Consecuencia era inmediata de todo el artificio de la constitución poner particulares trabas a su fácil reforma. Porque no habiendo sino una cámara, y no correspondiendo al rey mas veto que el suspensivo, claro era que siempre que se hubiese autorizado a las cortes ordinarias para alterar las leyes fundamentales, lo mismo que lo estaban para las otras, de su arbitrio pendía destruir legalmente el gobierno monárquico, o hacer en él alteraciones sustanciales. Verdad es que en Inglaterra no se conoce diferencia entre la formación de las leyes constitucionales y las que no lo son; pero esto procede de que allí no pasa acta alguna del parlamento sin la concurrencia de las dos cámaras y el asenso del rey, cuyo veto absoluto es salvaguardia contra las innovaciones que tirasen a alterar la esencia de la monarquía. Esforzaron los argumentos en favor del dictamen los señores Argüelles, Oliveros, Muñoz Torrero y otros; quedando al fin aprobado.
Termináronse aquí los mas importantes debates de esta constitución, que se llamó del año doce porque en él se promulgó, circuló y empezó a plantear. Constitución que fue en la España moderna el primer esbozo de la libertad, y que graduándola unos de sobreexcelente, la han deprimido otros, y aun menospreciado con demasiada pasión.
Reflexiones
generales
acerca de la
constitución.
Hemos tocado algunas de sus faltas en el curso de la anterior narración y examen; advirtiendo que pecaba principalmente en la forma y composición de la potestad legislativa, como también en lo que tenía de especulativa y minuciosa. Aparecía igualmente a primera vista gran desvarío haber adoptado para los países remotos de ultramar las mismas reglas y constitución que para la península; pero desde el punto que la junta central había declarado ser iguales en derechos los habitantes de ambos hemisferios, y que diputados americanos se sentaron en las cortes, o no habían de aprobarse reformas para Europa, o menester era extenderlas a aquellos países. Sobrados indicios y pruebas de desunión había ya para que las cortes añadiesen pábulo al fuego; y en donde no existían medios coactivos de reprimir ocultas o manifiestas rebeliones, necesario se hacía atraer los ánimos, de manera que ya que no se impidiese la independencia en lo venidero, se alejase por lo menos el instante de un rompimiento hostil y total.
En lo demás, la constitución, pregonando un gobierno representativo y asegurando la libertad civil y la de la imprenta, con muchas mejoras en la potestad judicial y en el gobierno de los pueblos, daba un gran paso hacia el bien y prosperidad de la nación y de sus individuos. El tiempo y las luces cada día en aumento hubieran acabado por perfeccionar la obra todavía muy incompleta.
Y en verdad, ¿cómo podría esperarse que los españoles hubieran de un golpe formado una constitución exenta de errores, y sin tocar en escollos que no evitaron en sus revoluciones Inglaterra y Francia? Cuando se pasa del despotismo a la libertad, sobreviene las más veces un rebosamiento y crecida de ideas teóricas que solo mengua con la experiencia y los desengaños. Fortuna si no se derrama y rompe aún más allá, acompañando a la mudanza atropellamientos y persecuciones. Las cortes de España se mantuvieron inocentes y puras de excesos y malos hechos. ¡Ojalá pudiera ostentar lo mismo el gobierno absoluto que acudió en pos de ellas y las destruyó!
No ha faltado quien piense que si hubieran las cortes admitido dos cámaras y dado mayores ensanches a la potestad real, se hubiera conservado su obra estable y firme. Dudámoslo. El equilibrio más bien entendido de una constitución nueva cede a los empujes de la ignorancia, y de alborotadas y antiguas pasiones. Los enemigos de la libertad tanto más la temen, la aborrecen y la acosan, cuanto más bella y ataviada se presenta. Camino sembrado de abrojos es siempre el suyo. Emprendímosle entonces en España; más para llegar a su término, aguantar debíamos caídas y muchos destrozos.
Descontentos
fuera
de las cortes.
Puso grima a los contrarios de las cortes fuera de su seno el partido que estas ganaron, y los elogios que merecieron ya en el mero hecho de presentarse a sus deliberaciones el proyecto de la constitución. Despechados manifestaron más a las claras su enemistad, y a punto de comprometerse ciertas personas conspicuas y cuerpos notables en el estado.
Asunto
de Lardizábal.