185.

(Año de 1538.—Valladolid 8, Mayo.)—Real Cedula sobre el establecer ventas entre Veracruz y Mexico.—(A. de I., 87-6-1, lib. 3.º, fol. 102 vuelto.)

La Reyna: Don antonio de mendoça, nuestro visorrey y governador de la nueva españa y presidente de la nuestra abdiencia y chancilleria Real que en ella reside: por parte de la cibdad de los angeles ques en esa tierra me ha sido echa relacion que ella tiene mucha necesidad de propios para con ellos poder hazer los caminos y puentes, que diz que ay muchas ansy para el camino de mexico como para las minas y otras partes, suplicandome le hiziese merced de le confirmar para propios las ventas que se dicen de tamanalco y tezmeluca exupana e del pinal, que diz que estan en el camino que se anda de mexico a la dicha cibdad e a la Veracruz, y que si fuesemos avidos que el camino rreal que se anda desde mexico a la cibdad dela Veracruz por tezcuco y tecoaca se andoviese por la dicha cibdad de los angeles, y que las dichas ventas estoviesen pobladas y proveidas por nuestros oficiales, y que las rentas que dellas se hiziesen fuesen para nos, nuestras rentas reales serian acrecentadas specialmente mandando que el servicio que tienen las ventas del otro camino se pasase a las del dicho camino que ansi va desde mexico a la dicha cibdad de los angeles o como la mi merced fuese, lo qual visto por los del nuestro consejo delas yndias como quiera que aca ha parecido que la conservacion de las ventas que ay en el camino que va desde la dicha ciudad dela veracruz a esa ciudad de mexico es provechoso y aun necesario para los caminantes, pero visto el parecer que sobreso dais y las causas que en el dezis, confiando de vuestra prudencia y del zelo que teneis a nuestro servicio y bien dela republica, fue acordado que como a persona que teneis la cosa presente os lo devia remitir y mandar dar esta mi cedula para vos. Por la qual, vos mando que ynformado enteramente del pro y daño que dello puede resultar lo proveais como vierdes que mas convenga, teniendo respecto a la conservacion de nuestro patrimonio Real y a lo que con buena conciencia se puede acrecentar. Fecha en la villa de Valladolid a ocho de mayo de mill e quinientos y treinta y ocho años. Firmada, refrendada y señalada delos dichos.