CAPÍTULO XVI.
Del Areópago.
El senado del Areópago es el más antiguo y al mismo tiempo el más íntegro de los tribunales de Atenas. Se reúne algunas veces en el pórtico real, pero comúnmente sobre una colina poco distante de la ciudadela, y en una especie de sala puesta al abrigo de la inclemencia del tiempo solamente por medio de un techo rústico.
Las plazas de los senadores son perpetuas: el número de magistrados ilimitado. Los arcontes son admitidos en el Areópago después de su año de tales, pero deben justificar en un examen solemne que han desempeñado sus funciones con tanto celo como fidelidad.
La reputación de que goza este tribunal muchos siglos hace, se funda en títulos que la transmitirán a los siglos venideros. La inocencia, obligada a comparecer ante él, se acerca sin temor, y los culpables convencidos y condenados se retiran sin atreverse a quejarse del fallo. Atribúyese su primer origen al tiempo de Cécrope, pero debe otro más brillante a Solón que le dio el encargo de velar sobre las costumbres. Entonces conoció de todos los crímenes, los vicios y los abusos. Debilitada considerablemente su autoridad por Pisístrato, en la actualidad únicamente ejerce una jurisdicción propiamente tal con respecto a los homicidios premeditados, incendios, envenenamientos y algunos delitos menos graves. Preceden a los juicios ceremonias espantosas. Ambas partes, situadas en medio de los restos sangrientos de las víctimas, hacen un juramento y le confirman con imprecaciones terribles contra ellas mismas y sus familias; ponen por testigos a las terribles Euménides, que desde un templo inmediato, donde las veneran, parece que oyen su voz y se proponen castigar los perjurios. Después de estos preliminares se discute la causa. Aquí la verdad es la única que tiene derecho de presentarse ante los jueces: temen la elocuencia tanto como la mentira; los abogados deben desterrar severamente de sus discursos los exordios, las peroraciones, las digresiones y adornos del estilo, y aun el tono del sentimiento. En vano se pintaría la pasión en los ojos y los ademanes del orador, pues el Areópago tiene casi siempre de noche sus sesiones.
Cuando el punto está suficientemente aclarado, los jueces ponen secretamente sus votos en dos urnas, una llamada de la muerte, y otra de la misericordia. En caso de empate, un ministro subalterno añade en favor del acusado el voto de Atenea, llamado así porque, según una tradición antigua, esta diosa, asistiendo al mismo tribunal cuando juzgó a Orestes, dio su voto para decidir sobre el empate de los jueces.
CAPÍTULO XVII.
De las acusaciones y procedimientos entre los atenienses.
Las causas que corresponden a los tribunales de justicia, versan siempre sobre delitos que interesan al gobierno o a los particulares. Cuando son de la primera especie, todo individuo del estado puede constituirse acusador; pero siendo de la segunda, solo tiene derecho para ello la persona agraviada. En las primeras, se falla muchas veces pronunciando las penas de muerte; en las otras, solo se impone la pena de indemnización o satisfacciones pecuniarias. Los trámites varían en algunos puntos, tanto según la diferencia de los tribunales, como la de los delitos. Las causas públicas se llevan algunas veces ante el senado o el pueblo, que después del primer juicio acostumbra a remitirlas al tribunal superior; pero comúnmente se dirige el acusador a uno de los principales magistrados, que le pregunta si ha reflexionado bien sobre su iniciativa, e indica a continuación el tribunal adonde debe acudir. Las partes hacen juramento de decir la verdad, empiezan a discutir ellas mismas, y se les concede para ello un tiempo medido por unas gotas de agua que caen de un vaso: cuando han acabado de hablar, pueden implorar el socorro de los oradores.
Durante el litigio los testigos hacen en voz alta sus declaraciones, porque tanto en lo criminal como en lo civil, la instrucción debe ser pública. El acusador puede pedir que se dé tormento a los esclavos de la parte adversa. Algunas veces una de las partes presenta por sí misma sus esclavos a esta prueba cruel. No se puede mandar el tormento contra un ciudadano sino en casos extraordinarios.