2.ª—División de los estudios. Su reglamentación.
3.ª—Creación de establecimientos. Profesorado respectivo.
4.ª—Condiciones para el ingreso de los alumnos. Nombramiento del profesorado. Duración de los cursos. Exámenes y premios.
5.ª—Creación de plazas pensionadas.
6.ª—Inspección general de la enseñanza.
7.ª—Presupuestos.
DESARROLLO DE ESTAS BASES.
Base Primera.—División de la Enseñanza.
Deseando que la enseñanza tenga toda la uniformidad necesaria para que los resultados sean satisfactorios; que carezca, en absoluto, de toda tendencia de exclusivismo personal y respetando, asimismo, la libertad individual, que nunca debe coartarse, la enseñanza se dividirá en Oficial, Particular y Privada.