, que V. M. debe de mandar á los alemanes que envien á su costa hasta cien hombres con que se pueblen los pueblos que se han fecho, mandando que á los que vinieren se les den indios que les den de comer.
Juntamente les debe de mandar V. M. que compren destas islas de San Diego y San Juan hasta treinta negros mineros, para que descubran las minas y secretos de la tierra, é que á estos negros se les prometa libertad si descubren las minas, porque desta manera se hará todo bien. Dirán los alemanes que ellos enviaron, conforme á la capitulación, la gente y mineros que eran obligados. Verdad es que los enviados por los mineros jamás se ocuparon de descubrir minas, sino por via de soldados seguir las entradas; y lo mismo hizieron los españoles que vinieron, sin que poblasen los pueblos que por la capitulación eran obligados; y aunque se ocuparon los alemanes en querer descubrir las minas, se cree que no las hallaran porque la disposición de la tierra es diferente que la de Alemania, y los mineros que las han de buscar han de ser criados en Indias. Y tambien han de enviar tres mineros cristianos para que anden con los negros, porque se han de dividir en tres partes, donde se tiene noticia que hay minas.
V. M. les ha de mandar juntamente, hagan un ingenio de azúcares en el pueblo de Borburuata, por ser en la costa y tierra, segun soy informado, muy aparejada para ello; y como este ingenio esté fecho, vecinos de San Diego y San Juan, que tienen voluntad de ir allá á poblar harán lo mesmo, y desta manera la tierra permanecerá y los vecinos que alli residiesen serán remediados.
Conviene, juntamente, que V. M. les mande que hagan en el dicho puerto de Borburuata, una de las fortalezas que son obligados; y todo lo que se hobiere de proveer V. M. mande (á) los alemanes que sea con brevedad porque será gran bien para la tierra.
Luego questa gobernación se pobló, los alemanes enviaron á ella muchas mercaderías, y sus Factores las vendieron fiadas á los españoles y les hizieron hazer una escritura para que se diese á los libros de los Factores crédito, para que por ella, como por obligación, se pudiese ejecutar, como lo han ejecutado y ejecutan. Tambien les hizieron hazer una escritura, que pagasen vivos por muertos. Esta escritura parésceme ser contra justicia, aunque no he sabido que por ella se haya cobrado alguna cosa. Esta escritura de crédito de libros se hizo por Gobernador, Justicia y regimiento, siendo á la sazon Gobernador por los alemanes Jorge de Spira, su criado, y esto ha sido en gran daño y perjuicio de los vasallos de V. M., porquestos alemanes han tenido aquí muchos fatores y soy informado que metieron la mano en la hacienda, y podría ser cargar á algunas personas mercadurias no las recibiendo; porque después que yo aquí vine, pidió á un soldado ciertos dineros por virtud de las partidas de los libros, y el juraba que no los debia, y sin embargo dello se lo mandó pagar la Justicia.
Aquí vino una recetoría del fiscal del Real Consejo de V. M. dirigida á los oficiales de V. M., para que en el pleito que se trata con los alemanes se tomasen ó ratificasen ciertos testigos; y viendo el procurador de los alemanes, ques este Juan de Villegas, que dicen que han nombrado ellos por Gobernador, que se tardaba su recetoría, porque no se le pasase el término de prueba quisiese aprovechar de la recetoria del Fiscal, como se aprovechó, en esta manera: Que hizo presentación de una fee de la recetoría del Fiscal y de un interrogatorio; y desta forma se tomaron muchos testigos que presentó. Fecho esto, dende á cierto tiempo vino su recetoría y otro procurador, estando en el pueblo el primero, hizo relación á la justicia de lo que se había fecho, y pidió que la recetoría, que le había venido, se pusiese por cabeza y que se retificasen los testigos que se habían tomado, como se hizo. Bien creo que probaron todo lo que articularon y más, porque en esta tierra obedescen á los alemanes como á señores naturales. Por lo que ví en esta provincia hazer y soy informado que en otras se (ha) hecho, con zelo á las ánimas destas mis ovejas suplico á V. M., que basten los juramentos que sobre este pleito hasta aquí se han hecho, mandando á los alemanes que con brevedad provean de enviar los mineros y fazer el ingenio y fortaleza que arriba declaro.
De todo lo que aquí digo pudiera dar relación á V. M. el contador que retificaba y tomaba los testigos del Fiscal; pero soy informado, que para haber de hazer alguna diligencia iba á tomar parescer con el Procurador de los alemanes, ques este Juan de Villegas, de manera que todo anda no como debe, y como los alemanes han enviado, con testimonio de escribano, de como tienen nombrado por gobernador ante V. M. á este Juan de Villegas, es obedescido por tal gobernador como si provisiones reales tuviese, que no poco daño han fecho á los vecinos desta Gobernación.
