"Sec. 2.º La persona que violare las prescripciones de la primera seccion de esta lei, pagará, en beneficio de la ciudad o circunscripcion municipal, una suma que no haya de exceder de veinte pesos......." Lei de Mass. de 1852[19].
"Ningun niño de ménos de quince años de edad, será empleado en un establecimiento manufacturero, a ménos que no haya asistido a alguna escuela pública o privada, al ménos por once semanas en los doce meses, anteriores a la época de su empleo, o por el mismo período de tiempo durante cada doce meses de los que estuviere empleado.-El propietario, superintendente, o ajente del establecimiento manufacturero que infrinja la disposicion anterior, perderá una multa que no baje de cincuenta pesos." Lei de Mass. 1849.
La estension que ha tomado la administracion de la Educacion comun, como que su eficacia interesa a un quinto de la poblacion del Estado, la especialidad de sus leyes i direccion, el numeroso personal que requiere, i la constante accion que debe ejercerse sobre el todo, ha hecho necesario separar la direccion de la educacion comun, de toda otra atencion administrativa, confiándola a funcionarios i a una administracion especial.
"Los Electores calificados de esta República nombrarán un Superintendente de Instruccion pública, al mismo tiempo que se elije Gobernador, i tendrá su oficio por cuatro años." Const. de Kentucky, art. XI, sec. 2.
—"Habrá un Superintendente de Escuelas que será nombrado i recibirá compensación, en la manera i forma que la Lejislatura designe." Const. de Missouri, art. VI, sec. 2.
—"En cada eleccion bienal serán elejidos un Secretario de Estado, un Superintendente de Escuelas, un comisionado de tierras, un tesorero, por el término de dos años." Const. de Michigan, art. VIII, sec. 1.
—"La supervision de la instruccion pública será confiada a un Superintendente de Estado de Escuelas, i los otros empleados que la Lejislatura ordenare: El Superintendente de Estado será elejido por los electores calificados del Estado, en la forma que la Lejislatura prescriba." Const. del Wisconsin, art. X, sec. 1.
(Todas las constituciones modernas de los Estados-Unidos han creado este funcionario, i en otros Estados las leyes ordinarias suplen a la imprevision de las antiguas constituciones.)
—"En las próximas elecciones, i cada tres años en adelante, i cuantas veces ocurra vacante, será elejido, de la misma manera que los otros funcionarios del Estado, un Superintendente de Estado de las Escuelas comunes, que tendrá su oficio por tres años consecutivos...... El Superintendente de Estado someterá anualmente a la Lejislatura un informe conteniendo el detalle de la condicion de las Escuelas comunes del Estado; presupuesto i cuenta de los gastos de las Escuelas comunes; planes para el manejo i mejora del fondo de escuelas, i para la mejor organizacion de las mismas, con todas las otras materias relativas a su empleo, i a las Escuelas comunes, segun lo juzgue oportuno." Informe del comisionado (hoi ministro de Estado, Randall) para codificar las leyes de Escuelas comunes del Estado de Nueva-York, 1852.
—"El Superintendente de Estado de las Escuelas comunes tendrá jurisdiccion final, sobre apelacion, en todas las cuestiones i controversias que nazcan de la aplicacion de estas leyes i que esten sujetas a apelacion, como en ellas está prescrito; i su decision sobre el caso será considerada i tenida en todos los tribunales, i en otros lugares, como final i concluyente, entre las partes a quienes el asunto apelado interese." (Código, ibid.)