Los tribunales del derecho comun no tienen pretensiones á ejercer la jurisdiccion de presas de los tribunales de almirantazgo, que es absoluta y necesariamente privativa. Nos ocuparemos primero de la jurisdiccion de los tribunales de distrito en los casos de presas, y despues de su jurisdiccion ordinaria de almirantazgo. Mas, como las cuestiones relativas á las presas tienen lugar en el estado de guerra, y se resuelven principalmente por el derecho de gentes y por los usos y las prácticas de las potencias marítimas, no me propongo extenderme en esta materia. Mi objeto es investigar cual es exactamente la jurisdiccion que tienen los tribunales de distrito, examinando las diversas facultades que aquella entraña y su complicado carácter. Me ocuparé 1º, de los tribunales de distrito como tribunales de almirantazgo; 2º, de la jurisdiccion criminal de almirantazgo que ejercen; 3º, de la línea que divide á los tribunales de almirantazgo de los del derecho comun; 4º, de sus facultades como tribunales de la instancia de almirantazgo; y 5º, de su jurisdiccion como tribunales del derecho comun investidos además con facultades específicas.

III. De la jurisdiccion de los tribunales de presas.

Están sujetas á la jurisdiccion ordinaria de presas del almirantazgo todas las capturas hechas durante la guerra en lata mar. Sir William Scott en el caso "The Two Friends" dijo que la única definicion de presas que conocia era la de que son efectos quitados al enemigo en alta mar jure belli. Están tambien sujetas á la jurisdiccion de almirantazgo las capturas hechas en bahías ó puertos extranjeros, las verificadas en tierra por fuerzas navales, y las que se hacen cuando el enemigo se rinde á las mismas fuerzas, sea que éstas operen solas, ó en combinacion con el ejército: (1 Rob. Adm. 271) y por último, las hechas en los rios, puertos y bahías del propio país del captor. Pero en cuanto al saqueo ó botin hecho en una guerra meramente terrestre y continental, sin la presencia ó cooperacion de buques ó de sus tripulaciones, Lord Mansfield reconoció en el caso de "Lindo versus Rodney," que no habia ningun precedente, autoridad ó principio en que poderse fundar para sujetarlos al conocimiento de un tribunal de presas.[125] El tribunal de presas conoce además de los casos de contratos relativos á rescate de efectos capturados en el mar, y de aquellos en que se hubiere dado dinero á título de conmutacion por efectos entregados en las capitulaciones á fuerzas navales, operando solas, ó con la cooperacion de las de tierra. En este país los tribunales federales reclaman sobre las presas una jurisdiccion tan ámplia y estensa como en Inglaterra. En el caso "The Emulous" (1 Gallison, 568) aunque el tribunal no emitió opinion respecto á la jurisdiccion que tenga el almirantazgo para conocer de las capturas verificadas en tierra por solo el ejército, declaró sin embargo que ella no se limitaba únicamente á las capturas verificadas en el mar, si no que conocia tambien de todas las que habian sido hechas en los riachuelos, fondeaderos y rios, y de todas las hechas en tierra, por fuerzas navales, ó con su cooperacion; y el ejercicio de esta jurisdiccion tan extensa quedó fijado por decisiones muy solemnes. En nuestro país, por consiguiente, una aprehension hecha por órden del tribunal, seria considerada con el carácter de presa, si tenia lugar mientras los efectos eran conducidos por agua; pero si ya se hubieran desembarcado y se encontraban en tierra, el caso seria dudoso, y no se emitió opinion alguna sobre si se podia proceder contra dichos efectos como presa, en virtud de la jurisdiccion de almirantazgo, ó si estando sujetos á ser embargados y decomisados en nuestros tribunales, no debiera buscarse el remedio entablando algun recurso ante la jurisdiccion ordinaria.

En Inglaterra es muy general la opinion de que el almirantazgo no tiene jurisdiccion en virtud de sus facultades natas sobre las capturas ó aprehensiones hechas en tierra con el carácter de presas, á no ser que hubieran concurrido algunas fuerzas navales á verificarlas. En el caso "The Two Friends," (Rob 1 Admiralty 271) y que fué resuelto por la autoridad mas caracterizada, la de los "Lords Commissioners of Appeal," se declaró que no podian considerarse como presa, los efectos capturados en tierra, cuando no hubiere habido ningun acto de captura verificado en alta mar, y que en semejante caso seria incompetente el tribunal de presas. Mas todos convienen en que si su jurisdiccion estuvo expedita al principio, porque la aprehension de los efectos se verificó en el mar, deberá seguir ejerciéndola aun despues de que dichos efectos hubieran sido llevados á tierra, circunstancia que de ninguna manera la hace fenecer. En cuanto á este caso, parece que el tribunal de presas tiene una jurisdiccion mas fija y estensa que el de la instancia, supuesto que cesa la jurisdiccion de éste sobre los bienes de los náufragos y los efectos arrojados al mar, luego que llegaren á tierra, principiando desde entonces la de los tribunales del derecho comun.