En Santo Domingo de la Española está con Francisco Dávila, cabdaloso, que por lo que aqui ha escrito dize que pretende contratar esta Gobernación con los alemanes, para dejar por adelantado un mestizo hijo suyo. Quatro años ha que escribió que Juan de Villegas es Gobernador, y le ha prometido, que ansi por parte de los alemanes como por la suya, si la Gobernación á que ha de ser Gobernador: de manera que las cartas deste Francisco Dávila han hecho y hacen gran daño en traer desasosegados los vecinos; porque como ellos son pobres y por todas vias se dize queste Juan de Villegas ha de gobernar, no se osa hazer más de lo quel quiere. Digolo, porque las probanzas de los alemanes se hizieron á pedimento deste Juan de Villegas, como su Procurador, y por ellas se verá lo que arriba escribo. Este Francisco Dávila le escribe muy aincadamente que reparta la tierra, por quel se obligaba que se terná por buena no tiniendo poder de S. M. para la poder repartir.
La cabsa porque no he enviado á pedir Justicia á la Española, es porque habiendo mandado el Abdiencia Real della llevar el proceso deste Juan de Villegas antellos, siendo notorios los delitos que habia cometido, después de muerto el Licenciado Tolosa le tornaron en el Abdiencia Real á reabilitar el cargo de Tiniente nombrándole por su nombre, y por esta cabsa, y otras, me paresció que no se proveeria lo que pidiese.
Tuve noticia, que mucha gente de la que está poblada en el Tocuyo, se queriar ir con sus ganados al Nuevo Reino. Ansi, porque no se despoblase esta Gobernación, y lo principal, porque no llevasen ningunos indios della, envié un requerimiento, como Protetor, á Juan de Villegas, que alli reside por tiniente, para que no dejase sacar ningunos indios, pues la jornada no se podía hazer sin ellos: y tambien como obispo, para mas les impedir la jornada, escribi al Vicario que allí está, les compeliese á que diesen fianzas por los diezmos de sus ganados, pues habian de invernar en este obispado; y el mismo Tiniente me escribió que estos requerimientos se hiciesen porque seria cabsa que la gente no se fuese. El riquirimiento se le notificó y el Vicario hizo lo que le escribi, y aunque este Juan de Villegas me envió á decir que la gente no se iria, segun se dice tengo por cierto quéllos ha de enviar, porque ha escrito al regimiento de Coro y publicado entre la gente, que yo soy cabsa que los vecinos no se aprouechen; y como en ello sirvo á Dios y á V. M. tengo por gloria que lo diga. Digolo, porque paresciéndole questos requirimientos se hiciesen y él pidiéndomelo por otra parte, dize á la gente otra cosa; porque sepa V. M. de que mañas viven algunos de Indias. Temiéndome que todavia enviará la gente y dará lugar que saquen indios, tengo escrito á la Audiencia Real del Reino, para que castiguen á los que les llevasen, y los tornen á enviar á su costa á esta Gobernación; pues en ello sirven á Dios y á V. M.
Hame escrito este Juan de Villegas, questá de camino para ir á repartir los indios de Borburuata y sus comarcas. Por cierto se tiene quel repartimiento que hiciese se hará á su voluntad, y que para él y sus amigos será lo mejor.—V. M. sea seruido de mandar que no pueda repartir indios, sino fuese conforme y como V. M. lo tiene proveido en otras partes, y que si algunos hobiere repartido, se revean, y desagravien al que hobiere recibido agravio; mandando al Gobernador que no tenga repartimiento.
Algunas veces las justicias, la tierra adentro, hazen guerra á indios, y unos presos y otros huyen y dejan sus hijos inocentes, de dos hasta seis ó siete años, y los españoles los llevan á sus casas. He mandado que vuelvan estos niños á sus padres y naturalezas; pues quitalles del dominio que los padres tienen, á sus hijos siendo niños, es gran sin justicia que se haze á los padres, como á V. M. y á los de su alto Consejo es notorio; y no hallando á los padres vivos, que los cristianos los tengan y administren en la doctrina cristiana.
A esta provincia no viene navio de ninguna parte por la gran pobreza della, sino con unas canoas de la grangería de las perlas que vienen á rescatar maiz y gallinas. Las mercadurias que traen para vender dánlas en tan subidos precios, quel arroba de vino vale dos pesos y medio, y una botija de aceite, pequeña, peso y medio, y la vara de lienzo un ducado, y á este respeto todo lo demás. De manera que las quinientas mill maravedís que V. M. me hace merced no quedan en trescientos y cinquenta. A. V. M. suplico sea servido de me mandar acrecentar el salario y en ello recibiré señalada merced, porque demás la carestía de la tierra, certifico á V. M. que como los vecinos son pobres y algunos están muy enfermos y necesitados, no tienen otro recurso para sus necesidades sino el del Obispo; y para hazer lo que debe al servicio de Dios y de V. M. es necesario que lo provea de manera que en esta tierra se gasta mucho más quel salario.
