CAPÍTULO XX

Gobierno de la isla de Santo Domingo.—Relaciones de la Isla Española con la metrópoli.—Relaciones de las autoridades de la isla entre sí.—Los corsarios en la isla.—Los franceses en Santo Domingo.—El Código Negro.—Santo Domingo y la revolución francesa de 1789.—La anarquía en la colonia.—Guerra de exterminio entre blancos y negros.—Los ingleses en Santo Domingo.—Toussaint Louverture: su carácter y cualidades.—Bonaparte y Toussaint Louverture.—Lucha entre franceses y dominicanos.

Por Real Cédula expedida en 9 de agosto de 1508 fué nombrado Diego Colón gobernador de las colonias, llegando (10 julio 1509), a la ciudad de Santo Domingo en compañía de Doña María de Toledo, su mujer, de su hermano Fernando y de sus tíos Bartolomé y Diego.

No es cierto—como dice Harrisse—que, muerto Cristóbal Colón, el Rey no quisiese dar a Diego, hijo del dicho Cristóbal, posesión del almirantazgo. Fernando el Católico no se opuso a reconocerle como Almirante, ni se negó a nombrarle gobernador de las Indias por nombramiento real, ni ofreció resistencia a entregarle los derechos que como Almirante le correspondían; lo que no quería era reconocerle virrey y gobernador por derecho propio.

Muchos e importantes fueron los pleitos sostenidos por Diego Colón contra la Corona. El 5 de mayo de 1511 el Consejo Real declaró que, al Almirante y sus sucesores pertenecía, con el título de virrey, y por fuero de heredad para siempre jamás, la gobernación y administración de justicia, así de la Isla Española como de las otras islas que el Almirante, su padre, descubrió, y de aquellas islas que por industria del dicho su padre se descubrieron; que la administración de justicia civil y criminal se ejercería por el virrey o por sus tenientes y oficiales de justicia, en nombre del Rey; que el virrey se hallaba sujeto a juicio de residencia cuando los reyes lo dispusieran; que a éstos correspondía el repartimiento de los indios, y que el virrey debía de disfrutar el quinto de las granjerías concedidas para extraer oro de las minas, y el décimo de todo lo que en las islas se hallare, trocare, etc., exceptuando el de los diezmos eclesiásticos y el de las penas de cámara[339]. Hízose ejecutiva la citada declaración por Real Cédula dada en Sevilla el 17 de junio de 1512. Por la sentencia se muestra que el Consejo atendía más al Rey que a D. Diego, no siendo, por tanto, de extrañar, que el hijo del descubridor del Nuevo Mundo prosiguiese los pleitos con más insistencia.

Debemos fijarnos en otro asunto, cual fué el gobierno de Diego Colón en la Española. Desde el principio pocas fueron las simpatías que tuvo el nuevo gobernador entre los vecinos de la isla. Solicitaron que se crease una Audiencia compuesta de tres jueces de apelación, cuyo objeto lo dice el Rey en su consulta al Consejo de Indias, del 24 de septiembre de 1512. «Sabéis—dice—que á causa de injusticias hechas por las justicias del Almirante y el difícil remedio dellas en tanta distancia, embie los jueces de apelación»[340]. La Audiencia de Santo Domingo se había creado el 5 de octubre de 1511[341]. Sin embargo de las cartas del Rey al Almirante dándole consejos e instrucciones acerca de las cosas de gobierno, D. Diego no hacía caso alguno. Lo mismo se desentendía de la sentencia dada en Sevilla, que de los consejos y órdenes que le daba D. Fernando. Causa fué todo esto de que se formasen dos partidos en la isla: el del Rey y el del Almirante, siendo preciso confesar que el primero era mucho mayor que el segundo. Tantas y tan graves fueron las quejas, que la Corona dispuso que se le tomase juicio de residencia, y ordenó que regresara a Castilla. Llegó a Cádiz D. Diego el 9 de abril de 1515, y esta fué la primera vez que vino a Castilla desde su ida a la Española en 1509[342]. A tal punto llegó la impopularidad de D. Diego en la citada isla, que los vecinos enviaron a España un comisionado con el siguiente memorial, que a nombre de todos dirigió Juan Carrillo Mejía a la reina Juana: «Digo que dicha isla—tales fueron sus palabras—está llena de pasiones a causa del Almirante y sus justicias, que es perdida si no se remedia. El Almirante es señor absoluto, y atemoriza a cuantos se le oponen y sostienen la jurisdicción real. No cumple los mandamientos de V. A., y si alguno lo requiere lo maltrata. Quando la isla me despachó con estas súplicas, no había sino un navío para Castilla. La isla está llena de más escándalo que cuando se alzó en tiempo de su padre, y si el Almirante allá volviere, no dejaría de haber mucho daño en matar y ahorcar hombres, como hizo su padre, pues hai ahora más disposicion. Mande V. A. ver la residencia y que el fiscal se entere de mi negociacion y sentirá muchas cosas encubiertas del Almirante y la necesidad de no enagenar de la Corona la gobernacion perpetua que no puede enagenarse, lo cual se verá si se litiga en el Consejo, como lo pido. Acuerdese V. A. que ya el Rey Católico embió a su padre a Bobadilla, luego dió la gobernacion a Ovando e el Rey D. Felipe tuvo proveído a D. Hernando de Velasco porque no convenía tener el Almirante en aquellas partes ni averlo embiado»[343]. En 28 de enero de 1516 decía el obispo de Avila: «Guardese mucho de tomar el perverso consejo que dan muchos que converna el Almirante por gobernador solo, sin que haya otros jueces superiores. Antes es toda necesidad que haya quien ponga límite a las cosas del Almirante, no le deje encender sus furias o alas, no venga algun daño irremediable quod Deus avertat» (alude a que pudiera declararse independiente). Con fecha 16 de febrero de 1516, repetía las siguientes palabras el tesorero Pasamonte a S. A. «De ninguna manera conviene que vuelva el Almirante.»

