Yo estoy ynformado que en la villa de San Cristoval de la Havana ansi para la utilidad del pueblo como principalmente para los navios que entran en el puerto, es cosa muy nescesaria que se truxese el agua que dicen de la Chorrera, hasta la villa, a donde estaría en comun provecho de todos, y por que yo tengo entendido ser obra muy probechosa y nescesaria, por que los navíos resciben mucho trabajo enbiar por el agua tan lexos con los bateles, a mucho riesgo, por ser la costa brava, y que a contecido ahogarse mucha gente de los que asi ban por agua, si vuestra Magestad dello fuere servido, se debe mandar que esta obra se haga, y para ello es necesario una real cédula de vuestra Magestad para que de las cosas que entraren en el puerto se cobre la cantidad que al governador y a otras personas a quien vuestra Magestad lo cometiere les paresciere para ayuda a la costa que en ello se hiciere, por que aunque la mayor parte de los señores de los navios huelgan dello, por serles tan provechoso, por ser nueva ynposicion, que preceda la licencia de vuestra Magestad[(4)].

Los oficiales de vuestra Magestad están tan divisos entre si, que me paresce cosa tan escandalosa, que rrequiere especial rreprehension de vuestra Magestad, por que aunque la culpa que tienen no sea en usar mal sus oficios, en lo que hasta agora tengo entendido, y son dignos de reprehension en no tener la prudencia que conviene para usar de sus oficios, de tal manera que los navios no dexen de venir a este puerto como dexan por yr desabridos de la reguridad con que cobran los derechos de vuestra Magestad, ques dar causa que por donde piensan aumentar el real patrimonio de vuestra Magestad, por allí se desminuye por no tener la templança que en otros puertos se tiene con los tratantes[(5)]. Lo que mas resultare podrá vuestra Magestad ynformarse de las quentas que se les toman. Nuestro señor la sacra cesárea católica Real persona de vuestra Magestad guarde y en mayores Reinos acreciente y de victoria contra los enemigos como los criados y vasallos de vuestra Magestad desean en Santiago de Cuba último de junio 1546.

De vuestra Sacra cesárea católica Real Magestad=muy cierto criado y leal vasallo que los Reales pies de vuestra magestad besa=Antonio Chaves.

Notas.—Al margen se encuentran estos decretos, correspondientes a los párrafos numerados.

[(1)] «grand reprehension y que lo ejecute.»

[(2)] «que se torne a escrivir al obispo.»

[(3)] «que lo comunique con los oficiales y enbien su parecer y lo que costará.»

[(4)] «que luego lo consulte y avise de lo que costara y lo heche por sysa.»

[(5)] «Reprehension.»