Grande fue el asombro de la regencia al oír el maravilloso modo con que procedían las cortes en sus deliberaciones; grande el desánimo al saber el entusiasmo con que aclamaban a las mismas soldados y ciudadanos.
Engaño
de la regencia.
Manifestación tan unánime contuvo a los enemigos de la libertad española. Ya entonces se hablaba de planes y torcidos manejos, y de que ciertos regentes, si no todos, urdían una trama resueltos a destruir las cortes o por lo menos a amoldarlas conforme a sus deseos. No eran muchos los que daban asenso a tales rumores, achacándolos a invención de la malevolencia; y dificultoso hubiera sido probar lo contrario, si un año después no lo hubiese pregonado e impreso quien estaba bien enterado de lo que anotaba. Palabras
de Lardizábal.
(* Ap. n. [13-1].) «Vimos claramente [dice en su manifiesto [*] uno de los regentes, el señor Lardizábal] que en aquella noche no podíamos contar ni con el pueblo ni con las armas, que a no haber sido así, todo hubiera pasado de otra manera.»
¿Qué manera hubiera sido esta? Fácil es adivinarla. Mas ¿cuáles las resultas si se destruían las cortes, o se empeñaba un conflicto teniendo el enemigo a las puertas? Probablemente la entrada de este en la Isla de León, la dispersión del gobierno, la caída de la independencia nacional.
Por fortuna, aun para los mismos maquinadores, no se llevaron a efecto intentos tan criminales. Desamparada la regencia, sometiose silenciosa, y en apariencia con gusto, a las decisiones del congreso. Juramento
de la regencia
y ausencia del
obispo de Orense. En la misma noche del 24 pasó a prestar el juramento conforme a la fórmula propuesta por el señor Luján, que había sido aprobada. Notose la falta del obispo de Orense, pero por entonces se admitió sin réplica ni observación alguna la excusa que se dio de su ausencia, y fue de que siendo ya tarde, los años y los achaques le habían obligado a recogerse. Con el acto del juramento de los regentes se terminó la primera sesión de las cortes, solemne y augusta bajo todos respectos; sesión cuyos ecos retumbarán en las generaciones futuras de la nación española.
Decreto de 24
de septiembre.
(* Ap. n. [13-2].)
Aplaudiose entonces universalmente el decreto acordado en aquel día,[*] comprensivo de las proposiciones formalizadas por los señores Muñoz Torrero y Luján, de que hemos dado cuenta, y que fue conocido bajo el título de Decreto de 24 de septiembre. Base de todas las resoluciones posteriores de las cortes, se ajustaba a lo que la razón y la política aconsejaban.
Opiniones
diversas acerca
de este decreto,
y su examen.
Sin embargo, pintáronle después algunos como subversivo del gobierno monárquico y atentatorio de los derechos de la majestad real. Sirvioles en especial de asidero para semejante calificación el declararse en el decreto que la soberanía nacional residía en las cortes, alegando que habiendo estas, en el juramento hecho en la iglesia mayor, apellidado soberano a Don Fernando VII, ni podían sin faltar a tan solemne promesa trasladar ahora a la nación la soberanía, ni tampoco erigirse en depositarias de ella.
A la primera acusación se contestaba que en aquel juramento, juramento individual y no de cuerpo, no se había tratado de examinar si la soberanía traía su origen de la nación o de solo el monarca: que la regencia había presentado aquella fórmula y aprobádola los diputados, en la persuasión de que la palabra soberano se había empleado allí según el uso común por la parte que de la soberanía ejerce el rey como jefe del estado, y no de otra manera; habiendo prescindido de entrar fundamentalmente en la cuestión.