Veamos lo que sobre asunto tan importante dice Solórzano en su Política Indiana, lib. III, capítulo I: «Luego que por D. Cristóbal Colón se comenzaron a poblar las primeras islas que en estas Indias se descubrieron, como estuviesen entonces tan llenas de indios, y los españoles que las descubrieron y poblaron necesitasen de su servicio y trabajo, así para sus casas como para la busca y saca del oro y plata, labor de los campos, guarda de los ganados y otros ministerios, pidieron a D. Cristóbal les repartiese algunos, para que acudiesen a ellos, y él lo hizo, porque le pareció por entonces conveniente e inexcusable.» Añade Solórzano que lo mismo hicieron Nicolás de Ovando y otros gobernadores. «Y porque respeto de lo referido—escribe también el citado historiador—les daban los indios por tiempo limitado y mientras otra cosa no dispusiese el Rey, y les encargaban su instrucción y enseñanza en la religión y buenas costumbres, encomendándoles mucho sus personas y buen tratamiento, comenzaron estas reparticiones á llamarse encomiendas, y los que recibían los indios en esta forma encomenderos o comendatarios, del verbo latino commendo, que unas veces significa recibir alguna cosa en guarda y depósito, y otras recibirla en amparo y protección, y como debajo de su fe y clientela, según parece por muchos textos y autores que de esto tratan. Y esta última significación juzga el Padre José de Acosta que es la que más cuadra al nombre e intento de nuestras encomiendas, y que de ella pende su etimología o derivación, diciendo que así los llamaron encomenderos por el cuidado y providencia que debían tener de los indios que se pusieron debajo de su fe y amparo.» Hace notar Solórzano, siguiendo la opinión del obispo de Chiapa, que los encomenderos, atendiendo más a su provecho y ganancia que a la salud espiritual y temporal de los indios, les hacían trabajar de un modo excesivo, y aun los fatigaban más que a las bestias. Tiempo adelante, los reyes no sólo procuraron corregir los abusos de los encomenderos, sino que los cortaron de raíz.

Es evidente que el sistema de las encomiendas aprovechaba al Rey y a sus súbditos españoles. Era aquello el feudalismo medioeval, aunque más ventajoso para el soberano. Por lo que respecta a los indígenas, si parecía a primera vista que el servicio personal había sido abolido, quedando sólo el tributo del dinero, en realidad no había sido así. Si la ley prohibía el servicio personal, la práctica lo autorizaba. El indio, dígase lo que se quiera en contrario, se hallaba sometido a un amo que tenía sobre él poder despótico y arbitrario derivado de la costumbre, ya que no de la ley. Si el Rey había limitado el gravamen de los indios al pago de un tributo, accedió luego a que trabajasen personalmente en las faenas agrícolas, en la crianza de ganados y en la explotación de las minas. Trasladaremos aquí las palabras del distinguido escritor peruano don Enrique Torres Salamando, acerca de las encomiendas: «Quejas inauditas—dice—, acusaciones innumerables se lanzan hoy contra el establecimiento de las encomiendas; pero es necesario, para juzgar desapasionadamente las instituciones, remontarse a la época en que tuvieron origen, examinar con detenimiento si fué posible por otros medios satisfacer el propósito que se anhelaba conseguir. Estamos persuadidos—añade—de que si hoy estuviera en vigor la legislación que debió regirlas y se cumpliera con estrictez, nuestros indígenas no habrían llegado al estado de abatimiento y degradación en que se encuentran»[658].

A todo esto nos creemos obligados a hacer algunas observaciones. Es obvio que aventureros y conquistadores, más codiciosos los primeros que los segundos, se fijaron principalmente en el descubrimiento de minas de oro y plata, las cuales se hallaban en tierras elevadas y montuosas. Los conquistadores obligaron a los indios a dejar sus viviendas de las llanuras y a establecerse en las cercanías de las minas, encontrando allí las causas de su muerte: eran éstas la insalubridad del terreno y el excesivo trabajo. También había que agregar las enfermedades que diezmaban a los indios, siendo la principal la viruela. No de otra manera se explica la rápida despoblación que sufrieron algunas comarcas de las Indias. Los reyes y los gobiernos no siempre pudieron, ya por la distancia, ya por otros motivos, poner coto a las demasías de conquistadores y aventureros, resultando por ello la despoblación cada vez más grande.

Por el Concilio Limense II, p. 2, c. 80, pág. 57, se dispuso lo siguiente: «Que la muchedumbre de indios que está esparcida por diversos ranchos, se reduzcan a pueblos copiosos y concertados, como lo tiene mandado Su Majestad Católica.» Es evidente que los reyes y príncipes pueden mandar, obligar y forzar a sus vasallos, que viven esparcidos en los montes y campos, a reducirse en poblaciones[659]. Era natural que los conquistadores y colonizadores, después de arrostrar tantas fatigas y penalidades, quisiesen ganancia pronta y considerable, lo cual no podía conseguirse sin la explotación de los pobres indígenas. Tampoco tenemos inconveniente en admitir que el gobierno de la metrópoli llevaba su bondad al extremo de no querer nada que pareciese carga o vejación de los indios. En este dilema recurrió el gobierno á un término medio, creyendo que conciliaba los intereses de los conquistadores y de los conquistados, de los civilizadores y de los civilizados, sin que por ello perdiese la soberanía de la Corona. Veamos en términos breves y sencillos el fundamento de plan tan ingenioso y a la vez tan seguro. Para que los indios no viviesen divididos y separados por aquellas extensas sierras y por aquellos elevados montes, privados de todo beneficio espiritual y temporal, sin socorro de los ministros reales, se dispuso que fuesen reducidos a pueblos. Poniendo manos a la obra, las viviendas de los salvajes se convirtieron pronto en aldeas. La reducción y población había de realizarse «con tanta suavidad y blandura, que sin causar inconvenientes, diese motivo a los que no se pudiesen poblar luego, que viendo el buen tratamiento y amparo de los ya reducidos, acudiesen a ofrecerse de su voluntad»[660]. Para la formación de los mencionados pueblos, debían elegirse lugares «que tuviesen comodidad de agua, tierras y montes, entradas y salidas, y labranzas, y un egido de una legua de largo, donde los indios pudiesen tener sus ganados, sin que se revolviesen con otros españoles»[661]. Reservaban los reyes para la Corona muchas de las reducciones, en particular las de las cabeceras y puertos de mar; encomendaban o concedían las restantes a los individuos que les eran más gratos.

A su vez, los agraciados en las encomiendas o encomenderos, como correspondiendo a la gracia real, quedaban sujetos a las siguientes obligaciones:

1.ª Defender las personas y haciendas de los indios que tuvieran a su cargo, procurando que no recibiesen agravio alguno[662].

2.ª Edificar en las reducciones iglesias, proveyéndolas de todos los ornamentos necesarios, y sostener sacerdotes para que enseñasen a los indios la doctrina cristiana y administrasen los Santos Sacramentos[663].

3.ª Tener armas y caballos para defender la tierra en caso de guerra, y hacer en determinados tiempos sus correspondientes alardes con el objeto de hallarse siempre dispuestos, debiendo salir a campaña a su propia costa, si se les mandare[664].

4.ª Tener casas pobladas en las ciudades cabezas de sus encomiendas[665].

5.ª No podían ausentarse de la provincia y sólo para asunto preciso podía el gobernador otorgarles cuatro meses de licencia; pero obligándoles a dejar escudero que hiciera sus veces. Si era para ir a España y traer sus mujeres, se les concedían dos años[666].