Planes
de evasión.
Durante la estancia en Bayona del príncipe de Asturias y los infantes, hubo varios planes para que se evadiesen. Un vecino de Cervera de Alhama recibió dinero de la junta suprema de Madrid con aquel objeto. Con el mismo también había ofrecido el duque de Mahón una fuerte suma desde San Sebastián: los consejeros de Fernando, a nombre y por orden suya, cobraron el dinero, mas la fuga no tuvo efecto. Se propuso como el medio mejor y más asequible el arrebatar a los dos hermanos Don Fernando y Don Carlos, sosteniendo la operación por vascos diestros y prácticos de la tierra, e internarlos en España por San Juan de Pie de Puerto. Fue tan adelante el proyecto que hubo apostados en la frontera 300 miqueletes para que diesen la mano a los que en Francia andaban de concierto en el secreto. Después se pensó en salvarlos por mar, y hasta hubo quien propuso atacar a Napoleón en el palacio de Marracq. Había en todas estas tentativas más bien muestras de patriotismo y lealtad, que probable y buena salida. Hubiérase necesitado para llevarlas a cabo menos vigilancia en el gobierno francés, y mayor arrojo en los príncipes españoles, naturalmente tímidos y apocados.
Se interna
en Francia
la familia real
de España.
No tardó Napoleón, extendidas y formalizadas que fueron las renuncias por medio de los convenios mencionados, en despachar para lo interior de Francia a las personas de la familia real de España. El 10 de mayo Carlos IV y su esposa María Luisa, la reina de Etruria con sus hijos, el infante Don Francisco y el príncipe de la Paz salieron para Fontainebleau y de allí pasaron a Compiègne. El 11 partieron también de Bayona el rey Fernando VII y su hermano y tío, los infantes Don Carlos y Don Antonio; habiéndoseles señalado para su residencia el palacio de Valençay, propio del príncipe de Talleyrand.
Tal fin tuvieron las célebres vistas de Bayona entre el emperador de los franceses y la mal aventurada familia real de España. Solo con muy negra tinta puede trazarse tan tenebroso cuadro. En él se presenta Napoleón pérfido y artero; los reyes viejos padres desnaturalizados; Fernando y los infantes débiles y ciegos; sus consejeros por la mayor parte ignorantes o desacordados, dando todos juntos principio a un sangriento drama, que ha acabado con muchos de ellos, desgarrado a España, y conmovido hasta en sus cimientos la suerte de la Francia misma.
En verdad tiempos eran estos ásperos y difíciles, mas los encargados del timón del estado ya en Bayona, ya en Madrid, parece que solo tuvieron tino en el desacierto. Los primeros acabamos de ver qué cuenta dieron de sus príncipes: examinaremos ahora qué providencias tomaron los segundos Inacción
de la junta
suprema. para defender el honor y la verdadera independencia nacional, puesto que por sus discordias y malos consejos se habían perdido el rey Fernando, sus hermanos y toda la real familia. Mencionamos anteriormente la comisión de Don Evaristo Pérez de Castro, quien con felicidad entró en Bayona el 4 de mayo. A su llegada se presentó sin dilación a Don Pedro Cevallos, y este comunicó al rey las proposiciones de la junta suprema de Madrid de que aquel era portador, y cuyo contenido hemos insertado más arriba. De resultas se dictaron dos decretos el 5 de mayo, uno escrito de la real mano estaba dirigido a la junta suprema de gobierno, y otro firmado por Fernando con la acostumbrada fórmula de Yo el rey era expedido al consejo, o en su lugar a cualquiera chancillería o audiencia libre del influjo extranjero. Por el primero el rey decía: «que se hallaba sin libertad, y consiguientemente imposibilitado de tomar por sí medida alguna para salvar su persona y la monarquía; que por tanto autorizaba a la junta en la forma más amplia para que en cuerpo, o sustituyéndose en una o muchas personas que la representasen, se trasladara al paraje que creyese más conveniente, y que en nombre de S. M. representando su misma persona ejerciese todas las funciones de la soberanía. Que las hostilidades deberían empezar desde el momento en que internasen a S. M. en Francia, lo que no sucedería sino por la violencia. Y por último, que en llegando ese caso tratase la junta de impedir del modo que creyese más a propósito la entrada de nuevas tropas en la península.» El decreto al consejo decía: «que en la situación en que S. M. se hallaba, privado de libertad para obrar por sí, era su real voluntad que se convocasen las cortes en el paraje que pareciese más expedito; que por de pronto se ocupasen únicamente en proporcionar los arbitrios y subsidios necesarios para atender a la defensa del reino, y que quedasen permanentes para lo demás que pudiese ocurrir.»