Hasta agora, por mi pobreza no me (he) ido á consagrar. A V. M. suplico sea servido de me hazer merced para que me consagre; y sea parte dello en Sevilla para comprar un pontifical.
Habrá quince meses que de aquí partió Juan de Villegas, Tiniente del Tocuyo, con determinación de descobrir minas en una provincia que se dice Bocono, muy poblada de indios, donde antes el Licenciado de Tolosa le habian mandado que fuese á las descobrir. Agora ha respondido y dize que ha hallado muestra de minas. Tambien se tiene noticia que en el nuevo pueblo de Borburuata, y en otra provincia que se llama Caparida, hay minas; porque habrá diez y ocho años que un minero español dió cata en esta provincia de Capatarida y sacó muy gran muestra de oro, y siempre dijo, hasta que murió, que allí quisiera tener sus minas. Estas minas se descobrieron en tiempo y presente Ambrosio de Alfinguer, gobernador nombrado por los alemanes, y llevándole la gran muestra de oro que se habia sacado, dicen que dijo el dicho Gobernador al minero, que no hablase más en aquello, sino que pasase adelante; y por esta cabsa no se descobrieron estas minas: por do paresce claro querer estas entradas seguir y andar recogiendo el oro de sobre la tierra, destruyendo la gobernación. En esta comarca de Capatarida se ha hallado azogue, y los que saben de minas de plata dicen, do hay azogue hay plata. Esta provincia de Capatarida está treinta leguas de la cibdad de Coro: es la noticia más cierta que de minas en esta gobernación se tiene, y conviene que V. M. mande que se descubran, porque será remediar la tierra y gran aumento de las rentas Reales, mandando questa cibdad no se despueble, porque si se despuebla estas minas no se descubrirán.
Aqui hay una cédula Real por la cual V. M. manda, que paresciendo al Obispo, Gobernador, Oficiales y Regimiento que se despueble esta cibdad de Coro, que se pueda despoblar. Esta cédula se ganó antes que la iglesia Catedral se fundase en la cibdad de Coro, ques la mejor iglesia de paja de todas las Indias, y está edificada en la mejor demarcación de la gobernación; porque si hay minas en cualquiera destas partes, los vecinos de aquí las podrán gozar. V. M. sea servido de mandar que por ninguna via se despueble. Y porque Juan de Villegas escribe á muchos de los que aquí están prometiéndoles que les provea de repartimientos y otras cosas, por los atraer á si, y no es servicio de V. M. que se pueble un pueblo y se despueble una cibdad siendo necesaria la poblazon della, y V. M. mande á las Justicias que si algún vecino se fuere, que no le deje sacar de la cibdad de Coro ningunos indios Caquetios ni Xararas, ni otros de otra nación que en su servicio tuvieren, porque será cabsa que algunos no se vayan, y que los indios de los que se fueren se repartan entre los que más necesidad tuvieren.
El questa lleva es un clérigo de misa, que se dize Francisco Juares, que para mejor dar relación á V. M. le envio. Es de buena conciencia y sirviendo de Cura en santa iglesia de Coro. El licenciado de Tolosa, juez de residencia, quando hubo de entrar la tierra adentro al castigo del gobernador Carvajal, le rogó y compelió á que fuese en su compañía para que administrase los Santos Sacramentos, prometiéndole que le haria pagar los cinquenta mill maravedis que aquí ganaba, y ansí fue con él al pueblo de Tocuyo, y de alli el dicho Juez envió á un su hermano la tierra adentro á descobrir ciertas provincias con más de cien españoles, y con él á este Padre. Ocupose dende que salió de la cibdad de Coro hasta que volvió, dos años y diez meses, y como halló muerto al licenciado de Tolosa, los oficiales de V. M. no le han querido librar ninguna cosa. V. M. sea servido de se lo mandar pagar fuera de la Gobernación.
Por una Real cédula de V. M. manda que en la cibdad de Coro se hagan Cabildos, sin estar presentes los alcaldes ordinarios; por donde la voluntad de V. M. es, que tenga en ellos voto como le tienen todos los alcaldes ordinarios de Indias: los regidores les impiden que no voten, y dello viene daño á la república y vecinos, porque como son tres regimientos[589], los dos, que son el Contador y Gutierre de la Peña, siempre se confederan y hacen lo que quieren, no mirando el servicio de Dios ni el de V. M. Los alcaldes, porque otro año les nombren, disimulan en todo lo que se ofrece. V. M. sea servido de mandar que los alcaldes ordinarios tengan voto como cualquiera regidor.
