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(Año de 1534.—Febrero 20, Toledo.)—Real Provision para que el Governador de Guatemala busque un puerto en la mar del norte.—(A. de I., 100-1-8, lib. 1.º, fol. 99 vto.)
Don Carlos por la divina clemencia enperador senper augusto Rey de alemañia, doña juana su madre y el mismo don carlos por la misma gracia rreyes de castilla de leon de aragon de las dos secilias de jerusalen de nabarra de granada de toledo de balencia de galicia de marllorcas de sevilla de cerdeña de cordoba de corcega de murcia de jaen de los algarves de algeciras de gibratar de las yslas de canaria de las yndias yslas e tierra firme del mar oceano, condes de barcelona e señores de vizcaya de molina duques de Athenas e de neopatria condes de Ruysellon e de cerdania marqueses de oristan e de gociano archiduques de austria duques de borgoña e de brabante condes de flandes et de tirol etc. A vos don pedro de alvarado nuestro governador de la provincia de guatimala o a vuestro lugar theniente en el dicho oficio e a cada uno de vos a quien esta nuestra carta fuere mostrada salud e gracia: sepades que nos somos ynformados que a causa de no haber puerto al norte la dicha provincia vecinos y pobladores della an rescibido y resciben mucho daño e no son tan bien proveydos como lo serian de todos los mantenimientos necesarios si oviese el dicho puerto, porque de necesidad se proveen por el puerto de sant Joan de lianques en la cibdad de la veracruz, el qual asta la cibdad de Santiago de esa dicha provincia ay distrito de trezientas leguas por tierra e de alli los yndios naturales llevan mantenimientos a esa provincia a cuestas por no los poder llevar en bestias por la aspereza de los caminos y tanbien los mercaderes que en esa tierra contratan los venden a muy subidos precios; lo qual todo avria cesado si se oviera allado puerto al norte y poblado una cibdad o villa donde mas cerca se oviere descubierto; e ansymismo diz que en la tierra dentro a la mar del norte ay muy grandes poblaciones de yndios de guerra donde se pudiera haber fecho poblacion de cristianos: e queriendo proveer en el remedio dello, visto y platicado en el nuestro consejo de las yndias fue acordado que debiamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razon, e nos tovimoslo por bien: por la qual vos mandamos que luego que con ella fueredes requeridos vos ynformeis de lo suso dicho e proveays con toda deligencia como cosa que tanto importa á nuestro servicio y el bien y noblecimiento de esa provincia e vecinos e moradores della que se busque puerto al norte en la parte e sitio que lo pudierdes allar, que sea en los terminos de vuestra gouernacion, e asy allado dareys horden como se haga una ó mas poblaciones que os paresciere que conbengan y buenamente se pudieren hazer en la parte donde asy se descubriere el dicho puerto y procurareis de pacificar y traer a nuestra obediencia las tierras que hasta agora an estado y estan de guerra en toda vuestra governacion repartiendo y encomendando las tales poblaciones a las personas que con vos ó con los capitanes que enviaredes lo fueren a poblar y conquistar, a los quales encargareys que los traten bien y yndustrien y enseñen en las cosas de nuestra santa fee; e de lo que en esto hizieredes nos enviareys entera relacion para que nos la mandemos ver y proveer lo que mas a nuestro servicio conbenga, que para ello vos damos poder conplido, e non fagades ende al. Dada en toledo a veinte dias del mes de hebrero de mill e quinientos e treynta e quatro años. Yo el Rey. Refrendada del Comendador mayor, firmada del cardenal y del doctor beltran y del licenciado xuarez de carabajal y del doctor bernal y del licenciado mercado de peñalosa.