A juicio de la cancillería norteamericana no se podía crear semejante tribunal sin inferir grave ofensa a la soberanía de Haití. Para resolver la cuestión basta—decía Hay—con que por los poderes haitianos se le dé competencia a los tribunales para fallar los pleitos entre extranjeros.

(1901). Por el mes de marzo del año 1901, a la sazón en que Cuba se encontraba sometida al régimen interventor norteamericano establecido al cesar la soberanía de España, hallándose reunida en la Habana la Convención que debía redactar la Constitución Nacional y como parte de ella proveer y acordar las relaciones con los Estados Unidos, el Congreso de esta última nación fijó dichas relaciones en un proyecto de ley, conocido vulgarmente con el nombre de Enmienda Platt y cuyas disposiciones se exigió figurasen como un Apéndice de aquella Constitución y que fuesen objeto además de un Tratado Permanente entre las dos Repúblicas. El art. I de dicha Ley es del tenor siguiente:

El Gobierno de Cuba nunca celebrará con ningún Poder o Poderes extranjeros ningún Tratado u otro convenio que pueda menoscabar o tienda a menoscabar la independencia de Cuba ni en manera alguna autorice o permita a ningún Poder o Poderes extranjeros, obtener por colonización o para propósitos militares o navales, o de otra manera, asiento o control sobre ninguna porción de dicha Isla.

Este mismo año, en el mensaje anual del Presidente Roosevelt, del día 3 de diciembre, se hacen extensas consideraciones sobre la doctrina de Monroe. A juicio del insigne estadista, dicha doctrina no tiene otra finalidad que no sea la de impedir que las naciones de Europa adquieran territorios en perjuicio de las Repúblicas de América; sin que los Estados Unidos pretendan derivar, en su provecho, consecuencias beneficiosas por el hecho de que la mantengan. He aquí sus palabras:

La doctrina de Monroe debe ser punto cardinal en la política exterior de todas las naciones de las dos Américas, como ya lo es en la de los Estados Unidos. Han pasado nada menos que setenta y ocho años desde que el Presidente Monroe dijo, en su Mensaje anual, que los continentes americanos no podrían ser considerados como objeto de futuras colonizaciones para Europa. En otras palabras, la doctrina de Monroe no es otra cosa que la declaración de que ninguna potencia, que no fuera americana, podría adquirir territorios en América, en perjuicio de alguna de sus naciones. No se trata de una declaración de hostilidad contra ninguna nación del Viejo Mundo, y mucho menos se trata de autorizar a unas naciones del Nuevo Mundo para que aumenten su poderío a expensas de las otras. Se trata, sencillamente, de que nos damos cuenta de que la paz del mundo se sostiene conservando la de este hemisferio.

Durante el siglo pasado, merced a otras influencias, se ha logrado mantener la existencia y la independencia de las naciones pequeñas de Europa. En América, merced a la doctrina de Monroe, hemos logrado mantener la existencia y la independencia de las naciones.

Esta doctrina es absolutamente ajena a las relaciones comerciales que quieran mantener las naciones de la América; se trata, efectivamente, de una garantía de la independencia comercial de esas naciones, y, a cambio de sostener dicha doctrina, no reclamamos preferencias comerciales. Pero tampoco impedimos que un estado, que no sea americano, tome las represalias que estime oportunas contra una nación de la América, con tal de que el castigo no traiga, como consecuencia, la adquisición de territorio.

Nuestro proceder con respecto a Cuba, constituye la mejor garantía de nuestra conducta. No tenemos el propósito de adquirir territorios en perjuicio de ninguno de nuestros vecinos. Queremos laborar con ellos mano a mano, y podemos declarar que los casos de su prosperidad y de su estabilidad política nos congratulan tanto como nos disgustan aquellos en que se entroniza el caos en la vida de la industria o de la política. Nosotros no podríamos contemplar a una potencia militar del Viejo Mundo cobrando fuerza e importancia en éste, sin que nos viéramos compelidos a convertirnos también en una nación militarista. La prosperidad de los pueblos de América queremos hacerla depender solamente del trabajo.

Nuestro pueblo está convencido de que sólo manteniendo la doctrina de Monroe podrá asegurar la paz de este hemisferio.

(1905). El año 1905 el Presidente Roosevelt aplica en una nueva forma la doctrina de Monroe.