Al Rio de la Hacha se llevaron, antes que yo viniese, muchos indios y indias libres y otros herrados so color de esclavos, y después que yo vine urtiblemente un soldado llevó una india libre. He enviado cartas de justicia del tiniente de aquí para que las justicias de allí enviasen á esta Gobernación todos los indios della, pues Dios y V. M. son dello servidos. Todo lo disimulan, que ninguna cosa cumplen. V. M. provea sobresto lo que más fuere de su Real servicio, porque se venden y contratan indios en aquel pueblo como negros en las gradas de Sevilla.
Yo tengo perdonado al Regidor, Chantre y Contador y alcalde Miguel de Barrientos, los desacatos, desvergüenzas y palabras mal dichas que a mí me han dicho como á hombre y Prelado; es mi intención y voluntad, delante de Dios, de lo que á mi se me ha fecho, de no entender en ello; y doliéndome de sus ánimas como pastor y padre espiritual, suplico á V. M. que, para que no se pierdan, me de favor, porque todo lo que manda Dios, por amonestaciones con ellos, he fecho: resta traellos con la vara de justicia. Para esto no soy parte, porque temo alteraciones.
Media legua de la cibdad de Coro pasa un rio que se llama Coro, de quien tomó nombre esta cibdad, y por ser muy provechoso de riegos y poblado de indios, los españoles hicieron su aciento en comarca dél. Los indios antiguamente, una legua del rio arriba tenian hecha una presa, quellos llaman buco, que atraviesa el rio, y frontero de la presa sacada una acequia de largor de dos leguas, que en partes llevava de hondo dos estados, por donde el agua del río se lleva á la cibdad de Coro y se riegan gran cantidad de tierras. Todos los años en tiempos de aguas esta acequia se enarena, y la presa se quiebra dos y tres vezes en tanta manera, que (á) vezes ha sido menester para lo aderezar quatro ó cinco mill indios. En tiempo que la comarca de la cibdad de Coro estaba poblada en catorze ó quince mill indios, en tres ó quatro días la aderezaban, y agora vezes hay que se está ocho meses, y todo este tiempo los vecinos envían por agua al rio para beber y servicio de casas á cabsa de no haber indios que los sirvan, porque los que han gobernado y seguido las entradas han llevado todos los que faltan, donde han muerto y no han quedado arriba de quatrozientas ánimas en los pueblos y comarca de la cibdad de Coro; y como son tan pocos, con el trabajo que en ello pasan, unos mueren y otros enferman. Y para que estos no se acaben de perder, me paresce, que pues los que han gobernado por los alemanes no han fecho ni procurado ningun bien público, que V. M. les mande que envien treinta negros para que sustenten esta acequía y presa; porque será una de las prencipales cabsas por donde esta cibdad permanezca y los naturales no acaben de morir.
Y como las minas de Capatárida se descubran, será cibdad muy próspera y los vecinos poderosos para poder sustentar esta presa: y en mandar V. M. á los alemanes que hagan esto, y el ingenio y fortaleza en Borburuata, y que trayan los mineros y negros que arriba escribo, ningun agravio se les hace, pues deben mucho más á V. M. por no haber cumplido lo contenido en la capitulación: demás del gran provecho y interes que se les seguirá de las minas y ingenios, por el mucho posible que tienen, porque hecho el ingenio ellos harán otros siendo el interés tan manifiesto. Y esto es mejor medio que tomar informaciones por los grandes perjurios que en ello hay en favor de los alemanes en el pleito quel Fiscal con ellos trata. Porque hablando con este regidor Peña sobre el negocio de una viuda pobre le dije, que un vecino juraba en favor del negocio desta viuda y lo mismo hacían otros, respondiome, que el vecino que yo le nombraba era perjuro declarado por el Abdiencia Real de la Española. Dijele:—¿si es perjuro, como lo tomastes por testigo en favor de los alemanes en el pleito quel Fiscal de S. M. con ellos trata?—Tornome á responder:—Yo no le tomé, que Juan de Villegas lo tomó»—y ansi creo que serán todos los más testigos: ques una gran lástima, porque en Indias todos los testigos dicen lo que quieren los que gobiernan, en especial en esta Gobernación. V. M. se duela de tan gran mal, que cierto tengo que no se ha fecho información por parte de los alemanes en este pleito del Fiscal, que todos los más de los testigos no sean perjuros.