Deseaba por momentos D. Diego la resolución del litigio, pudiendo conseguir que en 14 de enero de 1517 dispusiera Carlos I, desde Malinas, que fuese visto sin dilación; pero el 18 de abril del mismo año ordenaba desde Bruselas quedara en suspenso la tramitación hasta su llegada a España, «porque había sido informado que muchos de los dichos pleitos son con nuestra Corona real e sobre cosas tocantes a nuestra preheminencia e señorío e son de calidad que para se sentenciar se deben consultar con nuestra Corona real»[344].

Viéronse en la Coruña los pleitos, dictándose Real Provisión el 17 de mayo de 1520. En la de la Coruña se confirma la de Sevilla, limitando el virreinato a las islas descubiertas por el almirante D. Cristóbal, cercenando las facultades que hasta la sazón habían tenido los Colones, lo mismo para cubrir todos los cargos como lo concerniente a la administración de justicia en lo civil y criminal, y muy especialmente confirmando a la Corona la facultad de nombrar, cuando lo estimara oportuno, jueces especiales para investigar los actos de los virreyes y proceder—si necesario fuera—contra ellos.

Rudo fué el golpe que recibió D. Diego con la citada Real Provisión, hasta el punto que formuló ante notario enérgica protesta en Sevilla el 28 de agosto del mismo año de 1520. Un mes ó dos después se embarcó para la Española, donde, haciendo caso omiso de la sentencia de la Coruña, continuó usando de las facultades que él se atribuía, promoviendo continuos conflictos con la Audiencia y los oficiales reales, dando lugar a que el Emperador le suspendiera en 22 de marzo de 1523 en el ejercicio del gobierno y le mandara regresar a España[345]. D. Diego se embarcó para España inmediatamente que recibió la orden, llegando a Cádiz el 5 de noviembre de dicho año[346] y formulando en seguida un memorial de protesta por haberle suspendido en el ejercicio de los cargos que de derecho—según decía—le correspondían, y pidiendo que se le levantara la suspensión y se le desagraviase.

Por muerte del Almirante en Montalbán, yendo para Toledo el 23 de febrero de 1526[347], su mujer D.ª María de Toledo, como tutora de su hijo D. Luis, continuó los litigios, consiguiendo en 1527, según sentencia dada en Valladolid el 25 de junio, que se anulasen las de Sevilla y Coruña[348]. Tras largos trámites, se dieron las sentencias de 27 de agosto de 1534 en Dueñas, y de 18 de Agosto del año siguiente en Madrid[349]; por ellas, si bien se daba mayor extensión al virreinato, se limitaban mucho las facultades de los gobernadores, afirmándose más y más el poder real. Apelaron de estas sentencias lo mismo la representación de D. Luis Colón que el fiscal. Cuando D.ª María de Toledo se hallaba más decidida a continuar los pleitos, el fiscal Villalobos, en escrito fechado en Madrid a 9 de agosto de 1535, manifestó que las islas e indias del mar Oceano no se descubrieron por la industria de Cristóbal Colón, sino por otros que tenían el crédito y medios de que él carecía, los cuales siguieron la navegación en los momentos que el dicho Colón iba sin tino y se quería volver.

Convencida D.ª María que comenzaba nuevo y enojoso período en los pleitos, cuyo fin y resultado no se veía próximo, acordó, como también el fiscal, someter el litigio a la resolución arbitral de Fray García de Loaisa, obispo de Sigüenza y Cardenal de Santa Susana. Pidió la virreina lo que creía justo. El prelado dictó la sentencia arbitral el 7 de junio de 1536 y la diferencia más importante entre aquella y lo pedido era que no se accedió a que los Colones continuasen gobernando la Española. De modo que las capitulaciones firmadas el 17 de abril de 1492 entre Cristóbal Colón y los Reyes Católicos vinieron á quedar reducidas por la sentencia que acabamos de citar al almirantazgo, la propiedad de la isla Jamaica, 25 leguas en Veragua, unos cuantos oficios y algunas tierras en la Española; además una renta anual para D.ª María de Toledo y sus hijos.

Si adquirió gran importancia la colonia española de Santo Domingo en los primeros tiempos de la conquista, decayó aquélla cuando los españoles descubrieron otros países más ricos o más abundantes en minas. Todas las miradas se dirigieron a México y al Perú, en cuyas tierras se hallaba el vellocino de oro. Acerca de las relaciones de la Isla Española con la de Puerto Rico, habremos de recordar que desde Madrid (11 enero 1598) dijo el Rey al presidente y oidores de la Audiencia que «no se entremetan en las cosas de la guerra tocantes al gobierno de la isla de Puerto Rico, salvo cuando fuese algún pleito o pleitos en grado de apelación...»[350]. Entre las autoridades de la isla hubo de cuando en cuando rozamientos y disgustos. El Rey, desde Valladolid (2 de abril de 1604), se dirigió a fray Agustín de Avila, arzobispo de Santo Domingo de la Isla Española, censurándole su conducta con la Audiencia[351]. Por lo que a sus relaciones exteriores respecta, varias veces—en los siglos xvi y xvii—sufrió diferentes ataques de los corsarios. Con harta frecuencia excursiones de filibusteros ingleses, franceses y holandeses cayeron sobre ella como sobre otras colonias, obligando al gobierno de la metrópoli a enviar poderosas escuadras para combatirlas. Drake en el año de 1586 se apoderó de Santo Domingo, no abandonando la ciudad hasta que recibió crecido rescate. Nuevas expediciones de piratas ingleses y franceses devastaron sus costas (1625); estos últimos llegaron a tomar la parte de occidente y se apoderaron de la isla de la Tortuga, de donde fueron arrojados por D. Juan Francisco de Montemayor en el año de 1654. Después de varias tentativas de los franceses para penetrar en la isla, el marino Bertrán d'Ogerón logró establecerse en Santo Domingo (1664), región oeste de la isla, no siendo reconocida la dominación francesa hasta la paz de Riswick, firmada por Luis XIV por un lado, y por España, Inglaterra y Holanda por otro (20 septiembre 1697). Desde entonces quedó dividida en dos partes desiguales, ocupando los franceses una tercera parte en el Occidente. Sería injusticia no reconocer que la industria hizo grandes progresos desde que los franceses penetraron en la colonia. Los españoles, por su parte, procuraron seguir las huellas de los franceses. Aunque se acostumbra a decir que la esclavitud no era más suave y blanda en las colonias francesas e inglesas que en las españolas, y aunque un escritor de comienzos del siglo pasado añade que «si los ingleses dan mejor de comer a sus negros, los franceses les dan mejores vestidos»[352], siempre será una página de gloria en la historia de Luis XIV la publicación en favor de los negros de un edicto conocido con el nombre de Código Negro.

