Ahora bien: si para una sola sala de un rejente, cinco ministros y dos fiscales hay ademas de sus tareas ordinarias tantos cargos y comisiones de tanta gravedad y ocupacion como asi es, ¿como puede concebirse que se administre pronta justicia en ningun ramo? Es imposible que suceda lo que se debe desear en este particular, ínterin no se remuevan con mano fuerte todos estos obstáculos, bastante cada uno por sí solo á entorpecer y dilatar, lo que no se puede sujetar á cálculo, la marcha de los asuntos judiciales.

Pues aun hay mas, y no menos grave, porque este es un obstáculo natural, que si bien puede removerse en alguna parte, nunca lo será del todo, al menos en muchos años. Mas de la mitad de las provincias son ultramarinas, respecto de la capital Manila, situada en la Isla de Luzon ó Nueva Castilla: en muchas de ellas los viajes están sujetos á Monzon; esto es, al tiempo ó estacion determinada para venir y volver á sus puertos; y aunque el establecimiento de correos, planteado por todas las Islas segun lo dispuesto en 1837, pueda influir alguna cosa, será muy poco ó nada; pues ínterin las Islas no tomen el vuelo de prosperidad necesaria para tener vapores que crucen en el Archipiélago[8], este obstáculo, natural por sí solo, causará retrasos y dilaciones, que solo podrá remover un nuevo plan y planta de las alcaldías y correjimientos, que es lo que se espresará al final de esta materia.

§. III.

De los alcaldes mayores y correjidores.

Demostrados los muchos y graves obstáculos que se oponen para que la administracion de justicia en Filipinas sea tan pronta cual es de desear ante el tribunal superior, ó sea de segunda y tercera instancia, se sigue manifestar los mas graves que median en los juzgados inferiores, pues aunque distintos en mucho á los enunciados, no son ni menos graves y dignos de la atencion del Gobierno como aquellos, y de la consideracion de los Cuerpos colejisladores en su dia, para que se procure removerlos en cuanto ser pueda, y al darse la ley especial para nuestras provincias de Ultramar, se tengan presentes y en lo que el Gobierno haya dejado de hacer, se perfeccione la obra, y queden removidos completamente, empezando una nueva marcha mas análoga y propia de los adelantos de aquellas provincias, y que les facilite consumar la rejeneracion perfecta de un ramo tan importante como el de que se trata, y sacar de él los frutos que todos apetecen y corresponde.

Son mas infelices las provincias de Filipinas en los juzgados inferiores para que se les administre pronta justicia de lo que son ante la audiencia del territorio; porque si en esta las muchas y graves atenciones que pesan sobre su corto número de ministros es por sí solo una causa grave de dilacion, entregadas las provincias á alcaldes mayores y correjidores legos (la mayor parte militares), y todos dedicados principalmente al cuidado y fomento de sus intereses por medio del comercio, y aplicados á recaudar fondos, cuya cobranza está á su cargo, para con ellos adelantar sus fortunas, en los actos de justicia no toman mas parte ó interes, por lo jeneral, que el lijero que ofrece suscribir las actuaciones que exijen su firma, pues todo trámite jeneralmente se ordena por direccion de letrado, á cuyo fin pasan las causas, pleitos y procesos á Manila para asesorarse, en razon de que en las provincias no hay letrados establecidos, escepto aquellas dos ó tres que se hallan inmediatas á Manila.

Las causas criminales se forman principiando una que se llama sumaria, el gobernadorcillo[9] del pueblo donde ocurre el suceso que la motiva, instruyendo las primeras dilijencias, las mas veces ó casi todas en idioma del pais, por no saber el castellano, y con cuatro mal tomadas declaraciones á los reos, si los hay, da cuenta al alcalde mayor ó correjidor. Este en falta de intérprete examinado y aprobado, y para poderse imponer de lo que se ha escrito, dispone desde luego el auto, mandando traducir al castellano aquellas dilijencias por un indio cualquiera que entienda algo de nuestro idioma, y continúa con el mismo indio ú otro que titula intérprete, las declaraciones del sumario que le parece, y con la misma ignorancia en la práctica de los juicios que lo empezó el gobernadorcillo. ¿Son acaso estos elementos los mas á propósito y aptos para empezar una causa? Pues asi pasa ni mas ni menos; asi sucede por desgracia.

En el estado que le parece al alcalde mayor ó correjidor, provee otro auto de remision de lo actuado para un letrado de la capital, que en vista de ello lo asesore y dicte los trámites y dilijencias que procedan en justicia; con lo cual aquello ya es negocio olvidado, hasta que vuelvan las actuaciones con dictámen del asesor, y suelen á veces pasar muchos dias, y aun semanas y meses, solo para esperar oportuna ocasion de remitir la sumaria al asesor hasta que haya buque ó pasajero que pueda llevarla, y esto ya se ve que sobre la dilacion es poco seguro; mas suele quedar testimonio de todo en el juzgado.

Como la sumaria se forma por lo regular con muchos defectos, van y vuelven del juzgado á Manila, y de aqui á la provincia algunas veces, hasta que el asesor, el alcalde mayor ó correjidor y gobernadorcillo logran entenderse, que suele ser con mucha dificultad y trabajo, y siempre con el retraso consiguiente y proporcionado á la distancia de la provincia. Entre tanto muchas dilijencias esenciales se pierden ó se hacen irreparables é inútiles por la tardanza, y como en la averiguacion de los hechos criminales lo que no se adelanta en las primeras dilijencias, rara vez se adelanta despues, es muy raro ver una sumaria averiguacion bien instruida.