Soy informado que en la ereción desta Santa Iglesia, su Santidad y V. M. mandan, que de la parte que cabe á la dicha iglesia de los diezmos, se de la tercera parte á un hospital. Lo que cabe á la parte de la iglesia en cada un año son diez y ocho pesos, ó veinte ó veinte y dos pesos. Vea V. M. si de la tercia parte desto en cada un año se puede edificar hospital y sustentar. Yo no he visto la eresión desta Santa Iglesia. El Obispo de San Juan, que fue aquí mi antecesor, me ha escrito quel la tiene: por ella he enviado. Vista, escribiré á V. M. sobre ello. Suplico á V. M. sea servido de fazer merced y limosna para que en esta cibdad se pueda fazer un hospital, y con que se pueda sustentar.
A esta Gobernación no se han enviado las nuevas leyes por V. M. Suplico á V. M. sea servido de me las mandar enviar, ó á lo menos lo tocante á la libertad de los indios y un buen tratamiento dellos, y como no hay indios esclavos sino todos los dados por libres por V. M.
Nuestro Señor la Sacra, Cesárea, Católica persona de V. M. por largos tiempos guarde, con aumento de mayores reinos y señorios, como vuestra Sacra Magestad meresce y yo, criado y capellan de vuestra Sacra Magestad deseo.—De Coro, de la provincia de Venecia, veinte de Octubre de cinquenta.
S. C. C. M.==de V. M. criado y capellán que las sacras y cesáreas y católicas manos de V. M. besa.==Michael—Episcopus Chorensis.
(Colección Muñoz, tomo LXXXV.)
ÍNDICE
| Páginas. | |
| Prólogo | V |
| SEGUNDA PARTE | |
de la istoria que conpuso fray Pedro de Aguado, de la orden de SanFrancisco, de la obsservanzia, ministro prouincial de la prouinciaSsancta Fee en el nuevo Reyno de Granada, Indias del mar Oçeano. Enel cual se trata el descubrimiento y fundacion de la gouernacion yprovincia de Uenencuela, con el descubrimiento de la Isla Trenidad,y fundacion de la ciudad de Cartagena y su gouernacion, en TierraFirme: con el alçamiento y tirania de Lope de Aguirre, traydor,hasta que fue muerto en la gouernacion de Uenencuela por los delcampo del Rrey. Cventase todo el descurso del general Pedro deOrssua que fue muerto por este traidor Aguirre yendo en busca de latierra que llaman Dorado. | |
| El Rrey | [3] |
| Prologo al letor | [7] |
| LIBRO PRIMERO | |
En el Libro primero se quenta y da notiçia del prinçipio y origenque españoles tubieron en la governaçion de Benençuela, y qual fuela primera çiudad despañoles que en ella obo, y quien la fundo y deque suerte, y como los Bezares obieron aquella governaçion delEnperador, y quien fue el primer Governador que a ella enbiaron, ycomo este su primer Gobernador se puso a hazer nvebosdescubrimientos, y la mala fortuna que en ellos obo; y de como fuemuerto en la jornada o descubrimiento que hizo a las provinçias,donde esta poblada Panplona. Tratase asi mesmo de la laguna deMaracaybo y gentes que en ella abitan, y de vn pueblo despañolesque alli quedo fundado. Dizese en el la perdida de vn capitanGascuña con sesenta mil pesos, y de vn español que escapando de losde Gascuña bivio entre yndios cierto tiempo hasta que salio deentre ellos. | |
| Capitulo primero | [11] |
| Capitulo segundo | [19] |
| Capitulo tres | [38] |
| Capitulo quatro | [45] |
| Capitulo çinco | [52] |
| Capitulo seys | [59] |
| Capitulo siete | [65] |
| Capitulo ocho | [70] |
| Capitulo nuebe | [75] |
| Capitulo diez | [80] |
| Capitulo onze | [85] |
| Capitulo doze | [93] |
| Capitulo treze | [103] |
| LIBRO SEGUNDO | |
En el libro segundo se diçe como los Bezares, sabida la muerte deMiçer Ambrosio, su governador, tuvieron proveydo a NicolasFedreman, al qual rrebocaron la conduta por quexas que del obo yproveyeron por governador a Jorge Espira, y por su tiniente aFedreman. Venidos a Benençuela los dos, cada qual de ellos yntentovna jornada por si, saliendo por diferentes derrotas o caminos, ydespues de aber llegado por los llanos adelante Jorge Espira a losChoques, fue forçado a bolverse con perdida de mucha gente a Coro.Fedreman fue la buelta del cabo de la Vela, pasando la laguna deMaracaybo con yntento de proseguir la