Desde Madrid y con fecha 14 de junio de 1713, Felipe V hubo de manifestar al presidente y oidores de la Audiencia de Santo Domingo, que sabía, por conducto del cabildo secular de Santiago de los Caballeros, que los franceses desde su colonia de la isla se extendían o penetraban en la parte española. Se quejaba del silencio de dicho presidente y añadía que había acudido en queja al rey de Francia[353]. Como los franceses poco a poco se fuesen internando más en la isla, se acordó trazar nueva línea divisoria, la cual hubo de realizarse el año 1776 por el gobernador de la parte española D. José Solano y bajo el reinado de Carlos III.

Cambios radicales sufrieron las posesiones francesas, y, por consiguiente, la isla de Santo Domingo, con la gloriosa revolución de 1789. Pidióse a voz en grito la supresión de los abusos más graves. Mr. de Chilleau, gobernador entonces de Santo Domingo y hombre bondadoso por carácter é inclinaciones, intentó resistir las tendencias revolucionarias, más violentas que ordenadas, de los populares, teniendo al fin que ceder. Los colonos, tras largas deliberaciones, eligieron 18 diputados que les representasen en la Asamblea nacional; pero sólo seis obtuvieron el derecho de desempeñar cargo tan elevado.

Recordaremos que antes de esta época se habían suscitado en Francia y en Inglaterra vivas discusiones sobre la condición de los esclavos. Una sociedad se formó en Londres con el único objeto de exigir al gobierno la prohibición de importar negros en los dominios de la Gran Bretaña. Del mismo modo otra sociedad se constituyó en París con el título de Amigos de los Negros. Entretanto, la Asamblea nacional en su declaración de los Derechos del hombre (20 agosto 1789) había consignado el siguiente principio: «Todos los hombres nacen y mueren libres e iguales en derechos.» Como era natural, los hombres de color y los esclavos pensaron que era llegado el momento de su redención, mientras que los propietarios se prepararon a defender sus intereses. Los mulatos, no respetando los acuerdos de las asambleas establecidas en las tres provincias, una de ellas en la ciudad de Cabo Francés, se lanzaron a la insurrección, en tanto que los colonos, fuertes por sus riquezas, lograron el triunfo sobre los revoltosos. Por cierto, que las asambleas provinciales mostraron debilidad suma después de la victoria, decretando inmediatamente la libertad de los jefes del motín que se hallaban en las cárceles de Jacmel y de Artibonito. La Asamblea nacional, sin saber el camino que debía seguir, temiendo que los colonos proclamasen la independencia de Santo Domingo y no confiando en la prudencia y sensatez de la gente de color, decretó que las colonias no se regirían por la constitución que ella había promulgado para la metrópoli, disponiendo también que no se hiciera innovación alguna ni directa ni indirectamente en el sistema bajo el cual se habían gobernado hasta entonces dichas colonias, y, por último, autorizaba a los habitantes a exponer libremente sus sentimientos, ya en lo referente a un plan de legislación interior, ya en asuntos comerciales. Aunque la citada ley causó hondo disgusto a los negros y á sus protectores de Francia, reconocemos de buen grado que la Asamblea sólo se preocupaba de la conservación de la colonia.

Para tratar de administración interior se reunió una asamblea colonial el 16 de abril de 1790 en la ciudad de San Marcos. Grande fué el número de representantes, no distinguiéndose por el acierto ni a veces por la prudencia. Es verdad que el gobernador Mr. Peynier daba ejemplo de su carencia absoluta de condiciones para obrar en circunstancias tan difíciles. En cambio, el coronel Manduit era hombre de claro entendimiento y tan conocedor de la política general como de la particular de la colonia. El 28 de marzo terminó sus trabajos. Comenzaba la Constitución con un largo y difuso preámbulo, siguiendo el articulado en la forma siguiente:

«Art. I. El poder legislativo en lo que concierne al régimen interior de Santo Domingo, reside en la asamblea de sus representantes, establecidos en la asamblea general de la parte francesa de dicha Isla.

II. Ningún acto del cuerpo legislativo en lo perteneciente al gobierno interior, podrá ser tenido por ley definitiva, siempre que no sea ejercido por los representantes de la parte francesa de Santo Domingo, libre y legalmente elegidos.

III. Todo acto legislativo hecho por la asamblea general en el caso de necesidad urgente, en cuanto al régimen interior, será considerado como ley provisional; y en este caso se notificará el decreto al gobernador, quien en el término de diez días siguientes a la notificación lo hará promulgar y cuidará de su ejecución.

IV. Esta urgencia se decidirá por un decreto separado, que no podrá ser dado sino a mayoría de dos terceras partes de votos.

V. Si el gobernador general remitiese a la asamblea algunas observaciones sobre si conviene o no publicar algún decreto, se procederá a examinarlas; y tanto el decreto como las observaciones serán entregadas a la discusión en tres sesiones distintas. Los votos se darán por si o no; y el proceso verbal de la deliberación será firmado por todos los miembros presentes, señalando el número de votos así en favor de una opinión como de otra.

VI. Debiendo ser la ley el resultado del consentimiento de aquellos a quienes se impone, la parte francesa de Santo Domingo propondrá sus planes en cuanto á las relaciones comerciales y otras comunes, y los decretos que sobre esta materia diese la asamblea nacional, no serán ejecutados en la colonia, hasta que haya prestado su consentimiento la Asamblea general de sus representantes.

