Al Don Andrés Ángel agregáronsele Don Francisco Ciscar, Don Agustín de Argüelles, Don José María Calatrava, el conde de Toreno, Don Fernando Navarro, Don José Mejía, Don Francisco Golfín, Don Juan María Herrera y Don Francisco Martínez de Tejada. Juntos todos estos examinaron la cuestión con reserva y detenidamente; decidiendo al cabo formalizar la propuesta ante las Cortes, en la inteligencia de que se verificase en sesión secreta, para evitar, si aquella fuese desechada, el desaire notorio que de ello se seguiría a lord Wellington, y también la publicidad de cualquiera expresión disonante que pudiera soltarse en el debate y ofender al general aliado, con quien entonces más que nunca tenía cuenta mantener buena y sincera correspondencia. No ignoró el ministro inglés nada de lo que se trataba: dio su asenso y aun suministró apuntes acerca de los términos en que convendría extender la gracia; mas sin provocar su concesión ni acelerarla, por vivo que fuese su deseo de verla realizada.

Encargose Don Francisco Ciscar, diputado por Valencia, de presentar la proposición por escrito, firmada por los vocales ya expresados. No encontró la medida en las Cortes resistencia notable, preparado ya el terreno. Hubo con todo quien la rechazase, en particular varios diputados de Cataluña, y entre ellos Don Jaime Creux, más adelante arzobispo de Tarragona, e individuo en 1822 de la que se apellidó regencia de Urgel. Nació principalmente esta oposición del temor de que se diesen ensanches en lo venidero al comercio británico en perjuicio de las fábricas y artefactos de aquel principado, en cuya conservación se muestran siempre tan celosos sus naturales. Mañosamente usó de la palabra el señor Creux, mirando la cuestión por diversos lados. Dudaba tuviesen las Cortes facultades para dispensar a un extranjero favor tan distinguido; añadiendo que la propuesta debía proceder de la Regencia, única autoridad que fuese juez competente de la precisión de acudir a semejante y extremo remedio, y no dejando tampoco de alegar en apoyo de su dictamen lo imposible que se hacía sujetar a responsabilidad a un general súbdito de otro gobierno, y obligado por tanto a obedecer sus superiores órdenes. Razones poderosas contra las que no había más salida que la de la necesidad de aunar el mando, y vigorizarle para poner pronto y favorable término a guerra tan funesta y prolongada.

Convencidas de ello las Cortes, aprobaron por una gran mayoría la proposición de Don Francisco Ciscar y sus compañeros, resolviendo asimismo que la Regencia manifestase el modo más conveniente de extender la concesión, con todo lo demás que creyese oportuno especificar en el caso. Evacuado este informe, dieron las Cortes el decreto siguiente.

«Siendo indispensable para la más pronta y segura destrucción del enemigo, que haya unidad en los planes y operaciones de los ejércitos aliados en la Península, y no pudiendo conseguirse tan importante objeto sin que un solo general mande en jefe todas las tropas españolas de la misma, las Cortes generales y extraordinarias, atendiendo a la urgente necesidad de aprovechar los gloriosos triunfos de las armas aliadas, y las favorables circunstancias que van acelerando el deseado momento de poner fin a los males que han afligido a la nación; y apreciando en gran manera los distinguidos talentos y relevantes servicios del duque de Ciudad Rodrigo, capitán general de los ejércitos nacionales, han venido en decretar y decretan: Que durante la cooperación de las fuerzas aliadas en defensa de la misma Península, se le confiera el mando en jefe de todas ellas, ejerciéndole conforme a las ordenanzas generales, sin más diferencia que hacerse, como respecto al mencionado duque se hace por el presente decreto, extensivo a todas las provincias de la Península cuanto previene el artículo 6.º, título 1.º, tratado 7.º de ellas: debiendo aquel ilustre caudillo entenderse con el gobierno español por la secretaría del despacho universal de la guerra. Tendralo entendido la Regencia del reino, etc. Dado en Cádiz a 22 de septiembre de 1812.»

Incidentes
que ocurren
en este negocio.

Con sumo reconocimiento y agrado recibió la noticia lord Wellington, contestando en este sentido desde Villatoro con fecha de 2 de octubre; mas expuso al mismo tiempo que antes de admitir el mando con que se le honraba, érale necesario obtener el beneplácito del príncipe regente de Inglaterra, lo que dio lugar a cierto retraso en la publicación del decreto.

Motivó semejante tardanza diversas hablillas, y aun siniestras interpretaciones y deslenguamientos, acabando por insertar a la letra el decreto de las Cortes un periódico de Cádiz intitulado La Abeja. Diose por ofendida de esta publicación la Regencia, temiendo se la tachase de haber faltado a la reserva convenida; y por lo mismo trató de justificarse en la Gaceta de oficio: otro tanto hizo la secretaría de Cortes, como si pudiera nadie responder de que se guardase secreto en una determinación sabida de tantos, y que había pasado por tantos conductos. Se enredó sin embargo el negocio a punto de entablarse contra el periódico una demanda judicial. Cortó la causa el diputado Don José Mejía, quien a sí propio se denunció ante las Cortes como culpable del hecho, si culpa había en dar a luz un documento conocido de muchos, y con cuya publicación se conseguía aquietar los ánimos, sobrado alterados con las voces esparcidas por la malevolencia, y aumentadas por el misterio mismo que se había empleado en este asunto. Hubo quien quiso se hiciesen cargos al diputado Mejía, graduando su proceder de abuso de confianza. Las Cortes fallaron lo contrario, bien que después de haber oído a una comisión, y suscitádose debates y contiendas. Livianos incidentes en que se descarrían con frecuencia los cuerpos representativos, malgastando el tiempo tanto más lastimosamente, cuanto en discusiones tales toman parte los diputados de menor valía, aficionados a minucias y personales ataques.

Envió entre tanto lord Wellington su aceptación definitiva en virtud del consentimiento alcanzado del príncipe regente, y las Cortes dispusieron que se leyese en público el expediente entero, como se verificó en la sesión del 20 de noviembre, cesando con esto las dudas y el desasosiego, y quedando así satisfecha la curiosidad de la muchedumbre.

No faltaron sin embargo personas, aunque contadas, que censuraban acerbamente la providencia. Los redactores del Diario mercantil de Cádiz, so color de patriotas, alzaron vivo clamor, reprendiendo de ilegal el decreto de las Cortes. Eran eco de los parciales del gobierno intruso, y de la ambición inmoderada de algunos jefes.

Desobediencia
de Ballesteros.