480.

(Año de 1552.—Agosto 25, Habana.)—El Concejo encarece al Consejo de Indias la necesidad de enviar artillería, pertrechos y recursos para la defensa de la fortaleza y puerto que es tan importante.—(A. de I., 54, 1, 32.)

Muy magníficos señores—Como siempre tengamos el celo y cuidado que al servicio de su Magestad se debe, nos pareció que era justo dar aviso a vuestras Señorías de que el presente en esta villa conviene para que, pues su Magestad descarga en vuestras señorias la mayor parte de todas las cosas que se ofrecen en estas partes de las yndias, provean el remedio en negocio de que tanta necesidad ay del, y es que ya vuestras señorias tienen entera noticia del puerto de esta villa ques escala forçosa de todos los navios que vienen de Nueva España, Tierra Firme y Honduras con cantidad de moneda, y lo mucho que ynporta a su Magestad, especialmente en tiempo de guerra con Francia, questé a buen recabdo, y el gran daño y pérdida que a su Magestad le bendria, si lo que Dios no permita, los enemigos lo tomasen e se apoderasen en este puerto; todo lo qual podrán hazer facilmente por la muy poca o casi ninguna defensa que tiene asi de fortaleza como de artillería, pólvora y municiones e gente y lonbarderos, sin los quales no se puede bien sustentar, e de todo esto damos relación a su Magestad por una carta que les escrivimos pidiendo remedio. Suplicamos á vuestras señorias que asi mismo le hagan saber la gran necesidad que ay del para queste seguro que como conviene a su Real servicio para que con toda brevedad sea servido de mandar probeer treynta negros e diez mil pesos para hazer la fortaleza, y para esto se enbien luego libranças bastantes para los oficiales de la Nueba España, y asi mismo que en los primeros navios se enbien a esta villa seis pieças de bronze gruesas, que sean dos cañones y dos culebrinas y dos medias culebrinas e cincuenta quintales de pólvora e munición de pelotas para las pieças, y que se provea de otro lombardero, porque uno no basta, y ocho honbres demas delos dos que hay agora. El alcayde Joan de Lobera, aquí tiene e con el cuydado e la buena diligencia que ay y avrá estará este puerto seguro, que, harto ynportante, como vuestras señorias tienen entendido, é porque creemos que vuestras señorias darán aviso á su Magestad de todo, no será necesario ynportunar en esta mas: de que si alguna cosa fuere necesario mandar nos recebiresmos muy gran merced en que nos avisen, porque lo haremos con toda volantad. Nuestro señor, las muy magníficas personas de vuestras señorias guarde con aumento de muy mayor estado como vuestras señorias lo desean. De la Habana XXV de agosto de 1552 años=Besan las manos de vuestras señorias=Joan de Rojas=Diego de Soto=Francisco Yebenes=Antonio de la Torre=Juan de Lobera=Pero Blasco=El Licenciado Armendariz= Alonso de Rojas=Por mandado de los señores Justicia y Regimiento=Francisco Perez de Borroto=Escriuano público y del Concejo.


481.

(Año de 1552.—Noviembre 1.º, Santiago.)—Testimonio de como el Gobernador Angulo hizo pregonar que cuantos tuviesen indios esclavos exhibiesen sus títulos: ninguno lo hizo y á todos declaró libres en la Habana, Santiago, Bayamo, Puerto del Príncipe, Trinidad y Baracoa, sucesivamente.—(Colec. Muñoz, t. LXXXVI, fol. 132.)


482.

(Año de 1552.—Noviembre 20, Habana.)—Testimonio dado por Francisco Pérez de Borroto de cantidades embarcadas para Castilla.—(A. de I., 2, 1-1/25.)

Yo Francisco Perez de Borroto, escrivano publico y del cabildo desta villa de San Christobal de la Havana, doy fee y verdadero testimonio á los señores que la presente vieren, en como despues quel muy magnifico señor dottor Gonçalo Perez de Angulo, governador desta ysla Fernandina, vino á esta dicha villa, que fué por el mes de agosto del año pasado de mill e quinientos e cinquenta, y en el mismo mes de agosto, entró en el puerto desta dicha villa una nao que venia de Honduras, en la qual benian quinze mill castellanos en oro y en plata de su Magestad, que los oficiales de la dicha provincia de Honduras enviaban ala casa de la contratacion de Sevilla, e paresciendole al dicho señor governador que los dichos quinze mill castellanos no yban a buen recabdo, hizo cierta ynformacion, la qual hecha los mando sacar e sacó dela dicha nao en que yban y los deposytó en poder de Juan de Rojas, vecino desta villa, y de su poder las saco y entregó á Sancho de Viedma, capitan general del armada de su Magestad, que vino a este puerto, para que los llevase con el demas oro y plata de su Magestad que llevaba a su cargo, conforme a las cédulas que de su Magestad traya para los rescebir, segund consta por los autos questan en poder de mi el presente escrivano, e asy mismo doy fee ques publica voz e fama, e yo asi lo he oydo, que la dicha nao en que los dichos quinze mill castellanos primeramente benian se perdió y nunca más parescio ni llegó á los Reynos de Castilla.