Nuestros seis hombres se hallan en un subterráneo reducidísimo, con una pequeña abertura en la parte superior por donde apenas entra aire puro para el que está cerca de ella; los gases mefíticos descienden á la parte inferior y sofocan al desdichado que allí permanece mucho tiempo. Los tres grandes hombres, ¿tendrán derecho á excluir del aire respirable á sus compañeros, ó estarán en el deber de alternar con ellos en el bien de respirar libremente y en el mal de respirar con dificultad? Si los hombres eminentes son los más fuertes y emplean la fuerza en privar á sus compañeros de una condición de vida, con todo su saber y su mérito, ¿no nos parecerán miserables, mil veces acreedores á la suerte de los que inmolan? Parece que en esto todos debemos estar conformes, y que si antes quedó consignada la igualdad de derechos á la atmósfera, ahora deberemos añadir: en cualquiera circunstancia. Prosigamos.

Nuestros seis hombres reclusos se hallan privados de alimento por espacio de dos días; una mano amiga les proporciona manjares insuficientes para saciar su hambre voraz, pero bastantes á impedir que sucumban si los reparten con equidad. ¿Deberán distribuirlos en razón del mérito ó de la necesidad de cada uno? ¿Estará bien que Watt deje morir de hambre al obrero por saciarse con su ración, diciendo: «Soy el que ha creado la máquina de vapor»? Todos estaremos de acuerdo en que no. Por eso en un buque donde escasean los víveres, en una plaza sitiada, la media, el tercio, el cuarto de ración se da á todos igualmente conforme á su necesidad y no conforme á su categoría. ¿Qué quiere decir esto? Esto quiere decir que la sociedad, al menos la sociedad cristiana del siglo XIX, admite en principio que en un buque, en una plaza sitiada, mientras haya quien carezca de lo estrictamente necesario, ninguno tiene derecho á lo superfluo. ¿Y qué se hace de este principio cuando los hombres salen de un estrecho recinto para vivir libremente donde les parezca? Este principio, ¿no puede salir de los muros de una prisión, de la cubierta de un buque ó del recinto de una plaza? ¿Qué es el derecho? Un principio de justicia sancionado tácita ó expresamente por el mayor número. ¿Y la justicia varía en una misma época y en un mismo pueblo según la localidad? Pero se dirá: varía la situación, y no se puede aplicar la misma ley á casos diferentes. En las circunstancias normales, todo el mundo tiene aire para respirar y mercados abundantes donde puede proveerse de lo necesario. ¿Todo el mundo? ¿Y los que viven hacinados en una miserable buhardilla, en un húmedo sótano? ¿Y los que no tienen con qué comprar nada en esta plaza cuya abundancia es tan tranquilizadora para la sociedad? La miseria establece un bloqueo bien estrecho alrededor del miserable. ¿Qué diferencia existe entre el que no halla qué comprar y el que no tiene medios de comprar lo que halla? Una tan sólo: que para el primero debe ser mucho más fácil la resignación que para el segundo.

Mas se dice: «No hay muertes por asfixia en las reducidas moradas que la miseria habita, y por regla general nadie se muere de hambre en las calles ni en las plazas». Cierto, la miseria, por regla general, no presenta casos fulminantes. La atmósfera infecta, la humedad, la mala alimentación, la falta de abrigo, el excesivo trabajo, alteran la salud mucho antes que quiten la vida. Hay una enfermedad larga, muy larga, que tiene un nombre griego, con el cual la sociedad se tranquiliza completamente; á lo que parece, no es responsable más que de las muertes repentinas, que no estén bautizadas por la Patología.

¿Qué hacer para obligar á la sociedad á que sea lógica y admita las consecuencias de sus principios? ¿Formaremos una larga lista de derechos? ¿Reclamaremos ese derecho que se llama sufragio universal, ó el derecho al trabajo, etcétera, etc.? No, ciertamente; los abandonaremos sin dificultad, pidiendo sólo el derecho á la vida. Pero ¿es esto practicable? Hasta donde lo sea será justo, porque derecho imposible es la fórmula de todas las revoluciones abortadas, y nosotros no queremos revolución más que en las ideas; en las cosas queremos reforma. Queremos que haya pobres y ricos, pero no miserables y potentados. Nos resignamos á que unos anden á pie y otros en coche; pero no que unos vayan descalzos y otros que tengan media docena de carruajes. Queremos que unos se calienten en un barreño con lumbre, y otros á una magnífica chimenea; pero no que unos se mueran de frío y otros gasten sumas inmensas para tener en la zona templada ó glacial plantas exóticas á la temperatura de los trópicos. Y ¿qué somos nosotros que estas cosas queremos? ¿Llevamos el nombre de alguna escuela de esas cuyas doctrinas amenazan el orden social? Nada de eso; somos simplemente cristianos y vivimos en el siglo XIX.

No abogamos por una igualdad absurda é imposible; pero queremos que se reconozca el principio del derecho de igualdad á la vida, y que las leyes todas tengan la tendencia de hacer imposible, ó por lo menos más y más difícil, lo que pudiera llamarse los delirios del lujo, y cuya reacción son los sangrientos extravíos de la miseria.

Y este derecho á la vida, ¿cuándo podrá convertirse en hecho? Este derecho, como todos, será practicable cuando esté en el buen sentido, y practicado cuando esté en el sentido común. En cuanto á los peligros de sentar ciertos principios más fáciles de llevar á la pasión que á la práctica, los deploramos, pero están en la naturaleza de las cosas. Desde que un derecho se establece como tal por los pensadores, hasta que se admite por los más y pasa á ser hecho, transcurren á veces siglos de agitación y de lucha entre los que le reclaman como justo y los que le niegan como imposible. Lucha tan inevitable como las epidemias, las erupciones volcánicas y las tempestades. De ningún pensador referirá la Historia que dijo: la justicia sea y la justicia fué. No; la justicia para brillar ha menester largos combates, sangrientos, pero menos dolorosos que el reinado tranquilo de la iniquidad.


CAPÍTULO III.

CONSECUENCIAS DE LA DESIGUALDAD SOCIAL DEL HOMBRE Y LA MUJER.