El señor D. Felipe 2.º en 15 de Noviembre de 1597 mandó que de las rentas de la bailia general de Aragon se diesen cada año al rector 436 sueldos, y D. Felipe 4.º en 6 de abril de 1664, ordenó á los inquisidores del tribunal de Zaragoza, contribuyesen con 50 escudos de la renta del horno, y en abril del mismo año que de la hacienda de su real palacio le diesen todo lo que hubiese menester para el culto divino. En la actualidad goza el rector de 300 rs. mensuales, que cobra por el habilitado del E. M. de la plaza. Sin asignacion para jocalias y culto, abolido además el diezmo y la primicia, necesariamente debe reinar la miseria en un templo que podia haberse enriquecido con los despojos de los conventos.

Como es parroquia la Aljafería tiene libros parroquiales, y los que hoy existen principian por la partida de bautismo de José Pedro León Guiralt en 29 de Junio de 1687: pero al primer folio de este libro hay una certificacion de D. Simon Cenon de Rojas, secretario de la inquisicion en que dice haberlo entregado de órden del santo tribunal al rector D. Francisco Ferrery Berges, y haberse quedado en el archivo del citado tribunal por justas causas el tomo anterior que comenzaba en el año 1587.

Para no omitir nada de lo que tenga relacion con la Aljaferia, haré mérito de una preciosidad que se pretende contuvo por algun tiempo su capilla. Briz Martinez[66] trae un documento que se dice otorgado á 26 de setiembre del año 1399, cuyo contenido se reduce á que el rey D. Martin deseaba adquirir y tener en su capilla un caliz de piedra, en que N. S. Jesucristo consagró la noche de la cena, y que S. Lorenzo adquirió del santo pontífice Sixto, de quien era diácono y discípulo, y habia venido á parar á S. Juan de la Peña: que para hacer esta peticion deputó al reverendo Antonio arzobispo de Atenas, y que reunidos los monges en capítulo deliberaron entregarlo, de lo cual el dicho arzobispo, y Bernardo prior, hicieron relacion al rey D. Martin que estaba en su capilla menor de la Aljaferia, y allí le entregó ó presentó el prior este cáliz, y después de haberlo recibido en sus manos, el rey en agradecimiento dió al prior otro de oro de cinco marcos de peso de Zaragoza, cuyos esmaltes y figuras se particularizan en el mismo instrumento, con obligacion de que los monges no lo pudiesen vender ni empeñar. Esta escritura se halla testificada por Berenguer Sarta secretario del rey, y se espresa haber sido estraida del archivo de Barcelona. Este cáliz, segun refiere Briz, estuvo en la capilla de la Aljafería hasta que el rey D. Juan, que era gobernador de los reinos de Aragon por su hermano el rey D. Alonso, que estaba en la conquista de Nápoles, lo dió en 18 de marzo de 1437 á la iglesia de Valencia. No entro en el exámen del fondo ó sustancia de los hechos que refiere este documento, y solo me limito á manifestar las creencias y lo que consta históricamente que se hizo segun ellas[67].

CAPÍTULO OCTAVO.

DE LOS HUERTOS Y AGUAS

de la Aljaferia.

Que habia un huerto destinado sin duda al recreo de la magestad, lo prueban dos documentos del Rey D. Martin, dado el uno en Valencia á 7 de marzo de 1403,[68] y el otro en Segorve á 14 de Julio del mismo año, y autorizados por Nicolás de Campelles que entonces regentaba la cancillería. En el primero se hace mencion del recurso que le había dirijido Ramon de Torrellis jurisperito de Zaragoza, exponiendo que D. Pedro padre del D. Martin, por documento fechado en Monzon á 12 de Octubre de 1383, dió graciosa y perpetuamente á Gil de Sada, camarero de dicho rey y merino de la espresada ciudad, para sí y los suyos el agua sobrante, despues de regado el huerto de la Aljafería, cuyo derecho vendió Gil á Torrellis; y como algunos pretendian regar en su perjuicio los huertos y posesiones que estaban debajo de la Aljaferia, manda el Rey D. Martin que no se le ponga ningun impedimento, y encarga al merino y sus oficiales que le amparen vigorosamente. En el 2.º documento, dirigido tambien al merino y los oficiales de Zaragoza, habla el mismo Rey D. Martin del abuso que intentaba hacer del agua Ramon de Torrellis, el cual pretendia aprovecharse de ella despues de regado el huerto menor, y no el mayor de la Aljaferia; de lo que se seguia que se secasen los árboles y plantas de dichos huertos, particularmente en los meses de calor: y el Rey D. Martin dice, que así como no quiere causar perjuicios á sus súbditos, tampoco quiere que se le causen, y que su mente no fue de ningun modo el que se aprovechase Torrellis del agua, sino despues de regados los dos huertos de la Aljaferia, y en esta forma declara el sentido de los anteriores despachos.

Cual fuese la importancia de estos dos huertos y tierras, lo demuestra otra escritura otorgada en Zaragoza á 5 de Agosto de la era de 1344,[69] que equivale al año 1306 por testimonio de Guillermo Porta, de la cual resulta que el tutor y curador legítimo de Peregrin, Teresa y Gracia pupilos, hijos de Peregrin Baldovin y de doña Gracia Martin Tarin su muger, con la judicial licencia y facultad que le concedió Guillermo de Cavaldós, Zalmedina[70] de Zaragoza, pasó á vender al Excmo. Príncipe y Sr. D. Jaime 2.º rey de Aragon, perpetuamente la mitad de las aguas del rio Huerba, que pertenecia á dichos pupilos por su padre, y que tenia el nombre de agua del Sr. Rey, recibiéndola y cogiéndola continuamente en el azud de la acequia de la Romareda, término de Zaragoza, desde la hora de vísperas del sábado hasta la misma del domingo 1.º siguiente, por precio de mil y quinientos sueldos jaqueses, que confesó haber recibido de S. M. por mano de Estéban de Roda de su real casa y familia. En esta escritura se expresa, que los demás bienes que se habian tratado de vender, no encontraron comprador, y que de esta mitad de agua se ofrecieron 1500 sueldos ad opus Domini Regis, para la obra del Sr. Rey, que seria indudablemente en la Aljaferia, pues no consta que nuestros reyes diesen este título á otra.

Este mismo monarca D. Jaime 2.º en un despacho fechado á 7 de los idus de Marzo del año 1311,[71] dice á Guillermo Palacin, que por otro ya le habia mandado, que del agua que se toma á ciertas horas para la obra de la Aljaferia, dé y complazca á la Priora y comunidad del monasterio de predicadores, para regar un huerto de dicho monasterio, mientras que no se necesitase para la Aljaferia, y que como esta agua no puede atravesar, sino se construyen arcos ó alguna obra en el foso, que hay entre el monte de la Aljaferia y el muro de tierra de la ciudad, por cuyos arcos pueda pasar, manda, que se le permita al prior ó procurador de ellas la obra necesaria en el foso sin perjuicio de nadie. Este documento hace ver la abundancia de aguas que tenia la Aljaferia, y que todavia existian entonces el foso y muro de tierra de que se ha hablado anteriormente. La otra carta ó despacho, á que se refiere en el privilegio citado, fue dado tambien en Valencia en las nonas de Marzo de 1311, y en él hizo la concesion á las monjas á virtud de la súplica que le dirigieron.