La Reyna:

Don Antonio de mendoça nuestro virrei e governador de la nueva españa, presidente de la nuestra audiencia e chancilleria Real que en ella rreside: Bartolome de çarate, en nombre dela ciudad dela veracruz me ha echo relacion que muchas vezes acaesce algunas personas desa tierra que biven en parte caliente y no se hallan sanos en ella, y otros que biven en tierra fria querer trocar sus yndios los unos con los otros por les estar mas a su proposito y mudar sus biviendas por estar mas sanos y que por no se lo permitir lo dexan de hazer, y me suplico en el dicho nombre toviese por bien que cada y quando un vecino con otro quisiese trocar sus yndios lo pudiese hazer o como la mi merced fuese, lo qual visto por los del nuestro consejo de las Indias fue acordado que deviamos mandar dar esta mi cedula para vos, e yo tovelo por bien, porque vos mando que cuando acaesciere semejante caso, y satisfaziendos vos que en ello no ay fraude ni engaño ni se haze el trueco sino por la causa sobre dicha, lo permitais. Fecha en Valladolid a ocho dias del mes de Abril de MDXXXVIII años. Firmada y refrendada y señalada delos dichos.


177.

(Año de 1538.—Mes de Abril 16, Valladolid.)—Cedula que manda a la audiencia de Panama que den orden como se visiten las boticas y medicinas dellas.—(A. de I., 109-1-7, lib. 6.º, fol. 195.)

La Reyna:

Nuestros oydores de la nuestra audiencia y chancilleria Real de la provincia de tierra firme, llamada Castilla del oro: yo he sido informada que a esta tierra pasan boticarios que llevan sus boticas de medicinas los compuestos hechos de aca, e que llegados alla se corrompen luego, e que convernia a la salud y vida de las personas que a essa provincia passan y en ella estan que no se curassen con medicinas corrompidas y dañadas, porque asi lo hazer seria causa que muriesse mucha gente. Y visto y platicado en el nuestro Consejo de las Indias, queriendo proveer en el remedio dello, fue acordado que devia mandar dar esta mi cedula para vos, e yo tobelo por bien, porque vos mando que en los tiempos que os pareciere hagays visitar las boticas de los boticarios que en essa tierra ouiere, y las medicinas y cosas que se hallaren corrompidas proveays que se derramen y que no se vendan en ninguna manera, pues veys el daño que se podria causar de venderse, e no fagades ende al. Fecha en la villa de Valladolid a diez y seis dias del mes de abril de mill y quinientos y treynta y ocho años. Yo la Reyna. Refrendada de Samano y señalada del conde y beltran y carvajal y bernal y velazquez.


178.

(Año de 1538.—Valladolid 16, Abril.)—Real Cedula para que los oficiales reales puedan ser regidores y tengan voz y voto en los Cabildos.—(A. de I., 87-6-1, lib. 3.º, fol. 57.)