jornada que Miçer Ambrosioabia herrado del Rreyno, y en el camino arrepintiose y prendio alcapitan Rribera, que con gente abia salido de Santa Marta, y dandola buelta sobre la laguna de Maracaybo la paso y rrebolvio sobrelos llanos de Venençuela, para yr en demanda de la noticia de MetaEn el camino tubo noticia como venia desbaratado Jorge Espira,diole de yndustria lado y apartose del por no ser forçado a algunaalteraçion, y prosiguio adelante, hasta que entro en el NueboRreyno de Granada. Jorge Espira, despues de aber pasado por elFedreman, tubo noticia de ello y embio tras del cierta gente paraabisalle, los quales, no pudiendo pasar los rrios de Apure yÇarara, se bolvieron a Coro, a donde hallaron por juez derresidencia al doctor Navarro, de Santo Domingo, y al ObispoBastidas. Quedo suspenso Jorge Espira del govierno, y dende a pocomurio, y Nabarro se fue a Santo Domingo, con todo el discurso deentramas jornadas muy copiosamente escrito. | |
| Capitulo primero | [110] |
| Capitulo segundo | [119] |
| Capitulo tres | [125] |
| Capitulo quarto | [131] |
| Capitulo cinco | [136] |
| Capitulo seys | [144] |
| Capitulo siete | [150] |
| Capitulo otabo | [158] |
| Capitulo nuebe | [165] |
| Capitulo diez | [170] |
| Capitulo onze | [178] |
| Capitulo doze | [186] |
| Capitulo treze | [194] |
| Capitulo catorze | [202] |
| Capitulo quinze | [207] |
| Capitulo diez y seys | [214] |
| Capitulo diez y siete | [221] |
| Capitulo diez y ocho | [230] |
| Capitulo diez y nvebe | [237] |
| Capitulo veynte | [244] |
| Capitulo veynte y vno | [254] |
| LIBRO TERCERO | |
En el libro terçero se da noticia de como buelto el doctor Nabarroa Santo Domingo el Audiençia proveyo por governador a Don Rodrigode Bastidas, obispo de Venençuela, y por su general a Phelipe deVtre, el qual hizo cierta gente y entro a descubrir la tierraadentro por los llanos, con todo lo subçedido en su jornada; y decomo en el ynterin que Phelipe Dutre andaba en su descubrimiento,el Rrey proveyó por obispo de Puerto Rrico a Don Rodrigo deBastidas, el qual yendose a su obispado, dexo por tiniente a Diegode Boyza y este quiriendose yr, nombro por alcalde mayor a vnfactor de los Bezares, dicho Enrrique Rrembol, el qual murio dendea çierto tiempo, y por fin deste proveyo el Avdiençia porgovernador de Veneçuela y juez de rresidencia de Cubaagua, alliçençiado Frias, fiscal, y por su capitan general a vn Juan deCaravajal, Rrelator. El Frias se fue a Cubaagua, a tomarrresidencia, y el Caravajal se vino a Coro, y falsando lasprovisiones que llevaba, se hizo governador y junto cierta cantidadde gente española, con la qual se metio la tierra adentro hasta lasprovinçias del Tocuyo, donde se alojo y estubo muchos dias, en losquales Phelipe Dutre dio la buelta algo desbaratado y llego alTocuyo, donde hallo a Caravajal y con el tubo ciertas rrenzillas,por donde el Caravajal, malvadamente, le corto la cabeça a el y aotros; y de como en España fue proveydo el liçençiado Tolosa, elqual venido a Venençuela y sabido lo que Caravajal abia hecho,entro la tierra adentro y lo prendio y hizo justicia del; y de comoy porque el Rrey quito la gobernacion a los Bezares, y en quetiempo; con la jornada que Alonso Perez de Tolosa hizo por el rriode Apure arriba y el subçeso de ella, con todo el discurso degovernadores que hasta nuestro tienpo a abido en aquellagobernacion, y pueblos que en ella se an poblado, con suspobladores o fundadores, con los subçesos de cada pueblo en elpropio capitulo hasta nuestro tienpo. | |
| Capitulo primero | [264] |
| Capitulo segundo | [272] |
| Capitulo tres | [278] |
| Capitulo quatro | [285] |
| Capitulo çinco | [294] |
| Capitulo seys | [304] |
| Capitulo siete | [310] |
| Capitulo ocho | [316] |
| Capitulo nuebe | [323] |
| Capitulo diez | [335] |
| Capitulo onze | [342] |
| Capitulo doze | [347] |
| Capitulo treze | [354] |
| Capitulo catorze | [361] |
| Capitulo quinze | [371] |
| Capitulo deçiseys | [378] |
| Capitulo diez y siete | [387] |
| Capitulo deziocho | [394] |
| Capitulo diez y nvebe | [402] |
| Capitulo veynte | [411] |
| Capitulo veynte y vno | [420] |
| Capitulo veynte y dos | [427] |
| LIBRO QUARTO | |
En el libro quarto se trata del primer descubrimiento de la Ysla dela Trinidad, y de quien la descubrio, y como le fue dada porgovernacion a Antonio Sedeño, con todo lo que en ella le sucedio, ycomo el enperador Don Carlos dio a Don Diego de Ordas vnagovernacion en el rio Marañon, y como despues de aber pasado muchostrabaxos fue preso por Pedro Ortiz de Matienço, despues de lo cualfue muerto Ordas con ponçoña yendo a España. Asi mesmo se tratacomo Sedeño prendio a Alonso de Herrera y a toda la gente que conel estaba en Paria. | |
| Capitulo primero | [435] |
| Capitulo segundo | [438] |
| Capitulo terçero | [441] |
| Capitulo quarto | [445] |
| Capitulo quinto | [450] |
| Capitulo seys | [453] |
| Capitulo siete | [456] |
| Capitulo ocho | [461] |
| Capitulo nuebe | [465] |
| Capitulo diez | [469] |
| Capitulo honze | [473] |
| Capitulo doze | [480] |
| Capitulo treze | [485] |
| Capitulo catorze | [490] |
| Capitulo quinze | [495] |
| Capitulo deziseis | [499] |
| Capitulo diez y siete | [505] |
| Capitulo diez y ocho | [510] |
| Capitulo diez y nueve | [515] |
| Capitulo veinte | [520] |
| Capitulo veinte y uno | [525] |
| Capitulo veinte y dos | [530] |
| Capitulo beinte y tres | [535] |
| Capitulo veinte y cuatro | [541] |
| Capitulo veinte y zinco | [546] |
| Capitulo veinte y seis | [552] |
| Capitulo veinte y siete | [559] |
| Capitulo veinte y ocho | [570] |
| LIBRO QUINTO | |
En el libro quinto se haze mencion de como, llegado a España elnauio en que murio Don Diego de Hordas, Geronimo Ortal que eu elyba, pidio la governacion de Paria; fuele dada por el Consejo deIndias; vinose a hella con la gente que pudo hazer, y dejo alcapitan Alderete haziendo mas gente en Seuilla. Llegado GeronimoOrtal a Paria, hallo en la fortaleza a Alonso de Herrera con vnospocos conpañeros anbrientos y amedrentados. Hordeno luego lanauegacion del rrio de Paria, tomando por blanco de su enpresa lanoticia de Meta. Nonbro por su capitan general Alonso de Herrera;detuuose cierto tiempo en Paria, haziendo bergantines para lanauegacion del rrio. Al tiempo de la partida vino la nueba que elcapitan Alderete ania llegado con cierta jente a la isla deCubagua; encargo el proseguir la jornada Alonso de Herrera, y elfuese a Cubagua a uerse con Alderete, con proposito de ir luego enseguimiento de Alonso Herrera y de la demas jente que con elquedauan, los quales se partieron de Paria y entraron por el rriode Uria paria, nauegaron hasta las juntas de Meta y Urionoco, ysiguiendo el rrio de Meta arriua, auiendo nauegado algunos dias porel, murio el capitan Herrera de ciertos flechazos. Quedo porcapitan de la jente Aluaro de Ordas, y biendose todos tantrauajados y sin capitan, dieron la buelta el rrio auajo, en tienpoque Geronimo Ortal, su gouernador, estaba en la isla de la Trenidadcasi de camino para ir en su seguimiento, y vinieronse a Cubagua.Sauido por Geronimo Ortal la perdicion de su gente, desesperado desalir con su ynpresa se paso a Tierra Firme, donde enprendio nueuascosas, como en el libro sesto se dira. | |
| Capitulo primero | [576] |
| Capitulo segundo | [585] |
| Capitulo tercero | [590] |
| Capitulo quarto | [595] |
| Capitulo quinto | [601] |
| Capitulo seis | [606] |
| Capitulo siete | [614] |
| Capitulo ocho | [620] |
| Capitulo nueue | [625] |
| Capitulo diez | [631] |
| LIBRO SEXTO | |
