RESPUESTA DE LOS CASTELLANOS AL REQUERIMIENTO DE DON JORGE.

Y luego en este dicho dia, mes y año susodicho, el dicho Señor Ruy Lopez de Villalobos, General susodicho, respondiendo a la notificacion del requerimiento del muy magnifico Señor Don Jorge de Castro, Capitan General de las Islas de Maluco, dixo: Que era verdad que el habia aportado a estas Islas del Poniente de la Nueva España, e por seguimiento de una capitulacion y asiento que Su Magestad del Emperador mando tomar con el Adelantado Don Pedro de Alvarado, que en gloria sea, la qual dicha capitulacion, muerto el dicho Adelantado sucedio, y el Ilustrisimo Señor Don Antonio de Mendoza, Visorrey, Presidente e Governador de la Nueva España por Su Majestad, y en lugar de su señoria el dicho Señor Ruy Lopez de Villalobos viene con el Armada que al presente tiene, que navegando al Poniente de la Nueva España conforme a lo que Su Magestad y sus provisiones reales le mandan a descobrir las tierras que en su demarcacion hoviere, venido en su navegacion aporto a esta Isla Antonia, que dice el dicho Antonio de Almeyda que se llama Maluco, y que si esta isla Antonia con todas las demas Islas de Maluco tiene por de la governacion encomendada al dicho Señor Visorrey, y por ser en la demarcacion de Su Majestad parece ser asi; pues el asiento y concierto que entre el y el Serenisimo Rey de Portugal tienen hecho, y lo que el Señor Don Jorge de Castro dice en la navegacion costumbrada por las Naos y Capitanes dellas es del Serenisimo Rey de Portugal, no impide porque las dichas Islas e tierras no estan en la demarcacion de Su Magestad: y quanto a lo que en el requerimiento dice, que el anda destruyendo y quemando muchos lugares, y cativando muchas personas de los naturales de la tierra, digo: que si algun daño havia, que poco han rescivido, que a el le pesa dello, y que no es a su culpa ni cargo, mas por las muchas traiciones que le han hecho naturales de la tierra merecen qualquier castigo, mas, que destruymiento nenguno: despues de lo que toca al servicio de mi Señor, el no lo hara, por que no vino a estas tierras á destrozarlas, ni Su Magestad tal cosa le manda, sino antes conservarlas, y a donde quiera que estuvieren y asentaren hacerle todos los buenos tratamientos, que lo que se ha hecho como dicho tiene fue forzado por los naturales dellas, y no por haver seydo en perjuicio, ni daño, ni deservicio del Serenisimo Señor Rey de Portugal, ni entrar en demarcacion suya: e digo que a donde quiera que estuviere en demarcacion suya, y en su asiento, aunque este poblado y muy de reposo, como esto que Su Magestad tiene ya declarado por nombre de tierras, y continuadas las demarcaciones, y de la diputacion que esta hecha ante Su Majestad y el dicho Serenisimo Señor Rey de Portugal quisiese, saldra con su campo y exercito a estar a donde Su Magestad le mandare e señalare que es suyo, por que hasta agora lo que le tiene señalado es como tiene[43] que no entrara en las Islas de Maluco, por lo qual lo ansi cumpla como Su Majestad le manda, e no imbiara á las dichas Islas Navio sino fuere con carta suya al dicho Señor Don Jorge, o al Capitan que en las dichas islas estuviere; y protesta las protestaciones que el Señor Don Jorge de Castro en fin del dicho su requerimiento, del daño que se podra recrecer, asi de la su parte, como del dicho Señor Don Ruy Lopez de Villalobos, especialmente por la poca comida de la tierra desta Isla Antonia anda aparejando sus Navios para ir a buscar otro asiento fuera desta comarca, a donde estando tan lexos de las Islas de Maluco, no podra haver rompimiento de una parte a otra, sino fuere con dañadas voluntades, la qual ni el dicho Señor Governador, ni el exercito a el encomendado no havra sino toda paz, buena voluntad como eys y son obligados, y sucediendo otra cosa de la parte del Señor Don Jorge de Castro, protesto todo lo que su merced me protesta, y el dicho su requerimiento para se quexar dello ante Su Magestad y ante el Serenisimo Señor Rey de Portugal, e ante quien con derecho; e asi pido e ruego al dicho Señor Don Jorge, que quando el requerimiento suso dicho se mostrare e presentare ante Su Magestad, o el Serenisimo Señor Rey de Portugal, le haga merced que al pie del vaya esta respuesta, para que no vaya el uno sin el otro, lo que su merced hara lo que es de derecho, asi como caballero; y esto dava por respuesta: Testigos que fueron presentes Jorge Nieto, Contador de Su Magestad, y el Capitan Don Alonso Manrique, y lo firmo de su nombre el dicho Señor General.═ Ruy Lopez de Villalabos.═Yo Gaspar de Castilla, Escrivano mayor de la Governacion de las Islas e Provincias del Poniente, presente fui a lo que dicho es e sine con los dichos testigos, en testimonio de lo qual lo firme de mi nombre.═Gaspar de Castilla.