CAPITULO QUINTO
Leyes civiles y penales de los indios, antes de la Conquista, y en especial las de los pobladores del istmo Centro-Americano

SUMARIO

La propiedad entre los indios.—La familia indígena de América.—La poligamía.—El matrimonio.—Solemnidades y ceremonias con que se celebraba.—Manera de vivir de los macehuales.—Jueces y Tribunales.—Castigos que comunmente empleaban los indios.—Penas contra los tiranos.—Manera de castigar los delitos de lesa-majestad, el robo, el hurto, el estupro, el adulterio, el incendio, la impiedad, y otros delitos.—Penas contra el cimarrón.—Las leyes penales en los reinos quiché, cakchiquel, y sutojil.—Manera de computar los grados de parentesco.—Varias penas que aplicaban á diversos delitos.—Informe que el Oidor de Guatemala, Licdo. Dn. Diego García, dirigió al rey de España sobre esos puntos.


Las naciones indígenas centro-americanas no eran pueblos nómades, conocían el derecho de propiedad, y cada familia se hallaba establecida en una porción de terreno que usufructuaba, porque el monarca era el señor de las tierras. Las tribus ó parcialidades respetaban los límites dentro de los cuales estaban los terrenos y aguas de que era dado disfrutar al vecino. Pueblos sedentarios, no podían dejar de ser esencialmente agricultores.

Reconocida la propiedad, ese derecho real del que los otros dimanan, claro está que debía haber, como en realidad existían, leyes que reglamentaran la adquisición del dominio, sus desmembraciones, transmisiones y demás accidentes que lo constituyen.

La familia indígena no estaba ligada por vínculos de afectos tan suaves y tiernos como los que forman los lazos de la familia moderna[66]. La mujer americana, á estilo asiático, era más bien un instrumento de placer, un medio de procrear hijos, una esclava del aborigen, á quien se acercaba medrosa, después de las borracheras, ó cuando aquél estaba poseído de cólera. El indio tenía tantas mujeres cuantas podía comprar y mantener.

Creíase que la poligamía ensanchaba el número de los parientes; pero castigaban al que yacía con mujer ajena ó con esclava de otro. También el estupro era reconocido y penado como delito.