Si los aprehensores, sin estar autorizados para ello, llevaren la presa á puerto extranjero y allí la entregaren bajo fianza, el tribunal de presas por este hecho, no perderia su jurisdiccion sobre la captura y sus incidentes; ("The Peacock" 4 Rob Admiralty, 185) y si la presa se perdiere en el mar, el tribunal podrá sin embargo proceder al juicio, sea á pedimento de los aprehensores ó de los reclamantes (The Susunnah, 6 Rob. Admiralty, 48). Además conserva su jurisdiccion aunque la presa estuviere actualmente en territorio de un país neutral; tal es el derecho del almirantazgo, admitido tanto en Inglaterra como en los Estados-Unidos. Es un principio reconocido que aunque los efectos apresados estén en país neutral, la posesion del aprehensor es la posesion de su soberano, que está sub protestate curiæ. Solo cesará de existir la jurisdiccion del tribunal de presas, cuando el aprehensor hubiere perdido de jure y de facto la posesion de los efectos capturados; por ejemplo, tratándose de un buque, si hubiera sido represado por su dueño, se hubiere escapado, ó los aprehensores lo hubieran devuelto voluntariamente; pero no seria lo mismo si ilegalmente y sin causa los aprehensores permutaren la cosa capturada por otra, en cuyo caso queda á la discrecion del tribunal el decidir si intervendrá ó no en favor de los captores, y lo mismo sucederá en caso de que éstos hubieren dispuesto del buque ó de sus tripulantes de una manera contraria á derecho (The Falcon 6 Rob. Admiralty 194; The Pomona 5 Rob Admiralty 220; La Dame Cecile 8 Rob Admiralty 257; The Arabella and Madeira 2 Gallison 368). El tribunal de presas perseguirá la cosa misma, siempre que pueda trazarse el paradero de la presa ó de su producido en manos de alguno, sin que obste el que haya intervenido alguna fianza ú otra especie de obligacion. Es un principio reconocido constantemente en la práctica, que en los casos de capturas, los tribunales de presas tienen jurisdiccion exclusiva y ámplias facultades discrecionales para conceder indemnizacion de perjuicios, fletes, gastos y costas, así como para conocer de todo agravio é injuria personal, (all torts and personal injuries) maltratamiento y abuso de autoridad que segun el derecho de la guerra se enlacen con dichas capturas; y frecuentemente conceden reparaciones muy liberales en semejantes casos.[126]

Si hubiera mediado fraude ó se hubiere observado una conducta reprensible en la captura, el tribunal de presas puede decretar, por vía de pena, la confiscacion de los efectos apresados, sea que los reclamen ciudadanos ó neutrales [The Johanna Tholen 6 Rob Admiralty 72]. Puede así mismo decretar la pérdida de los derechos de presas para los captores, cuando éstos fueren culpables de notoria irregularidad, mala fé ó actos criminosos, y entonces generalmente se adjudican los efectos aprehendidos al Gobierno (Caso The George 1 Wheaton 408, 2 Wheaton 278 Supreme Court).

IV. De la jurisdiccion criminal de almirantazgo que ejercen los tribunales de distrito.

Fuera de las presas, la jurisdiccion ordinaria de almirantazgo y marina conoce de todos los negocios civiles y criminales del ramo marítimo; pero aunque, segun parece, no hay ninguna dificultad ó duda en cuanto á la jurisdiccion propia de los tribunales de presas que ejercen los de distrito, si existen muchas discusiones pendientes sobre la que pueden ejercer en los ramos civil y criminal, cuando proceden como tribunal de la instancia en virtud de las facultades de almirantazgo que les da la Constitucion y el Judiciary Act de 1789.

Esta ley en sus secciones 9 y 11 faculta á los jueces de distrito y á los de circuito, con exclusion de los tribunales de los Estados, para conocer de todos los delitos que puede castigar la Federacion, cometidos en alta mar ó en los distritos de su cargo, cuando deban castigarse con una ligera pena corporal, multa ó prision. Esta es la base de la jurisdiccion que en lo criminal ejercen los tribunales de distrito, con su carácter propio y como á semejanza de los tribunales del almirantazgo inglés; se extienden á conocer de los delitos leves cometidos en alta mar, se puede decir que en cuanto á éstos, ejercen la jurisdiccion criminal del almirantazgo. La Constitucion dispone que el poder judicial de la Federacion conocerá de todos los casos de almirantazgo y marina, y se creyó (Du Ponceau on Jurisdiction, p. 59, 61) que en virtud de esta delegacion general de las facultades del almirantazgo, los tribunales federales podian ejercer jurisdiccion criminal sobre los delitos marítimos, sin necesidad de una ley especial al efecto. No obstante, estos tribunales siempre se han resistido á conocer de los negocios criminales de almirantazgo, cuando no los autoriza espresamente al efecto alguna ley del Congreso. En el caso "The United States v. M'Gill" (4 Dallas 426) el reo fué acusado ante el tribunal de circuito de Philadelphia por un homicidio cometido en alta mar, y fué muy disputada la competencia del tribunal. Uno de los magistrados que lo formaban expuso que á su juicio los tribunales federales ejercian la jurisdiccion del Common law en lo criminal, y en este sentido habia sentenciado ya varias veces; pero creia que el delito que se imputaba al reo, (el haber inferido al occiso en alta mar un golpe de cuyas resultas vino á morir en tierra) no pertenecia á la jurisdiccion del almirantazgo y marina, segun la constitucion ni segun el derecho inglés. El otro magistrado no emitió parecer sobre si el caso pertenecia ó no á dicha jurisdiccion, segun los principios generales del derecho, limitándose únicamente á citar la cesion 8ª de la ley penal del Congreso de 30 de Abril de 1790, c. 9 segun la cual el delito no estaba sujeto á la jurisdiccion del tribunal de circuito. El reo en consecuencia fué absuelto por falta de jurisdiccion.

