Opinión común
en la nación.

Mostrábase en ello tan universal la opinión que, no solo la apoyaban los que propendían a ideas democráticas, mas también los enemigos de cortes y de todo gobierno representativo. Los últimos no, en verdad, como un medio de desorden [había entonces en España acerca del asunto mejor fe], sino por no contrarrestar el modo de pensar de los naturales. Ya en Sevilla, en la comisión de la junta central encargada de los trabajos de cortes, los señores Riquelme y Caro, que apuntamos desamaban la reunión de cortes, una vez decidida esta, votaron por una sola cámara indivisa y común, y el ilustre Jovellanos por dos: Jovellanos, acérrimo partidario de cortes y uno de los españoles más sabios de nuestro tiempo. Los primeros seguían la voz común: guiaban al último reglas de consumada política, la práctica de Inglaterra y otras naciones. Entre los comisionados de las juntas residentes en Cádiz, fue el más celoso en favor de una sola cámara Don Guillermo Hualde, no obstante ser eclesiástico, dignidad de chantre en la catedral de Cuenca y grande adversario de novedades. Contradicciones frecuentes en tiempos revueltos, pero que nacían aquí, repetimos, de la elevada y orgullosa igualdad que ostenta la jactancia española, manantial de ciertas virtudes, causa a veces de ruinosa insubordinación.

Consulta
la regencia al
consejo reunido.

La regencia consultó sobre la materia, y otras relativas a cortes, al consejo reunido. La mayoría se conformó en todo con la opinión más acreditada, y se inclinó también a una sola cámara. Disintieron del dictamen varios individuos del antiguo consejo de Castilla, Respuesta de este.
Voto particular. de cuyo número fueron el decano Don José Colón, el conde del Pinar, y los señores Riega, Duque Estrada, y Don Sebastián de Torres. Oposición que dimanaba, no de adhesión a cámaras, sino de odio a todo lo que fuese representación nacional: por lo que en su voto insistieron particularmente en que se castigase con severidad a los diputados de las juntas que habían osado pedir la pronta convocación de cortes.

Cundió en Cádiz la noticia de la consulta, junto con la del dictamen de la minoría, y enfureciéronse los ánimos contra esta, mayormente no habiendo los más de los firmantes dado al principio del levantamiento, en 1808, grandes pruebas de afecto y decisión por la causa de la independencia. De consiguiente, conturbáronse los disidentes al saber que los tiros disparados en secreto, con esperanza de que se mantendrían ocultos, habían reventado a la luz del día. Creció su temor cuando la regencia, para fundar sus providencias, determinó que se publicase la consulta y el dictamen particular. No hubo entonces manejo ni súplica que no empleasen los autores del último para alcanzar el que se suspendiese dicha resolución. Así sucedió, y tranquilizose la mente de aquellos hombres, cuyas conciencias no habían escrupulizado en aconsejar a las calladas injustas persecuciones, pero que se estremecían aun de la sombra del peligro. Achaque inherente a la alevosía y a la crueldad, de que muchos de los que firmaron el voto particular dieron tristes ejemplos años adelante, cuando sonó en España la lúgubre y aciaga hora de las venganzas y juicios inicuos.

Consulta
del consejo
de estado.

Pidió luego la regencia, acerca del mismo asunto de cámaras, el parecer del consejo de estado, el cual convino también en que no se convocase la de privilegiados. Votó en favor de este dictamen el marqués de Astorga, no obstante su elevada clase; del mismo fue Don Benito de Hermida, adversario en otras materias de cualesquiera novedades. Sostuvo lo contrario Don Martín de Garay, como lo había hecho en la central, y conforme a la opinión de Jovellanos.

No se convoca
segunda cámara.

No pudiendo resistir la regencia a la universalidad de pareceres, decidió que las clases privilegiadas no asistirían por separado a las cortes que iban a congregarse, y que estas se juntarían con arreglo al decreto que había circulado la central en 1.º de enero.

Modo de elección.