VII. No serán comprendidos en la clase de relaciones comunes de Santo Domingo con la Francia, los objetos de subsistencia que la necesidad obligare a introducir; y en cuanto a los decretos que se expidan sobre este asunto, se observarán todas las formalidades prescritas en los artículos 3.º y 5.º

VIII. Todo acto legislativo dispuesto por la asamblea general y ejecutado provisionalmente en el caso de necesidad urgente, será remitido a la sanción del gobierno francés.

IX. Cada legislatura de la asamblea se hará de dos en dos años, y la reelección de los miembros de cada legislatura será por todos votos.

X. La asamblea general decreta que los artículos anteriores como que hacen parte de la constitución de la parte francesa de Santo Domingo, serán remitidos sin detención a Francia para presentarlos a la aceptación de la asamblea nacional: serán además enviados a todas las parroquias o distritos de la parte francesa de Santo Domingo.»

No creemos que la Asamblea de San Marcos pensara erigir la colonia en estado independiente, aunque muchos le atribuyeron esta intención. Llegóse a decir que la colonia estaba vendida a los ingleses, y que los miembros de la Asamblea habían recibido y partido entre sí cuarenta millones como premio de la constitución que se les había dictado. Aumentaba la alarma de día en día. Muchos se dirigieron al gobernador pidiéndole la disolución de la Asamblea. Sucedió por entonces que el navío de línea Leopardo, y cuyo comandante era Mr. de la Galissoniere, había fondeado en la rada de Puerto Príncipe. Galissoniere quiso obsequiar con un banquete a Peynier y Manduit, invitando también a otros amigos de dichos jefes; pero los marineros se pusieron enfrente de su comandante, el cual tuvo que abandonar el barco. La Asamblea manifestó por escrito su agradecimiento a la tripulación, no sin añadir que el navío permaneciese en la rada hasta recibir órdenes ulteriores. Hasta tal punto quisieron los marineros mostrar su obediencia a la Asamblea, que fijaron el decreto en el palo mayor del buque. Con tales sucesos, coincidió el hecho de que los partidarios de la Asamblea se apoderasen de un almacén de pólvora en Leogano. Convencido el gobernador Peynier de que la Asamblea marchaba resueltamente a la independencia de la colonia, decretó la disolución de aquel cuerpo, acusando a sus miembros del delito de traición. Poniendo manos a la obra, ordenó al coronel Manduit que, al frente de cien soldados se dirigiera al pueblo de San Marcos y disolviese la Asamblea. En efecto, Manduit llegó a San Marcos y no pudo realizar sus designios porque los diputados estaban defendidos por 400 guardias nacionales. Llegaron a las manos, habiendo por parte de la Asamblea dos hombres muertos, y en ambos bandos muchos con graves y leves heridas. Logró Manduit apoderarse de la bandera nacional, si bien tuvo que retirarse sin haber conseguido la disolución de aquel alto tribunal.

Mientras disponía la Asamblea que el pueblo tomase las armas y viniera al socorro de sus representantes, y el navío Leopardo para dar aliento a los patriotas, anclaba delante de San Marcos, el partido del gobernador se reforzaba con tropas procedentes de la provincia del Oeste y con el auxilio que le enviaba la Asamblea provincial del Norte. Cuando se creía que la cuestión se iba a resolver en los campos de batalla, desbandáronse los diputados, y sólo 85 de ellos tomaron la determinación de embarcarse a bordo del Leopardo para Francia (8 agosto 1790). Semejante resolución se miraba por todos como noble sacrificio, digno de eterna admiración. Peynier y Manduit, no confiando en la fidelidad de los soldados franceses, se atrevieron a solicitar del gobernador de la Habana un refuerzo de tropas españolas.

Y pasamos a referir la vida y hechos del joven Santiago Ogés. Era Ogés natural de Santo Domingo e hijo de una mulata, propietaria de un plantío de café en la provincia del Norte, a diez leguas de Cabo Francés. Su posición desahogada le permitió mandar a su hijo a París para que recibiese instrucción superior a los de su clase y condiciones. Formó parte de la sociedad filantrópica de Amigos de los Negros, la cual reconocía como jefes al abate Gregoire, Lafayette, Brissot y Robespierre. Allí estudió los derechos del hombre y se empapó en la doctrina popular cuyos principios eran libertad, igualdad y fraternidad, al mismo tiempo que recordaba la miserable condición a que estaba sujeta la raza de color en América. Lleno de ilusiones, y más ambicioso que prudente, se embarcó para los Estados Unidos (julio de 1790), a donde llegó el 12 de octubre. Inmediatamente se dirigió al sitio donde un hermano suyo había reunido algunas armas y municiones. Los dos hermanos procuraron lanzar a la revolución a los mulatos, ganando a unos con promesas y a otros con dádivas. Apenas pudieron reunir 200 hombres y, con fuerzas tan escasas, se creyó el antiguo revolucionario de París que podía exigir al gobernador el cumplimiento de los artículos del Código Negro, y la igualdad de derechos de todos los habitantes dominicanos, amenazando, en caso contrario, con las armas. Situóse en el distrito llamado Río Grande, a cinco leguas de Cabo Francés, y habiendo nombrado por sus tenientes a dos hermanos suyos y a un tal Marcos Chevannes, se dispuso a la lucha, no sin cometer antes algunos excesos y crueldades que le enagenaron las simpatías, no solamente de los blancos, sino la de algunos mulatos. Atacados los insurgentes por un cuerpo de tropas regulares y el regimiento de Cabo, apenas hicieron formal resistencia, quedando en el campo considerable número de mulatos muertos, unos sesenta prisioneros, salvándose el resto en los bosques. Ogés, uno de sus hermanos, y Chevannes, se refugiaron en territorio español. Sin embargo de la tentativa desgraciada de Ogés, los mulatos tomaron las armas en todos los distritos, agrupándose en el cuartel de la Artibonita, en Petit-Goave, en Jeremías y en los Cayes, siendo el núcleo principal el que se reunió cerca de la villa de Verette. A su vez los blancos reconcentraron sus fuerzas en los contornos de la citada villa, viniendo también a su socorro el coronel Manduit, con 200 soldados del regimiento de Puerto Príncipe. No llegaron a las manos por la intervención amistosa de Mr. Manduit, quien gozaba de mucho prestigio entre los mismos mulatos.

