—¡Quimas dice la autoridad!... Ésta sabe también que la susodicha hija tuya saltó la huerta de Juan Bardales, al venir del monte; robó las manzanas y rompió el seto. Ítem, que apedreó las gallinas del mismo vecino en su propio corral. Ítem, que enturbió la fuente pública un poco después, y le rompió el silabario á una niña del mismo sujeto, que iba de la escuela y se encontró con ella.
—Señor, la muchacha dice que no cogió una mala manzana; que el seto que se cayó, al entrar ella, volvió á levantarle; que al ver que la acometía el perro, le tiró con una piedra que fué á parar al corral y espantó las gallinas; que por sacar un pendiente que se le cayó en la fuente bebiendo en ella, enturbió el agua, y que si rompió la cartilla á la hija de ese sujeto, fué porque la muchacha la tiró del moño.
—Pamema y todo pamema. Pruebas cantan, y aquí están contra ti. Con la menor de ellas se te puede echar á presidio, porque este montón de papeles, que son leyes y decretos, se te va encima. Todo te condena: la Ley de aprovechamiento de aguas, por lo de la fuente; la de orden público, por lo de las pedradas tumultuosas á las gallinas en propio corral ajeno, y el Código penal, título tantos, artículos tales ó cuales, por lo de la huerta, supuesto que ha habido robo con fractura, y fractura también en lo de la cartilla. ¿Y qué fué lo de las quimas más que un robo á mano armada y en despoblado? ¿No fué en el monte? ¿No llevaba tu hija un machete? ¿Pues sabes tú lo que rezan las leyes en tales casos?... ¡Hasta la horca, si á mano viene! Pero la justicia no es rencorosa... y todo puede arreglarse. ¿Quieres transigir antes de que se escriba el juicio y haya que enviarle al juzgado de primera instancia para que se forme causa criminal?
El pobre hombre tiembla y cree, ante tanto papelón oficial como se le enseña, y, sobre todo, ante la idea que tiene de que, si no merece su delito tanta pena, puede la habilidad del secretario conseguir que se la apliquen.
—Transijo—dice,—aunque casi ignora por qué se le persigue.
Se tasa en seis duros la multa por la leña y los desperfectos de la fuente; págalos el paciente, así como los derechos del juicio, aunque no se ha celebrado, y paga también la convidada en la taberna, de la cual sale á media noche y á medios pelos, admirándose de que el secretario no le haya pedido también las asaduras, pues, lo mismo que las multas, se las hubiera dado sin replicar.
En algunas ocasiones estos infelices se arman de valor, y hasta se atreven á consultar sus cuitas con alguna persona más ilustrada y pudiente que ellos. Entonces oyen un consejo sano, que de algo les valdría si le pusieran en práctica; pero antes de volver á su casa, ya les pesa como un remordimiento porque temen las iras del déspota si lo descubre, y no descansan hasta dar con él y hacerle beber en su mismo vaso.
Porque se han dado casos, muy pocos en verdad, de apelar, en un juicio de faltas, para ante el juez de primera instancia, y ¡qué cola ha traído el atrevimiento! Por lo pronto, una sola vez se ha revocado la sentencia del secretario, porque aquel señor que le guarda las espaldas, puede hasta torcer la vara de la justicia. Para eso es influyente en elecciones; y como el secretario le sirve á él en iguales lances, tiene él que servir al secretario á toda costa. La vez que se revocó la sentencia, aunque era inicua, le costó al juez el destino. ¡Conque figúrense ustedes!
El hecho es que los perdidosos y el ganancioso sufrieron las mismas consecuencias con respecto á los furores del tirano; porque lo que éste castiga es el atrevimiento de alzarse contra él, no el resultado de la apelación.
Al tenor del caso pintado más atrás, calcúlese cuántos puede urdir el bribón para castigar á sus víctimas y sacarles los cuartos. Aun sin estos motivos, no se conoce un ejemplar de que haya sentenciado un juicio conforme á justicia: según el ojo con que mira á cada uno de los litigantes, así sentencia.