Despues en el caso The United States v. Bevans 3 Wheaton 336 de que conoció en primera instancia el tribunal de circuito de Massachusetts, la Suprema Corte declaró: que aun suponiendo que solo los tribunales federales fueran competentes para conocer de todos los casos de la jurisdiccion de almirantazgo y marina, y suponiendo además que un homicidio cometido en las aguas de un Estado sujetas á la marea fuera uno de estos casos, el Congreso no habia conferido jurisdiccion á dichos tribunales para conocer de semejante delito en la ley que expidió en 1790 "para castigar ciertos delitos contra los Estados Unidos." Esta limitó la jurisdiccion federal al homicidio y demás delitos que ella misma menciona, cuando hubieran sido perpetrados en alta mar, ó en algun rio, puerto ó bahía fuera de la jurisdiccion territorial de un Estado, y el homicidio que motivaba la causa habia tenido lugar en un buque de guerra de la República, fondeado en el puerto de Boston, en la jurisdiccion del Estado de Massachusetts. El Congreso inconcusamente tenia facultades para dar jurisdiccion á los tribunales federales sobre los delitos cometidos á bordo de los buques de guerra de la nacion, donde quiera que éstos pudieran encontrarse; pero no habia hecho uso de ellas hasta entonces, y era de inferirse por lo mismo que los tribunales del Estado podian conocer del delito en virtud de la jurisdiccion del derecho comun, por haber sido cometido en territorio del mismo Estado.[127] Reconoció como evidente la doctrina de que son competentes los tribunales de los Estados para conocer de los delitos que se cometieren sobre aguas sujetas á la marea en las bahías y puertos de sus respectivas jurisdicciones territoriales. En el caso "United States v. Wittberger" (5 Wheaton 76) se declaró que no eran competentes los tribunales federales para conocer del delito cometido por el capitan de un buque mercante de los Estados Unidos, que mató á uno de los marineros en el mismo buque, cuando éste estaba anclado en el rio Tigris del imperio chino, pues que no estaba comprendido en la seccion 12, c. 9 de la ley de 30 de Abril de 1790, que se refiere únicamente á los delitos cometidos en alta mar. Conforme á esta decision, solo el gobierno chino hubiera podido juzgar y castigar al reo, y segun se dijo en el alegato, ese gobierno habia renunciado á su jurisdiccion. Se ve por lo mismo que la ley era defectuosa en este particular, y no se remedió el mal hasta que el Congreso expidió la de 3 de Marzo de 1825, que en su seccion 5, c. 67 dispone que los delitos cometidos en buques pertenecientes á ciudadanos de los Estados Unidos, hallándose anclados en puerto ó aguas extranjeras, por individuos de las tripulaciones ó pasajeros, contra cualesquiera personas al servicio de los mismos buques ó contra los pasajeros, quedan sujetos á la jurisdiccion de los tribunales de circuito de la Federacion, lo mismo que si se hubieran cometido en alta mar, en la inteligencia de que si el reo hubiera sido juzgado y absuelto ó condenado en país extranjero, no se le volveria á juzgar en los Estados Unidos por el mismo delito. Esta ley contiene además varias disposiciones penales sobre otros delitos contra la Federacion cometidos en alta mar, ó en cualquier brazo de mar, puerto, bahía, rio ó ria sujetos á la jurisdiccion de almirantazgo de los Estados Unidos. Mas solo serán competentes los tribunales federales para conocer de los delitos cometidos en las referidas aguas, cuando éstas no estuvieren en la jurisdiccion particular de algun Estado, á no ser que se tratare de conspiraciones tramadas para defraudar á los aseguradores. La misma ley declaró que en virtud de sus disposiciones no debia cesar la jurisdiccion que tienen los tribunales de los Estados sobre esos delitos; y como la tienen para conocer de los que se cometan en la parte de los brazos de mar, rios, puertos y bahías que esté sujeta á las mareas, y reuna además la circunstancia de estar dentro del recinto de un condado, claro es que no extendió á esos casos la jurisdiccion de los tribunales de circuito.[128]