Mr. Branchelande fué nombrado gobernador (noviembre de 1790), por renuncia de Mr. Peynier, el cual partió para Francia. Branchelande inauguró su mando pidiendo al gobernador español entregase la persona de Ogés y sus cómplices. Accedió con cierta debilidad la autoridad de España (últimos días de diciembre) y Ogés con sus compañeros fueron encerrados en la prisión de Cabo Francés. Formóse la correspondiente causa, pronunciándose sentencia (comienzos de marzo de 1791). El castigo no pudo ser más cruel y bárbaro. A Ogés y a Chevannes se les romperían los brazos y piernas, muriendo luego en la rueda; a un hermano de Ogés y a otros 19 se les condenó a horca.

El 13 de septiembre de 1790 los miembros de la Asamblea colonial desembarcaron en Brest, dirigiéndose en seguida a París. Antes habían llegado a la capital de Francia algunos diputados de la Asamblea provincial del Norte, quienes, unidos con los agentes de Peynier y Manduit, se atrajeron el ánimo de Mr. Barnave, presidente de las colonias. La causa, pues, de los miembros de la Asamblea colonial estaba juzgada de antemano, o lo que es lo mismo, estaba perdida para ellos. En el informe que presentó Barnave a la Asamblea nacional (11 de octubre), se censuraba en los términos más agrios la conducta de la Asamblea colonial desde su instalación en San Marcos, pidiendo, por último, la anulación de todos los decretos que salieron de ella y disolviéndola, no sin aprobar los hechos realizados por la Asamblea provincial del Norte, por el coronel Manduit y por el regimiento de Puerto Príncipe. Golpe tan rudo causó gran sorpresa en los habitantes de Santo Domingo, hasta el punto que los partidarios de los diputados declararon que no respetaban el acuerdo de la Asamblea nacional. A tal extremo llegaron las pasiones que hasta las mismas tropas que manifestaban amor y obediencia a Manduit, viéndose odiadas de la colonia, se convirtieron, en sediciosas y crueles, pues se atrevieron a asesinar a su citado coronel.

Hemos de recordar a este propósito que el coronel Manduit, en la acción del 29 de julio (1790), después de apoderarse de una bandera nacional, la llevó en triunfo; hecho que nunca le perdonaron las guardias nacionales, quienes se disponían a vengarse en la primera ocasión. De la enemiga de las guardias se hicieron solidarios los soldados del mismo regimiento de Manduit. Comprendiéndolo así el coronel, reunió a los suyos, les arengó enérgicamente y les dijo que por amor a la paz iba a devolver la bandera a las guardias. En medio de inmenso gentío cumplió lo que había ofrecido. Como si tanta humillación no fuera bastante, un soldado gritó lo siguiente: es preciso que él pida de rodillas perdón a las guardias nacionales. Todo el regimiento aplaudió la proposición. Entonces Manduit se dirigió contra los rebeldes, les echó en cara su mal proceder y presentó su pecho desnudo a la punta de las bayonetas. Aquellos miserables cayeron sobre el coronel, cuyo cuerpo atravesaron una y cien veces. Ni uno sólo se levantó a defenderle. Después arrastraron el cadáver, mostrando los soldados franceses que eran más crueles que los salvajes de América. Como era de justicia, castigóse la rebelión, siendo los soldados desarmados y llevados prisioneros a Francia.

Reinaba la anarquía en la colonia. Si en París clamaban en favor de los mulatos los revolucionarios Barnave, Brissot, Robespierre y Condorcet, en Santo Domingo numerosas turbas iban de una parte a otra cometiendo toda clase de crímenes. No respetaban ni el sexo, ni la edad, ni la clase de personas. Mataban, incendiaban y entraban a saco en las poblaciones. Las hermosas llanuras de la colonia se convirtieron en campo de desolación. Los mulatos dejaron de ser hombres para convertirse en fieras. Abusaban brutalmente de las mujeres a presencia de sus padres o de sus maridos.

El gobernador Blanchelande tuvo que cruzarse de brazos. De nada sirvió el decreto de la Asamblea nacional (15 mayo 1791), por el cual declaraba que todos los negros o mulatos residentes en las colonias tenían los mismos derechos que los ciudadanos franceses, pudiendo, por lo tanto, votar en las elecciones, y aun tener asiento en la Asamblea colonial. En tanto que los blancos estaban decididos a no respetar la mencionada declaración, los negros y mulatos se disponían a los mayores crímenes. Presintiendo el abate Gregoire lo que se preparaba por unos y por otros, publicó—con fecha 8 de junio de 1791—su famosa carta circular a las gentes de color de la Isla de Santo Domingo[354].

Comenzaba del siguiente modo: «Amigos: vosotros érais hombres, ya sois ciudadanos y reintegrados en la plenitud de vuestros derechos; vosotros participaréis en adelante de la soberanía del pueblo. El decreto que la Asamblea nacional acaba de dar acerca de vosotros sobre este objeto, no es una gracia, es una justicia.» Más adelante añade: «Ciudadanos: elevad vuestras frentes humilladas; a la dignidad de hombres procurad reunir el valor, la fiereza de un pueblo libre. El 15 de mayo, día en que vosotros habéis reconquistado vuestros derechos, debe ser por siempre memorable para vosotros y para vuestros hijos: esta época despertará periódicamente una vez en el año los sentimientos de la gratitud hacia el Ser Supremo, y entonces podrán vuestros acentos herir la bóveda de los cielos, a los cuales levantaréis vuestras manos reconocidas.» Termina del siguiente modo: «Sepultad—dice a los mulatos—en un profundo olvido todos los resentimientos del odio; gustad los placeres deliciosos de hacer el bien a vuestros opresores, y suprimid hasta los ímpetus demasiado conocidos de una alegría que recordando sus yerros, aguzará contra ellos la punta del arrepentimiento. Religiosamente sumisos a las leyes, inspirad el amor de ellas a vuestros hijos; y que una educación cuidadosa desenvuelva sus facultades morales prepare a la generación que os sucederá ciudadanos virtuosos, hombres públicos y defensores de la patria. ¡Cómo se moverán sus corazones cuando conduciéndolos sobre vuestras riberas, dirigiréis sus miradas hacia Francia, diciéndoles: por aquellos parajes de allí está la patria vuestra madre; de allí es de donde nos ha venido la libertad, la justicia y la felicidad; allí están nuestros conciudadanos, nuestros hermanos y nuestros amigos; nosotros les hemos jurado eterna amistad. Herederos de nuestros sentimientos y afecciones, procurad que vuestros corazones y vuestros labios repitan nuestros juramentos! ¡Vivid, pues, para amarlos, y si aun fuese necesario, morir por defenderlos!»

