Preparados los diputados liberales, creyeron ser coyuntura aquella de arrojarse a todo y jugar a resto abierto. Aguardaron, sin embargo, a que la Regencia se explicase. Llegó luego este caso en la sesión del lunes 8, en que dio parte el ministro de Gracia y Justicia, por medio de un oficio, de tres exposiciones que le habían dirigido el vicario capitular de la diócesis de Cádiz, los curas párrocos de la misma ciudad, y el cabildo de la iglesia catedral; alegando las razones que les habían impedido llevar a debido cumplimiento el decreto de 22 de febrero, que mandaba se leyese en todas las parroquias de la monarquía el manifiesto de la abolición de la Inquisición. Paso descaminado de parte de la Regencia, y por el que resulta contra ella o que obraba de connivencia con el clero, o que carecía de suficiente firmeza para hacer se obedeciesen las determinaciones supremas.

Los diputados, que estaban concertados de antemano, pidieron, y así se acordó, que se declarase permanente aquella sesión hasta que se terminase el negocio del día. Habló primero el señor Terán, pronunciando un discurso que conmovió al auditorio, diciendo en contestación a (* Ap. n. [21-31].) varias razones alegadas por el clero:[*] «¡Ojalá se hubiese tenido siempre presente el decoro y respeto debido a tan santos lugares, y que no se hubiese profanado la casa del Señor y la cátedra del Espíritu Santo, alabando, ¿a quién?... al perverso Godoy; a ese infame favorito, símbolo de la inmoralidad y corrupción que ha precipitado a la nación en un abismo de males!... ¡Profanación del templo por leer el decreto de V. M., cuando hemos visto colocado el inmundo retrato de aquel privado a la derecha del altar mayor!... ¿Cómo no lo rehusaron entonces?... ¡Ah, Señor! El celo y la piedad parece estaban reservadas para oponerse únicamente a las resoluciones soberanas dictadas con toda madurez, y para frustrar las medidas que con la más sana intención proponemos los que nos gloriamos de conocer y amar la verdadera religión, y procuramos en todo el mayor bien de la patria... Señor, yo no puedo más...» Embargaron aquí abundantes lágrimas la voz del orador; lágrimas sentidas que brotaban del corazón, y que produjeron efecto maravilloso, como que no eran fingidas ni de aparato, a la manera de otras que en semejantes casos hemos solido ver.

Tomó en seguida la palabra el señor Argüelles, y después de un discurso notable concluyó por formalizar esta proposición. «Que atendiendo a las circunstancias en que se hallaba la nación, se sirviese el Congreso resolver que se encargasen provisionalmente de la Regencia del reino el número de individuos del consejo de estado de que hablaba la Constitución en el artículo 189, agregándole, en lugar de los individuos de la diputación permanente, dos individuos del Congreso; y que la elección de estos fuese en público y nominal.»

El artículo de la Constitución que aquí se citaba decía: «En los casos en que vacare la corona siendo el príncipe de Asturias menor de edad, hasta que se junten las Cortes extraordinarias, si no se hallaren reunidas las ordinarias, la Regencia provisional se compondrá de la reina madre, si la hubiere, de dos diputados de la diputación permanente de las Cortes, los más antiguos por orden de su elección en la diputación, y de dos consejeros del consejo de estado, los más antiguos, a saber: el decano y el que le siga, si no hubiere reina madre, entrará en la Regencia el consejero de estado tercero en antigüedad.»

Idéntico en nada este caso con el actual, podía solo descubrirse la conformidad entre ambos, o a lo menos la semejanza, atendiendo a la urgencia y sazón del tiempo, y a querer ciertos diputados precaver, madrugando, los malos designios que suponían en la Regencia. Así que aprobose con gran mayoría la proposición del señor Argüelles, si bien no se puso en ejecución más que la primera parte, esto es la de «que se encargasen de la Regencia provisional los tres consejeros de estado más antiguos», suspendiéndose la otra en que se hablaba de diputados, por consideraciones personales y laudables, rehuyendo siempre estos de que se les achacasen miras interesadas en donde no llevaban sino las del bien del estado.

Elección
de nueva
Regencia.

Los tres consejeros de estado más antiguos presentes entonces en Cádiz eran Don Pedro Agar, Don Gabriel Ciscar, y el cardenal de santa María de Scala, arzobispo de Toledo Don Luis de Borbón, hijo del infante Don Luis, hermano que fue del rey Carlos III. A los dos primeros, ya antes regentes, bien que no asistidos de todas las exquisitas y raras prendas que a la sazón requería la elevada magistratura con que se les investía de nuevo, por lo menos teníaseles con razón por leales y afectos a las reformas. Adornaban al cardenal acendrada virtud, juicio muy recto e instrucción no escasa; mas, criado en la soledad y retiro de un palacio episcopal de España, era su cortedad tanta que oscurecíanse casi del todo aquellas dotes, apareciendo a veces pobreza de entendimiento lo que tan solo pendía de falta de uso y embarazo en el trato de gentes. Aunque por antigüedad tercero este en número, escogiósele a propuesta del conde de Toreno para presidente de la nueva Regencia, según lo indicaba la excelsa clase que ocupaba en el estado y su alta dignidad en la Iglesia.

Su instalación
en 8 de marzo.

Verificados estos nombramientos, y extendidos allí mismo los decretos, comunicáronse sin tardanza las respectivas órdenes. A poco juraron en el seno de las Cortes los tres nuevos regentes, y pasaron inmediatamente a posesionarse de sus cargos. Era ya entrada la noche y hora de las nueve, sereno el tiempo, y rodeados los regentes y los diputados de la comisión que los acompañaba, y en cuyo número nos incluyeron, de una muchedumbre inmensa que poblaba el aire de vítores y aplausos. Instalamos en sus sillas, los que para ello íbamos encargados, a los nuevos regentes, sin que los cesantes diesen señal alguna de resistencia ni oposición. Solo pintose en el rostro de cada cual la imagen de su índole o de sus pasiones. Atento y muy caballero en su porte, el duque del Infantado mostró en aquel lance la misma indiferencia, distracción y dejadez perezosa que en el manejo de los negocios públicos: despecho, Don Juan Pérez Villamil y Don Joaquín Mosquera y Figueroa, si bien de distintos modos: encubierto y reconcentrado en el primero, menos disimulado en el último, como hombre vano y de cortos alcances, según representaba su mismo exterior siendo de estatura elevada, de pequeña cabeza y encogido cerebro. Aunque enérgico, y quizá violento a fuer de marino, no dio señas de enojo Don Juan María Villavicencio, y justo es decir en alabanza suya que poco antes había escrito a los diputados proponedores de su nombramiento que vista la división que reinaba entre los individuos del gobierno, ni él ni sus colegas, si continuaban al frente de los negocios públicos, podían ya despacharlos bien, ni contribuir en nada a la prosperidad de la patria. Casi es por demás hablar del último regente, de Don Ignacio Rodríguez de Rivas, cuitado varón que acabó en su mando tan poco notable y significativamente como había comenzado; debiendo advertirse que al nombrarle de la Regencia, estando todos convenidos en que hubiese en ella dos americanos, no se buscó en la persona del elegido ni en la de Don Joaquín Mosquera otra circunstancia sino la del lugar de su nacimiento; agradando también el que ni uno ni otro se inclinaban a proteger la separación e independencia de las provincias de ultramar, cualidad no común y a veces peregrina en los que allá recibieran el ser.

Administración
de la Regencia
cesante.