MARIANA.

Déjeme vuesa merced llorar, que con esto descanso. En los reinos y en las repúblicas bien ordenadas habia de ser limitado el tiempo de los matrimonios; y de tres en tres años se habian de deshacer, ó confirmarse de nuevo, como cosas de arrendamiento; y no que hayan de durar toda la vida, con perpétuo dolor de entrambas partes.

JUEZ.

Si ese arbitrio se pudiera ó debiera poner en práctica, y por dineros, ya se hubiera hecho; pero especificad mas, señora, las ocasiones que os mueven á pedir divorcio.

MARIANA.

El invierno de mi marido, y la primavera de mi edad: el quitarme el sueño, por levantarme á media noche á calentar paños y saquillos de salvado para ponerle en la ijada, el ponerle ora aquesta, ora aquella ligadura, que ligado le vea yo á un palo por justicia: el cuidado que tengo de ponerle de noche alta la cabecera de la cama, jarabes, lenitivos, porque no se ahogue del pecho; y el estar obligada á sufrirle el mal olor de la boca, que le huele mal á tres tiros de arcabuz.

ESCRIBANO.

Debe de ser de alguna muela podrida.

VEJETE.

No puede ser, porque lleve el diablo la muela ni diente que tengo en toda ella.