Algunos de los ministros o consejeros de Fernando en Bayona creyeron fundadamente que la junta suprema autorizada, como lo había sido desde aquella ciudad, para obrar con las mismas e ilimitadas facultades que habrían asistido al rey estando presente, hubiera por sí debido adoptar aquellas medidas, evitando las dilaciones de la consulta; mas la junta que se había apartado del modo de pensar de los de Bayona, y que en vez de tomar providencias se contentó con pedir nuevas instrucciones, llegadas que fueron tampoco hizo nada, continuando en su inacción, so color de que las circunstancias habían variado. Cierto que no eran las mismas, y será bien que para pesar sus razones refiramos antes lo que en ese tiempo había pasado en Madrid.
Murat presidente
de la junta.
En la mañana misma del 4 de mayo en que partió el infante Don Antonio, el gran duque de Berg manifestó a algunos individuos de la junta que era preciso asociar su persona a las deliberaciones de aquel cuerpo, estando en ello interesado el buen orden y la quietud pública. Se le hicieron reflexiones sobre su propuesta; no insistió en ella por aquel momento, pero en la noche sin anuncio anterior se presentó en la junta para presidirla. Opúsose fuertemente a su atropellado intento Gil y Lemus; parece ser que también resistieron Azanza y Ofárril, quienes aunque al principio protestaron e hicieron dejación de sus destinos, al fin continuaron ejerciéndolos. Temerosa la junta del compromiso en que la ponía Murat, y queriendo evitar mayores males, cedió a sus deseos y resolvió admitir en su seno al príncipe francés. Mucho se censuró esta su determinación, y se pensó que excedía de sus facultades, mayormente cuando se trataba del jefe del ejército de ocupación, y cuando para ello no había recibido órdenes ni instrucciones de Bayona. Hubiera sido más conforme a la opinión general, o que se hubiera negado a deliberar ante el general francés, o haber aguardado a que una violencia clara y sin rebozo hubiese podido disculpar su sometimiento. Pesarosa tal vez la junta de su fácil condescendencia, en medio de su congoja [*] (* Ap. n. [2-29].) le sacó algún tanto de ella y a tiempo un decreto que recibió el 7 de mayo, y que con fecha del 4 había expedido en Bayona Carlos IV, nombrando a Murat lugarteniente del reino, en cuya calidad debía presidir la junta suprema: decreto precursor de la abdicación de la corona que al día siguiente hizo en Napoleón. Acompañaba al nombramiento una proclama del mismo Carlos a la nación, que concluía con la notable cláusula de que: «no habría prosperidad ni salvación para los españoles, sino en la amistad del grande emperador su aliado.» Bien que la resolución del rey padre viniese en apoyo de la prematura determinación de la junta, en realidad no hubiera debido a los ojos de este cuerpo tener aquella fuerza alguna autoridad: la de dicha junta delegada por Fernando VII, solo a las órdenes del último tenía que obedecer. Sin embargo en el día 8 acordó su cumplimiento; y solamente suspendió la publicación, creyendo con ese medio y equívoco proceder salir de su compromiso. (* Ap. n. [2-30].) Finalmente le libró de él y de su angustiada posición la noticia de haber devuelto Fernando la corona a su padre, recibiendo un decreto [*] del mismo para que se sometiese a las órdenes del antiguo monarca.
Equívoca
conducta
de la junta.