Los primeros capítulos de esta respuesta, hasta el décimotercio inclusive, se refieren á las diferencias que hubo entre Hernán Cortes y la segunda Audiencia antes que llegase á Méjico su presidente Ramírez de Fuenleal, y consisten especialmente en la cuenta de los 23.000 vasallos que se le habían concedido, en los derechos que había de tener en el territorio de que se le había hecho donación en pago de sus servicios, y los que debían conservar los vecinos que en ellos morasen, especialmente en el aprovechamiento de maderas, pastos, aguas, etc., en lo que, bajo el aspecto militar, constituían los deberes y prerrogativas del Marqués, y en las cosas referentes á la conquista de Xalisco. Como ya hemos dicho, todos éstos y otros asuntos se resolvieron satisfactoriamente por el nuevo Presidente, quien, según afirma el cronista Herrera, trató á Cortés con aquellas consideraciones que merecía por sus grandes calidades y por los servicios extraordinarios que había hecho al Emperador, á cuyo cetro sometió, sin ningún sacrificio de la metrópoli, y con tan escasos medios, un nuevo Imperio, vasto y riquísimo.
Los capítulos XIV y XV de este interesante documento se refieren á la Orden de Santo Domingo, y tiene el primero por objeto el derecho de asilo eclesiástico, sobre cuyos límites y condiciones se dice que se enviará cédula especial; y acerca de la creación de nueva provincia de la Orden en Nueva España, se dice en el párrafo quince que se platicaría en el Consejo y con los jefes de la Orden sobre este particular.
Muéstrase la Emperatriz satisfecha en el cap. XVI de que se hayan designado las personas que vayan por las provincias á hacer las descripciones de ellas, «porque como veis (dice S. M.), este es el principal articulo que conviene proveer para la perpetuidad de essa tierra, porque con ella se ha de dar orden de la manera y en el estado en que han de quedar las cosas para adelante».
Aprueba también S. M. la fundación de la ciudad de los Ángeles entre Tlascala y Cholula, que, como se ve por este documento, no fué obra del presidente Ramírez de Fuenleal, según afirma Herrera, sino de los oidores de la segunda Audiencia, antes de que aquél llegara á su destino. Para el fomento de la nueva población se otorgaron á sus vecinos amplios privilegios, se le dió el título de ciudad y se les exceptuó por treinta años de la alcabala.
Sólo de una cuestión de encomienda de indios á favor del comendador Proario trata el cap. XVII, aprobando la resolución de la Audiencia, remitiendo el asunto al Consejo; en el siguiente se trata de la creación y delimitación de obispados, pues no bastaba, aparte del de Méjico, el de Tlascala, ya establecido, á causa de las enormes distancias á que estaban varias de sus poblaciones.
Aprueba S. M. en el cap. XX que los oidores hubieran nombrado para el cargo de alguaciles á algunos indios, y les reconviene por no haberles nombrado regidores; «pues aunque os parezca (dice S. M.) que al presente no tienen habilidad para regir todavia, aprovechará para que tomen alguna noticia de la orden y manera de vivir de los españoles». Como se ve, el Gobierno de la metrópoli insistía en esta idea, acerca de la cual ya hemos dicho lo bastante sobre su conveniencia y su justicia.
Trata el cap. XXI de este documento de cuatro de la carta de los oidores, á quienes contesta «en qué se ocupaban de la desorden y mala manera de policia que tenian las poblaciones de aquella tierra». En efecto: aunque se presentó á los conquistadores españoles la ciudad de Temistitlán (Méjico) con las apariencias de una civilización muy adelantada, y aunque se confirman sus apreciaciones en la obra del presidente Sahagún, titulada Cosas de Nueva España, no debe olvidarse que el Imperio de los aztecas era resultado de una conquista de esta raza sobre otras que de más antiguo poblaban el Anahuas y los territorios que á uno y otro lado se extendían hasta el Atlántico y el Pacífico, y que todavía se hallaban en un grado de civilización muy inferior; por lo que, á pesar de lo dicho por conquistadores y frailes acerca de las maravillas del Nuevo Mundo en la época en que lo descubrimos, no debe formarse un concepto que no respondería á la realidad, sin que neguemos que las civilizaciones azteca, maya y peruana, á juzgar por los restos que de ellas quedan, llegaron á aquel grado de cultura en que las asociaciones humanas logran constituir nacionalidades; que por lo que sabemos de las del Nuevo Mundo, debían ofrecer notables analogías con los antiguos Imperios asiáticos. Pero, como va dicho, en la mayor parte del continente americano la población autóctona vivía á nuestra llegada, así en las islas como en la tierra firme, dispersa en pequeños grupos, determinados probablemente por los vínculos de la sangre, y sabido es que este estado social inspira á los que en él se hallan una gran repugnancia hacia la vida de las ciudades y á los sacrificios y molestias que ella impone, por lo cual ofreció grandes dificultades, al principio de nuestra dominación en América, reducir á los indios á lo que con exactitud puede llamarse vida civil; siendo además una dificultad la dispersión de los habitantes para convertirlos á la fe, que siempre se presenta en las disposiciones gubernativas de los Monarcas como el primero y principal fin, al par que como el fundamento de su soberanía en los países nuevamente descubiertos; y como la manera de realizar el propósito de reunir en ciudades y villas á los indios presentaba obstáculos que en la metrópoli no podían ser bien apreciados, se decía á los oidores en el capítulo de que nos vamos ocupando: «pues teneis la cosa presente, proveereis en ello lo que más viéredes que conviene; pero si os paresciere que no puede traer inconvenientes, hareis la experiencia poco á poco y no de golpe»; indicación inspirada por la prudencia, y que dió al cabo los resultados á que se aspiraba en la vasta región de Nueva España, aunque, como se sabe, persisten todavía principalmente en la América del Sur tribus indias en estado salvaje.
Á varios particulares se refiere el cap. XXII de estas respuestas: primeramente se aprueban las medidas adoptadas por la Audiencia para socorrer á los diez ó doce conquistadores tollidos de bubas[2] que están en esa ciudad; después de esto, y bajo secreto, se encarga á los oidores que envíen á España el hijo de Moctezuma y otro pariente suyo, á quienes de vuelta de su primer viaje á la Península no querían recibir en Méjico, encargándose á los mismos oidores, respecto al nombrado hijo de Moctezuma y su pariente, «que vengan (de nuevo á España) proveidos de lo que ovieren menester, sin que se les de á entender que de acá se os escribe, antes certificándoles que les conviene venir para que su magestad les haga merced en lo del repartimiento general que se ha de hacer». Sabido es que los descendientes del último Emperador de Méjico recibieron en España las distinciones honoríficas más elevadas, y que se mezclaron con nuestra aristocracia, á la que han pertenecido todos sus descendientes; por último, en este capítulo se encarga á los oidores que «envien luego una relacion particular de quantos caziques hay en su territorio, de su importancia y de los tributos que les pagaban sus súbditos».
[2] Excusado es decir que la sífilis, endémica en América, causó grande estrago en los españoles que allá fueron, y que la importaron á España.