En el libro sexto contiene como pasado Jeronimo Ortal a tierrafirme, se dio a hacer esclauos, y entrados la tierra adentro, en elqual tienpo llego a la propia prouincia vn capitan Batista, enuiadopor Antonio Sedeño desde Puerto Rrico, el qual se entro a ynvernarla tierra adentro con la gente que traia. Hortal tenia poca gente;y ynuio vn capitan suyo llamado Nieto a hazer espaldas a otrossoldados que la tierra adentro andauan rrescatando zerca de dondeestaua alojado el capitan Batista, el qual enojado de que la gentede Geronimo Ortal se le azercase tanto, emvio ziertos soldadossuyos a que desconpusiesen y desarmasen al capitan Nieto:hizieronlo ansi. Afrentado de esto, Geronimo Ortal y los suyosfueron a Maracapana, donde a la sazon auia llegado el capitanRrodrigo de Uuega con mas gente, ynuiada por Sedeño. Dio hen ellosOrtal y los suyos; desarmaronles y quitaronles los cauallos ycuanto tenian, y luego fueron a dar sobre el capitan Bautista y lossuyos, a los cuales asi mesmo desbarataron. Con estas victorias sehizo de gente y armas Jeronimo Ortal, y se entro en la tierraadentro en demanda de Meta, donde sus propios soldados seamotinaron contra el y le desconpusieron y enviaron a la costa, ynonbraron dos capitanes que los rigiesen y gouernasen. Prosiguieronsu jornada; fueron a dar a las prouincias del Tocuyo yBarquisimeto, donde hallaron al capitan Martinez con la gente deFederman, por el qual fueron los dos capitanes depuestos de susmandos y enviados presos a Coro, y la gente se quedo con Fredeman.Hortal se fue a Santo Domingo, donde despues de haber traidociertos jueces sobre sus negocios a Tierra Firme, murio deenfermedad que le dio. | |
| Capitulo primero | [640] |
| Capitulo dos | [646] |
| Capitulo terzero | [651] |
| Capitulo quarto | [657] |
| Capitulo cinco | [663] |
| Capitulo seis | [671] |
| Capitulo siete | [675] |
| Capitulo ocho | [682] |
| Capitulo nono | [688] |
| Capitulo diez | [692] |
| LIBRO SÉPTIMO | |
En el libro septimo se dize la uenida de Antoño Sedeño aMaracapana, y como se procuraua entretener en todas las prouinciasde aquella costa, por ver si podia por alguna uia ynducir a sussoldados a que se fuesen a la isla de la Trenidad, en el qualtiempo Geronimo Ortal paso a Santo Domingo a quejarse de Sedeñoante la Audiencia, porque le vsurpaua su jurisdicion, a cuyopedimento fue proueido juez vn licenciado Frias, e yendo encumplimiento de su comision, fue desuaratado y preso por AntoñoSedeño y los suyos, despues de lo qual Antoño Sedeño se metio latierra adentro en demanda de Meta. Murio en el camino. Los soldadoselegieron por su capitan a Pedro de Rreinoso, el qual, yendomarchando, fue alcanzado de un Capitan que en su seguimiento yuapor mandado de otro juez que el Audiencia, sauiendo la prision delllicenciado Frias, auia ynuiado. Fueron conformados los dosCapitanes, y el que yba en seguimiento de Sedeño se uoluio a la marcon el juez Frias y otros algunos presos. Pedro de Rreinosoprosiguio su jornada, en el discurso de la qual conspiraron o seamotinaron ciertos de su canpo contra el, por lo qual y por otrasocasiones que se le ofrecieron, fue forcoso dar la vuelta, y fue aparar, diuidido su canpo, a las prouincias del Tocuyo yBaraquisimeto, donde hallo vn capitan Montaluo, que le quito lagente, y asi vuo fin los valances de Sedeño. Quentanse algunaspropiedades y naturalezas de los yndios por do anduuieron. | |
| Capitulo primero | [698] |
| Capitulo segundo | [703] |
| Capitulo tercero | [710] |
| Capitulo quarto | [717] |
| Capitulo quinto | [724] |
| Capitulo sesto | [731] |
| APÉNDICES | |
| [Apéndice I.]—Provisión de la Audiencia de la Española,dada por los Oidores Fuenmayor, Guazo, Infantey Vadillo, en 4 de Mayo de 1534 | [739] |
| [Apéndice II.]—Carta de Jerónimo de Ortal al Emperador,fechada en Cubagua á 24 de Diciembre de 1534 | [741] |
| [Apéndice III.]—Carta del Obispo Bastidas al Emperador,fecha en Santo Domingo á 20 de Enero de 1535 | [749] |
| [Apéndice IV.]—Carta de Fray Tomás, obispo de Cartagena,al Emperador; fecha: Cartagena, 7 de Mayo de1535 | [758] |
| [Apéndice V.]—Carta al Emperador de los oficiales deCoro Alonso Vázquez de Acuña, tesorero; Pedro deSan Martín, factor, y Antonio de Naveros, contador;fecha: Coro, 11 de Septiembre de 1535 | [762] |
| [Apéndice VI.]—Carta de los Oficiales Francisco de Castellanosy Francisco de Lerma á la Emperatriz; fecha:Nueva Cádiz, 5 de Mayo de 1536 | [765] |
| [Apéndice VII.]—Carta del Obispo de Coro, Don MiguelJerónimo Ballesteros, al Rey de España, dándole cuentade haber tomado posesión de su mitra, y de cómoencontró su Obispado, en 20 de Octubre de 1550 | [767] |