Otro de los argumentos en que se fundan los proteccionistas es que, los productos que se compran al estrangero, son otros tantos tributos que se les paga. A creerseles habria que admitir que un pais pudiera comprar, cuando no tenia frutos que vender. A la verdad que no sabemos como un pais podria comprar al estrangero, sin que la masa de sus producciones, fuese suficiente para contrabalancear sus egresos, pues á no ser los paises mineros que producen oro, no sabemos como un pais puede estar siempre comprando al estrangero, pagándole tributos, sin que se agoten sus fondos, desde que la masa de lo que vende al estrangero no subsana el importe de los fondos que emplea en sus compras.
Pero véamos como dá en tierra con toda esta teoria el eminente estadista Mr. de Molinari:
“¿Puede defenderse aun el sistema proteccionista bajo el punto de vista del interés general del pais, considerado como vendedor y comprador? Los proteccionistas afirman que al hacer un cambio con el estrangero se le paga un tributo. ¿Pero, no es una verdad incontestable que los productos se compran con productos; y puede pagarse un tributo á gentes de quienes está uno plenamente libre para no comprarles sus productos? Este tributo que no se le pagaria al estrangero bajo el régimen de la libre concurrencia, se paga en realidad al productor nacional, bajo el réjimen de la proteccion.”
Considerada esta cuestion bajo estos dos puntos de vista, véamos si el sistema proteccionista tiende siquiera á conservar ese espíritu de equidad que debe reinar entre todos los miembros que pertenecen á una misma sociedad.
Tanto se ha escrito ya sobre la materia que nos ocupa, que para refutar á nuestro adversario casi no tenemos otro esfuerzo que hacer que copiar testualmente las palabras de los economistas.
El mismo autor citado, dice, sobre el particular, lo siguiente:
“La justicia y la libertad son ellas mejor respetadas por el sistema protector?—Yo ejerzo una profesion liberal, soy profesor, artista, hombre de letras. ¿Se impide á los profesores, artistas, y literatos extrangeros venir á hacerme concurencia en el mercado nacional? No: no se piensa en eso. Ninguna prohibicion existe en favor de mi trabajo. En cambio multitud de protecciones, prohibiciones, y otras exacciones se levantan contra mi renta. Estoy sometido á la concurencia del universo en cuanto à la mercancia que yo vendo: estoy obligado á pasar por las horcas caudinas del monopolio en cuanto al mayor número de las mercancias que compro. Mi vecino que es fabricante de terralla, de cristales, de quincalleria, me vende su mercancia, al precio protejido, en tanto que yo le vendo la mia á un precio de concurrencia. ¿Es esto igualdad? Es esto justicia?”
Ahora mirémosla bajo el punto de vista de la libertad, por que, como dice muy bien Mr. de Chevalier, la libertad civil no es solamente la libertad de pensar y la libertad de conciencia, no es solamente la libertad de la persona y el respeto del domicilio, la libre defensa de los acusados y el juicio por medio de los jurados, sino un derecho mas vasto y general, el de emplear sus facultades conforme à su vocacion y á su pensamiento.
¿Pero es libre el hombre de emplear sus fuerzas, su inteligencia, y sus capitales, cuando por medio de exhorbitantes derechos se le obliga á comprar recargados en el mercado, los productos nacionales, en tanto que allí mismo pudiera obtenerlos mas baratos y quizá mejores, aunque elaborados en el extrangero?
Pero, otro de los argumentos que se nos ha hecho es, que necesitamos de estos sacrificios por un tiempo determinado, para llegar con el tiempo á obtener nosotros esos productos en todo su desarrollo. Pero este argumento, que es el mismo que opusiera Mr. Rœderer, el proteccionista norte-americano, está ya contestado en la parte en que hicimos mencion de la proteccion ofrecida á la fabricacion de los algodones en los Estados-Unidos, y en las demostraciones que hemos hecho sobre lo innecesario de entrar á crear industrias artificiales, y á desviar el curso natural y espontáneo de las producciones de un pais cualquiera.