Don Carlos
O’Donnell.
Don Carlos O’Donnell no dejaba tampoco de hostigar al enemigo por el lado izquierdo. Tenía allí que habérselas con el 2.º cuerpo, a cargo del general Reynier, quien, en principios de marzo, viniendo del Tajo, sentó sus reales en Mérida. Varias refriegas. Se escaramuzó con frecuencia entre unos y otros, y Reynier también hacía correrías contra las demás divisiones españolas, formalizándose en ocasiones las refriegas. Tal fue la que se trabó en 5 de julio entre él y los jefes Imaz y Morillo, en Jerez de los Caballeros: los españoles se defendieron desde por la mañana hasta la caída de la tarde, y se retiraron con orden cediendo solo al número. Permaneció Reynier en aquellas partes hasta el 12 de julio, en cuyo tiempo repasó el Tajo aproximándose a los cuerpos de su nación que iban a emprender, camino de Ciudad Rodrigo, la conquista de Portugal. Observole en su marcha, moviéndose paralelamente, la división del general Hill.
Siguió haciendo siempre la guerra en el mediodía de Extremadura el cuerpo del mariscal Mortier; mas este jefe, disgustado con Soult, anhelaba por alejarse, y aun pidió licencia para volver a Francia.
Decreto de Soult
de 9 de mayo.
Molestaba la pertinaz resistencia de los españoles al mariscal Soult en tanto grado que con nombre de reglamento dio el 9 de mayo un decreto ajeno de naciones cultas. En su contexto notábase, entre otras bárbaras disposiciones, una que se aventajaba a todas concebida en estos términos: «No hay ningún ejército español, fuera del de S. M. C. Don José Napoleón; así, todas las partidas que existan en las provincias, cualquiera que sea su número, y sea quien fuere su comandante, serán tratadas como reuniones de bandidos... Todos los individuos de estas compañías que se cogieren con las armas en la mano, serán al punto juzgados por el preboste y fusilados; sus cadáveres quedarán expuestos en los caminos públicos.»
Así quería tratar el mariscal Soult a generales y oficiales, así a soldados, cuyos pechos quizá estaban cubiertos de honrosas cicatrices, así a los que vencieron en Bailén y Tamames, confundiéndolos con forajidos. La regencia del reino tardó algún tiempo en darse por entendida de tan feroz decreto con la esperanza de que nunca se llevaría a efecto. Otro en respuesta
de la regencia
de España. Pero, víctimas de él algunos españoles, publicó al fin en contraposición otro en 15 de agosto, expresando que por cada español que así pereciese, se ahorcarían tres franceses; y que «mientras el duque de Dalmacia no reformase su sanguinario decreto... sería considerado personalmente como indigno de la protección del derecho de gentes, y tratado como un bandido si cayese en poder de las tropas españolas.» Dolorosa y terrible represalia, pero que contuvo al mariscal Soult en su desacordado enojo.
Decreto
de Napoleón
sobre gobiernos
militares.
Entibiaban tales providencias las voluntades aun de los más afectos al gobierno intruso, coadyuvando también a ello en gran manera los yerros que Napoleón prosiguió cometiendo en su aciaga empresa contra la península. De los mayores, por aquel tiempo, fue un decreto que dio en 8 de febrero,[*] (* Ap. n. [11-5].) según el cual se establecían en varias provincias de España gobiernos militares. Encubríase el verdadero intento so capa de que, careciendo de energía la administración de José, era preciso emplear un medio directo para sacar los recursos del país, y evitar así la ruina del erario de Francia, exhausto con las enormes sumas que costaba el ejército de España. Todos, empero, columbraron en semejante resolución el pensamiento de incorporar al imperio francés las provincias de la orilla izquierda del Ebro, y aun otras si las circunstancias lo permitiesen.
El tenor mismo del decreto lo daba casi a entender. Cataluña, Aragón, Navarra y Vizcaya se ponían bajo el gobierno de los generales franceses, los cuales, entendiéndose solo para las operaciones militares con el estado mayor del ejército de España, debían «en cuanto a la administración interior y policía, rentas, justicia, nombramiento de empleados y todo género de reglamentos, entenderse con el emperador por medio del príncipe de Neufchatel, mayor general.» Igualmente los productos y rentas ordinarias y extraordinarias de todas las provincias de Castilla la Vieja, reino de León y Asturias, se destinaban a la manutención y sueldos de las tropas francesas, previniéndose que con sus entradas hubiera bastante para cubrir dichas atenciones.
Une a su imperio
los Estados
Pontificios
y la Holanda.