—Señor majistrado, dijo un policemen[51], teneis delante de vos á uno de los mas hábiles rateros de la ciudad; entre la multitud donde le hemos aprehendido habian cortado seis bolsillos en un cuarto de hora. Al fin hemos cojido á este pícaro, que no nos era desconocido; en el forro de su frac tenia estas grandes tijeras; pero en sus bolsillos no hemos hallado nada.

—Hay algun otro testigo, alguna otra prueba? preguntó el juez.

—Nó, señor majistrado.

—Entónces, haced salir á ese gentleman[52], y otra vez procurad ser mas hábiles.

El ladron saludó á Humbug, y se retiró tranquilamente, como un hombre que no ha dudado un punto de su absolucion.

—Cómo! le dije yo á Humbug, así soltais á ese pícaro?

—Sin duda, no hay cuerpo de delito.

—Pero, y la mala reputacion de ese miserable, y esos bolsillos cortados y esas tijeras? Qué! no son pruebas?

—Nó, repuso Humbug; esas son simples presunciones. Es muy probable que ese hombre haya entrado entre la multitud para robar; pero la ley que castiga el crímen no castiga la intencion. Ella deja lugar á la hesitacion, al miedo, á los remordimientos. Si fuéramos á condenar á las gentes por sus intenciones, cuál es el hombre de bien que no habria merecido ser colgado diez veces en su vida? Y por otra parte, si le dais al juez el derecho de leer en el alma del acusado, qué es la justicia humana, sino una hipócrita arbitrariedad? El acto culpable deja de constituir el delito, y es el capricho ó la preocupacion del majistrado el que lo constituye.

—Dichoso pais, esclamé, donde la ley proteje al ladron.