Ni los colonos, ni las gentes de color hicieron caso de los prudentes consejos del abate Gregoire y comenzó guerra de exterminio, sin cuartel. Los colonos, los fabricantes, preveían la próxima ruina de sus negociaciones, la pérdida de sus capitales; la gente de color tomó otra vez las armas con nuevo furor, renovando las matanzas sin perdonar mujeres, ancianos ni niños. Parecía que todos estaban atacados de la más furiosa locura. Bastará decir que la noche del 22 de agosto mataron a todos los blancos que pudieron encontrar en los alrededores de Cabo Francés, desquitándose poco tiempo después el oficial francés Touzard, quien al frente de las milicias y de las tropas de la ciudad, marchó contra un cuerpo de cuatro mil negros, causándoles grandes pérdidas, si bien tuvo que retirarse ante el número cada vez mayor de los rebeldes. Es de advertir que si los mulatos nunca habían sido amigos sinceros de los negros, en esta ocasión unos y otros depusieron sus antiguos odios para unirse en amistad íntima contra los blancos. La ciudad de Puerto San Luis fué tomada y saqueada; la de Puerto Príncipe sufrió horroroso saqueo. En la historia de ningún pueblo se registran hechos tan execrables.

Terminaron sucesos tan tristes en los últimos días del año 1791. La Asamblea nacional, deseando llevar la tranquilidad a los espíritus y dar paz a la colonia, encomendó tan ardua misión a los tres delegados siguientes: Mirbeck, Romme y Saint-Leger. Desde que llegaron a la ciudad de Cabo Francés, todas las miradas se fijaron en ellos, aunque debemos confesar que sólo Romme era hombre de buenas costumbres, pues Mirbeck y Saint-Leger eran disolutos y codiciosos. Los comisarios hicieron publicar la nueva constitución francesa y revocaron el decreto de 15 de mayo. Blancos, mulatos y negros se pusieron luego enfrente de los comisarios, quienes hubieron de regresar a Europa.

No se adelantaba un paso para constituir tranquilamente la colonia. Organizóse una expedición de ocho mil hombres, que por el pronto algo contuvo la rebeldía de los bandos insurgentes. Con fecha 4 de abril de 1792 se declaró que los mulatos y los negros debían gozar inmediatamente de todos los derechos políticos. Para la ejecución del citado decreto de la Asamblea nacional se nombraron a los jacobinos Ailhaud, Santhonax y Polverel. Llegaron a Santo Domingo a mediados de septiembre. El gobernador Mr. Blanchelande fué llamado a Francia, siendo nombrado en su lugar Mr. Desparves. Inmediatamente que desembarcaron (13 septiembre 1792) los citados comisionados, comenzaron a entenderse con los hombres de color. Mientras que en París el tribunal revolucionario condenaba a muerte al antiguo gobernador Blanchelande, los comisarios suprimieron la Asamblea nacional, crearon en su lugar una comisión compuesta de doce miembros, seis blancos y seis de color, colocándose, por último, decididamente al lado de los mulatos y negros. Los colonos que se atrevieron a oponerse a los planes de los comisarios, tuvieron a la fuerza que rendirse (12 abril 1793) y fueron mandados a Francia como rebeldes.

En lucha el gobernador Desparves y los comisarios, aquél fué depuesto, sucediéndole Mr. Galbaud, que llegó a Cabo Francés el 7 de mayo. Tampoco pudieron entenderse Mr. Galbaud y los comisarios; pero el gobernador, hombre de carácter y enérgico, les intimó la orden de regresar a Europa. A su vez, los comisarios mandaron al gobernador que se embarcara para Francia y nombraron para sustituirle a Mr. Delasalle, que tenía el mando de Puerto-Príncipe.

Un hermano del gobernador depuesto, joven valeroso, se puso al frente de sus parciales, resuelto a vencer a los tres representantes del gobierno republicano o a morir en la demanda. También los colonos, en su odio a los comisarios, intentaron—según de público se dijo—el restablecimiento de la Monarquía, o mejor dicho, oponerse a los planes del gobierno de Francia. En efecto, el 20 de junio unos mil doscientos hombres penetraron en la ciudad de Cabo Francés y acometieron la casa del gobierno, residencia de los comisarios, siendo rechazados no sin sangriento combate. Los comisarios, deseando vengarse de sus enemigos, se echaron en brazos de los mulatos y negros. Las gentes de color, bajo las órdenes de un tal Macaya, penetraron el 21 del citado mes en la ciudad de Cabo y degollaron a todos los blancos que cayeron en sus manos, lo mismo a hombres que a mujeres, a viejos que a niños. Después incendiaron la población, reduciendo a cenizas gran parte. En otras provincias se realizaron horrores semejantes.

Ante tales hechos, más de diez mil personas buscaron refugio en los Estados Unidos, en Jamaica y en Inglaterra. Estos últimos, con la esperanza de recuperar sus propiedades, pidieron buques y tropas al gobierno inglés para conquistar a Santo Domingo, ofreciendo que todos los blancos correrían a ponerse bajo el pabellón británico. La proposición fué del agrado de los ingleses, y de ello dieron pruebas, ordenando al general Williamson, gobernador de la isla de Jamaica, que se apoderara de Santo Domingo. Contestaron los comisarios franceses a la orden del gobierno inglés proclamando la abolición de la esclavitud é invitando a todos los negros a reunirse bajo sus banderas. Si no se reunieron a los comisarios—y en ello obraron con cordura—se retiraron a los bosques, donde formaron numeroso ejército. Poniendo manos a la obra, el general Williamson se dispuso—seguramente engañado por las promesas exageradas de los colonos—a someter la isla de Santo Domingo. La primera división, compuesta de 677 soldados a las órdenes del teniente coronel Whiteloke (el mismo que en el año 1807 dirigió una expedición contra Buenos Aires), partió de Puerto Real en la Jamaica y desembarcó en el puerto de Jeremías (septiembre de 1793), de cuya ciudad se hizo dueño. La escuadra, mandada por el comodoro Ford, zarpó para el puerto de San Nicolás, del cual se apoderó. Continuó mandando refuerzos el general Williamson, llegando en una de estas expediciones el brigadier general Whyte, a quien sucedió luego el brigadier general Horneck.

