Entra asimismo en la categoría de los documentos públicos relativos á la aplicación del derecho, la inscripción conmemorativa ó indicadora del amojonamiento ó división de los tres territorios Saciliense, Idiense y Soliense, llevada á cabo en virtud de sentencia de Julio Proculo, juez nombrado al efecto por el Emperador Domiciano[272].
§ 42.
Documentos privados relativos á la aplicación del Derecho.
La costumbre de consignar por escrito los contratos y demás actos jurídicos de carácter privado, databa, entre los Romanos del tiempo de la República; pero cuando más se generalizó, merced al incremento de las relaciones comerciales, fué bajo el Imperio[273].
El fin á que se dirigía esta redacción por escrito era á facilitar la prueba, ó sea á acreditar la existencia del acto jurídico.
Unas veces estos documentos eran otorgados por el adquirente ó destinatario, y esto es lo que se ha llamado por unos professio in scripturam collata, y por otros documento de testigos. Otras lo expedía la parte contraria y entonces se denominaba chirographum[274]. La primera de estas dos formas constituye el tipo primitivo del documento privado entre los Romanos. A contar desde el siglo III comienza á preponderar el uso del chirographum, de origen griego, y parece haber suplantado para ciertos negocios, como las cauciones y donaciones, á la otra clase de documentos. Los Romanos conocieron también los documentos dispositivos, y á esta clase pertenecen el mayor número de los que se nos han conservado, á contar desde el siglo V. Expedíalos el otorgante y su forma era semejante á la del chirographum.
Los documentos de esta índole concernientes á España son:
1. El formulario de la mancipatio fiduciae causa de una finca rústica y un esclavo, otorgada por el propietario á un esclavo del acreedor que interviene en el contrato en nombre y representación de este último[275].