En la cual dicha copia lo que por ella paresce que se repartió en las personas en ella contenidas suma e monta á ciento e diez e nueve pesos de oro, y en fin de la dicha copia está otro abto que dice en esta guisa:
El cual dicho repartimiento de suso contenido hicieron e mandaron dello dar copia e treslado á Diego de Soto, mayordomo del concejo desta villa, para que lo haya e cobre e guarde para que dello se disponga en las cosas que convenga de questa villa tiene nescesidad, e lo firmaron de sus nombres Fernando Cortés, Alonso de Mazuelo, Gonzalo Descobar, Luis de Brizuela.
Otra copia:
En la villa de Santiago, puerto desta isla Fernandina, en martes veinte e nueve días del mes de diciembre año del nascimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mill e quinientos e diez e ocho años, el dicho día los Sres. Fernando Cortés e Antonio Velázquez, alcaldes, e Andrés de Duero, regidor desta dicha villa, por presencia de mí Alonso Descalante, escribano público e del concejo, estando juntos en su cabildo dijeron, que por cuanto esta villa tiene nescesidad de dineros así para pagar á los procuradores Pánfilo de Narváez e Antonio Velázquez, que fueron á los reinos de Castilla, como para pagar á Diego Dorellana e Fernando Cortés, procuradores que fueron á la isla Española en nombre desta dicha villa, e para algunos gastos que esta villa ha fecho en las alegrías de la venida del Rey nuestro señor, e porque en este año no han repartido los cincuenta mill maravedís que la villa puede repartir, ahora los repartieron, e más doscientos castellanos para los dichos procuradores que fueron á Castilla, e más ochenta pesos para los dichos gastos, los cuales repartieron en las personas de suso contenidas, á unos por respeto de los indios que han tenido e tienen, no les perjudicando ni parando perjuicio á la exención que tienen por razón de sus personas e de sus oficios, e á otros por respeto de sus vecindades, e á otros por trato que han tenido e tienen en esta villa, e las dichas personas e contías que repartieron es lo siguiente:
Suman las contías contenidas en la dicha copia trescientos e ochenta e siete pesos de oro, e al pie de la dicha copia dice lo siguiente:
El cual dicho repartimiento hicieron, como dicho es así, por virtud de la facultad e poder que tienen para repartir los dichos cincuenta mill maravedís en cada un año, como por virtud de una licencia que tienen de los muy reverendos Padres Jerónimos[5] en nombre de Sus Altezas.
El cual dicho repartimiento firmaron de sus nombres e no hobo otro regidor que se hallase presente por estar absentes y el uno muy enfermo.—Fernando Cortés.—Antonio Velázquez.—Andrés de Duero.—Cristóbal de Lagos.—Por mandado de los señores, Alonso Descalante.
E sobre la dicha copia paresce que se hizo un abto que dice en esta guisa:
E después de lo susodicho viernes tres días del mes de diciembre de mill e quinientos e diez e ocho años, estando ahí metidos en su cabildo los Sres. Alonso de Mendoza, alcalde, e Baltasar Bermúdez e Andrés de Duero e Antonio Velázquez, regidores, en presencia de mí Pero Pérez, escribano de Sus Altezas y escribano público y del concejo desta dicha cibdad, dijeron que por cuanto en el repartimiento que fué fecho este otro año pasado por los oficiales que á la sazón eran del dicho concejo, por inadvertencia e no mirando en ello, repartieron en esta copia á ciertas personas ciertas contías de pesos de oro siendo exentas, e no se debiendo repartirles cosa alguna, de cuya cabsa se han sentido por mí agraviados e pedido sobre ello lo remediasen los dichos señores, e queriendo remediar e proveer cerca del dicho agravio, mandaron á Antonio de Valladolid, mayordomo del dicho concejo, que trajese ante ellos esta dicha copia.
La cual trujo, e traida, mandaron quitar e quitaron del dicho repartimiento las personas siguientes: