Item, por quanto parece que el despensero de los presos tiene un mozo al qual se da de salario ocho tarines cada dia y de comer, vos los dichos inquisidores ò qualquiera de vos proveereis en esto lo que convenga de manera que no traya gastos superfluos.
Item, por quanto somos informado que el escribano de sequestros anduvo con el inquisidor Cervera en la visita de ese reino catorce meses fuera de la ciudad de Palermo y que en ese tiempo se han vendido muchos bienes y cobrado muchas deudas en la dicha ciudad y que no ha podido hallar razon cuenta de lo que se ha entrado y cobrado, mandamos que vos los dichos inquisidores ò qualquiera de vos averigueis brevemente con diligencia esto dando todo el favor que fuere menester al contador y escribano de sequestros.
Item, porque somos informado que en ese oficio se hacen muchos gastos que se podrian muy bien escusar y que los inquisidores dan los mandamientos para ello con mucha facilidad y es cosa justa y debida se provea esto, mandamos que vos los inquisidores ò qualquiera de vos os informeis destos gastos extraordinarios y proveais que de aqui adelante no se hagan gastos superfluos.
Item, porque parece que los presos de la carcel estan alguna vez mal proveidos de ropa de cama porque à los que son fuera de la ciudad no les curan de traer ropa y que seria bien que cuando el alguacil trae algun preso trugese ropa con èl de sus bienes para su cama, vos los dichos inquisidores ò qualquiera de vos provereis esto de manera que los presos sean bien proveidos y tratados.
Item, mandamos que los familiares deste santo oficio sean personas virtuosas, quietas, pacificas y abonadas y que el numero no sea superfluo porque no haya justa causa de quejas que lo mesmo està proveido en las otras inquisiciones.
Item, porque parece que por los notarios del secreto se han examinado algunos testigos del crimen sin presencia de los inquisidores ò de alguno dellos contra el tenor de la instruccion que esto prohibe mandamos que la dicha instruccion se guarde como en ella se contiene sobre lo qual encargamos la conciencia à los inquisidores y notarios del secreto salvo que fuere dificultoso ir alguno de los inquisidores à hacer el dicho examen en el qual caso el comisario juntamente con uno de los dichos notarios lo pueda hacer el qual comisario entonce de certificacion de la fe que se debe dar à los testigos que asi se examinaren.
Item, porque consta por el proceso de la dicha visita que à los oficiales y ministros dese sancto oficio le han hecho algunas resistencias è injurias las quales no han sido castigadas mandamos que el fiscal haga acerca desto sus instancias debidas y vos los inquisidores ò qualquiera de vos hagais justicia porque à los malhechores sea castigo y à los otros exemplo y los oficiales de aqui adelante no sean injuriados ni maltratados.
Item, por quanto parece que algunas veces los inquisidores no entienden personalmente en la ratificacion de los testigos y los comisarios no guardan el secreto mandamos que la ratificacion de los testigos se haga ante vos los inquisidores ò qualquiera de vos y que se guarde enteramente la instruccion que cerca desto habla ansi en el examen sumario como en las ratificaciones.
Item, porque parece que algunos llamandose comisarios sin tener comision ni poder del receptor han exigido y cobrado deudas debidas al fisco real en muchas partes asi en tiempo del receptor Obregon como de Garcia Cid y aunque algunos dellos vinieron à dar cuenta à los receptores otros no la han dado, mandamos que el inquisidor contador y escribano de sequestros que agora van proveidos averiguen esto con mucha diligencia y en todo provean mediante justicia.
Item, parece que al tiempo que vino en ese reino el ambajador moro de los Gelves el inquisidor Calvete hizo traer à la inquisicion un esclavito pequeño que los moros que vinieron con el dicho embajador le tenian hurtado para se lo volver en Berberia porque no le llevasen à pedimiento del dueño y tambien porque el mochacho diz que decia que queria ser cristiano y que ido deste reino el dicho ambajador entrego el dicho esclavito al fiscal de ese reino y no à la parte cuyo era aunque lo vino à pedir diversas vices. Porende mandamos que vos los dichos inquisidores ó qualquiera de vos proveais en esto lo que fuere de justicia de manera que el dicho esclavo se vuelva y de y entregue à cuyo es.