Los comisarios de la República volvieron a Francia, confiados en que la gente de color, por el interés de defender su libertad, sostendrían la guerra contra los invasores.

Cuando la isla era presa de la guerra, del hambre, de la peste y de toda clase de calamidades; cuando se sucedían sangrientos combates, crueles asesinatos y horrorosos incendios; cuando se odiaban a muerte blancos y mulatos, colonos y negros, ingleses y franceses; cuando 1.200 familias, nacidas en la opulencia, se hallaban en la miseria y reducidas a vivir de la caridad pública; cuando más de diez mil rebeldes habían muerto a manos del verdugo, en el potro o en la rueda, apareció un hombre dotado de poderosa inteligencia y de valor extraordinario, digno por todos conceptos de fama universal. Llamábase Toussaint Louverture. Esclavo poco antes de uno de los colonos, las tropas de la isla proclamaron jefe al más ilustre representante de la raza negra. Al frente de los hombres de color y ayudado de los franceses, Toussaint Louverture peleó contra los ingleses aliados de los colonos. No esperaban las tropas británicas enemigo tan formidable. Los hombres de color eran dignos de medir sus armas con las mejores tropas inglesas, hasta el punto que en tres años de guerra no lograron ventaja alguna los soldados de la metrópoli.

Toussaint Louverture.

Verificóse en el año de 1795 un acontecimiento de capital interés. En el tratado de Basilea (22 de julio del citado año) celebrado por Carlos IV y la República francesa, siendo plenipotenciario del primero D. Domingo de Iriarte y de la segunda Mr. Francisco Barthelemy, en cambio de la restitución por parte de Francia de todas las conquistas que había hecho en territorio español, su Majestad católica «por sí y sus sucesores, cede y abandona en toda propiedad á la República francesa toda la parte española de la isla de Santo Domingo en las Antillas»[355].

El gobierno francés, que había dispensado a Toussaint Louverture algunos auxilios, acabó por confiarle el mando en jefe de todas las fuerzas de la isla, con el título de general de la República. Merecía el jefe negro distinción tan señalada. Si los dos partidos fueron alternativamente vencidos y vencedores, la fortuna se puso al fin al lado de mulatos y negros, los cuales, además de la superioridad numérica, tenían, entre otras ventajas, las que les daba el clima y el completo conocimiento del país. Por lo que respecta a la disciplina militar, la gente de color adquirió muy pronto el conocimiento de la táctica europea. El resultado definitivo de lucha tan larga y sangrienta fué que en 1798 las tropas británicas no tuvieron más remedio que abandonar la isla, llevándose consigo a los colonos franceses que habían querido seguir la suerte de los ingleses. Celebróse el tratado el 9 de mayo de 1798, siendo firmado por Toussaint Louverture, jefe del ejército republicano, y por Maitland, brigadier general de los ejércitos de la Gran Bretaña. Adquirió Toussaint Louverture desde entonces poder ilimitado en la isla de Santo Domingo. Sus acertadas disposiciones dieron paz y orden a la isla. Restituyó sus propiedades a muchos de los antiguos colonos, protegió la agricultura y dió sabias medidas en favor de la industria y del comercio. Recorrió el territorio sometido a su dominación, cortando todos los abusos. Construyó edificios públicos y puso orden en la administración. Abrió las iglesias y restableció el culto católico como la religión del Estado. No hizo distinción alguna entre blancos, mulatos y negros; declaró terminantemente que la esclavitud no sería restablecida. Tuvo mucho cuidado en tener un ejército organizado de unos sesenta mil hombres.

No dejó de inspirar recelos en las colonias españolas la conducta del gobernador de Santo Domingo, según puede verse por la exposición de Guevara, dirigida desde Caracas el 13 de julio de 1801[356]. Toussaint, dueño de Santo Domingo a últimos del año 1801, era recibido en todos los pueblos de la isla en medio de aclamaciones entusiásticas. Los españoles residentes en la isla no tuvieron motivo alguno de queja, pues en todo manifestó tanta justicia como prudencia el ilustre gobernante que con tanta rapidez había logrado elevarse a la cumbre del poder.

Pero el que había gobernado la isla hasta el citado año de 1801 como representante del gobierno francés, deseaba ser algo más. Era natural que pensara en la independencia de su país y con profundo talento a ello dirigió sus miras. Convocó una Asamblea, a la cual presentó un proyecto de constitución, que fué sancionado y promulgado el l.º de julio de 1801[357]. Declarábase en la constitución que la isla de Santo Domingo formaba parte de la República francesa, si bien estaría sometida a leyes especiales, confiándose su administración a un gobernador vitalicio con la facultad de designar su sucesor. Nombrado gobernador de la isla, reconoció inmediatamente la soberanía de Francia, solicitando que la metrópoli aprobase la constitución que se había dado en Santo Domingo. Sin embargo, no pocos espíritus suspicaces afirmaban que, a pesar de las protestas del jefe negro, la isla se había erigido en estado independiente.

Es de lamentar que si antes de la citada Asamblea el general mulato Rigaud se opuso con las armas a los patrióticos planes de Toussaint Louverture, después, cuando Bonaparte, primer cónsul de la República francesa, se disponía a caer sobre Santo Domingo, la insurrección del sanguinario Flavila y en seguida la del general Moisés, sobrino de Louverture, pusieran en gran peligro, no sólo el orden, sino la vida y prosperidad de la isla.

En el mes de octubre de 1801, el primer cónsul dispuso que el ejército del Rhin, de cuyas ideas republicanas recelaba, se embarcase en poderosa escuadra para castigar a los dominicanos, deseosos de su independencia. Al general Leclerc, marido de una de las hermanas de Bonaparte, se le confió el mando de la expedición. Llegó a Cabo Francés el 2 de febrero de 1802. Encontrábase Toussaint Louverture en el interior de la isla; pero su segundo en el mando, el negro Enrique Cristóbal se negó a rendirse, huyendo precipitadamente después de incendiar la ciudad por varios puntos. En los siguientes términos, y con fecha 17 de febrero de 1802, publicó Leclerc una proclama desde su cuartel general de Cabo.

«Acabo de llegar aquí, en nombre del Gobierno francés, a traeros la paz y la felicidad; temía encontrar obstáculos de parte de los jefes de la colonia, por sus miras ambiciosas, y veo que no me he engañado. Estos jefes que anunciaban su amor a Francia en todos sus escritos, nunca pensaban ser franceses; hablaban de Francia, porque no creían llegase el momento de combatirla. A la sazón han sido descubiertas sus pérfidas intenciones. El general Santos (Toussaint Louverture) me había mandado sus hijos con una carta, diciéndome que deseaba, sobre todo, la felicidad de la colonia y estaría siempre bajo mis órdenes. En efecto, le mandé venir a mi presencia, ofreciéndole que sería mi Teniente general; pero, queriendo ganar tiempo, me respondió con frases ambiguas. Me encarga mi gobierno que ponga los medios para que reinen aquí la prosperidad y la abundancia. Si yo me dejase guiar por manejos astutos y pérfidos, la colonia sería teatro de larga guerra civil. Desde ahora entro en campaña para dar a conocer a ese rebelde la fuerza del gobierno francés; rebelde que ante los ojos de los buenos franceses habitantes en Santo Domingo, será considerado como un malvado e insensato. Los habitantes de la isla gozarán de libertad, y respetadas sus personas y propiedades. Así, pues, ordeno lo siguiente:

Articulo I. El general Santos Louverture y el general Cristóbal quedan fuera de la ley; y se previene a todos los ciudadanos que les persigan, les vayan al alcance y les traten como rebeldes a la república francesa.

II. Desde el día en que la armada francesa ocupe un cuartel, todo oficial, ya civil o ya militar, que obedeciere órdenes que no sean dadas por los generales de la república francesa, que yo mando en jefe, será tratado como rebelde.

III. Los agricultores que por ignorancia o engañados por las pérfidas insinuaciones de los generales rebeldes, hubiesen tomado las armas, serán tratados como niños, haciéndoles volver al cultivo, siempre que no hayan contribuído a excitar la sublevación.

IV. Los soldados de las medias brigadas que abandonasen el ejército de Louverture, formarán parte de la armada francesa.

V. El general Agustín Clervaux, que manda en el departamento de Cibao, y ha reconocido el gobierno francés y la autoridad del Capitán general, se mantendrá conservando su grado y comandancia.

VI. El General Jefe de Estado Mayor hará imprimir y publicar la presente proclama.—Leclerc.»

Si los franceses hicieron prodigios de valor, los negros se batieron desesperadamente. Las divisiones y los diferentes cuerpos de tropas franceses, tuvieron que vencer grandes dificultades a causa de las ventajas que proporcionaba a los rebeldes el conocimiento del terreno. Cuando las tropas de Louverture eran rechazadas en alguna acción, se retiraban a los bosques, donde encontraban seguro asilo. «No hay sitio alguno en los Alpes—escribe un historiador de aquellos tiempos—que pueda compararse con la aspereza de las simas y bosques de la isla de Santo Domingo»[358].

Después de luchar algún tiempo con la misma tenacidad y fiereza, se consideraron vencidos los insurgentes. Los jefes negros Maurepas, Cristóbal y Dessalines se sometieron a Leclerc. El mismo Santos Louverture, al verse abandonado de los suyos, rindió sus armas (1.º mayo 1802), declarando que se sometía a la autoridad del gobierno francés.

Dícese que la obediencia de Louverture no era sincera. Aguardaba que la época de los calores, y con ella la fiebre amarilla, viniera a debilitar a los vencedores. En efecto, la terrible enfermedad comenzó haciendo muchas bajas en el ejército francés, al mismo tiempo que se notaban agitaciones entre los negros. Contóse que habiendo sorprendido Leclerc algunas cartas, en las cuales Toussaint Louverture instigaba a los suyos a un levantamiento general, dispuso el general francés celebrar una conferencia con el antiguo dictador con la excusa de pedirle consejo sobre los medios que creía procedentes para que volviesen los negros escapados de los cultivos, como también sobre la elección de los puntos más a propósito para restablecer la salud del ejército. No sospechando Toussaint la celada que se le tendía, acudió a la cita rodeado de algunos soldados negros. Apenas llegó, fué acometido, desarmado y conducido prisionero a un navío de guerra (10 de junio) que partía para Brest. Parece ser que dijo las siguientes palabras: «Al derribarme, no han derribado más que el tronco del árbol de la libertad de los negros; pero quedan las raíces, que volverán a brotar, porque son profundas y numerosas.»

Inmediatamente que llegó a Francia, se le metió en un coche cerrado y se le condujo a la fortaleza de Joux. Después de diez meses de cautiverio, una mañana (27 abril 1803) fué encontrado muerto, sentado cerca del fuego, con la cabeza inclinada y con las manos apoyadas sobre sus rodillas. Contaba sesenta años. ¿Murió envenenado? Creemos que no. Acostumbrado al clima de las Antillas y a una vida activa, acabó con su existencia el invierno crudo de los Alpes y la reducida estancia de un calabozo. «Pero, ¿qué es la obscura agonía de un pobre negro para los narradores enternecidos del martirio exagerado de Santa Elena? Es cierto—añade el historiador francés Lanfrey—que la justiciera posteridad dirá que uno de esos dos hombres fué el redentor de su raza, y que el otro fué el azote de la suya.»