A esto no pareçe quel fiscal respondiese.
En la margen desta peticion está proveydo.
Sobre las varas que quitaron
á sus oficiales.
Yten dize el almirante en el diez é seys capitulo que reçibe otro agravio porque aviendo v. Alteza proveydo que pudiese poner é pusiese otros oficiales en lugar de los que hazian residencia é aviendo el dicho almirante proveydo é puesto por la merçed que v. Alteza le hizo, que yba yncorporada en las provisiones que en nonbre de vuestra Alteza dió, no fueron obedeçidas ni fueron consentidos los dichos oficiales syno en la cibdad de santo Domingo, donde el dicho almirante á la sazon resydia, los quales husaban de los dichos oficios, é al tienpo que fué el dicho licenciado Lebron á la ysla Española, estando en santo Domingo el dicho licenciado y los rregidoros de la dicha cibdad é los juezes de apelacion, quitaron las baras á los oficiales que dexó el dicho almirante é las tomó el dicho licenciado Lebron, aunque fueron requeridos con la cedula de v. Alteza, no la obedeçieron ni consintieron que los dichos oficiales truxesen varas ni usasen de la jurediçion de que v. Alteza hizo merçed dicho almirante, lo qual es en deservicio de v. Alteza é menosprecio de sus mandamientos reales. Suplica que se provea como los oficiales quel dicho almirante dexó puestos é á los otros que por él se pusieren en la dicha ysla, sean bueltas las varas, é que husen de la juredicion ordinaria, é quel dicho licençiado Lebron y sus oficiales no conozcan syno solamente en las cosas de residençia questaban pendientes antel dicho licenciado Ybarra, é que las comisyones que llevó é se le an cometido, sean derigidas á los oficiales del dicho almirante é usen dellas como si á ellos fueran derigidas.
El fiscal responde que no ay cabsa ny razon de se agraviar desto, porque de derecho está claro que durante el tienpo de la residencia no puede poner otros oficiales, é si los pusiese sería dar ocasion que no se supiesen las cosas mal hechas por sus oficiales, porque los defenderian los quel pusiese ó no se osarian quexar los agraviados.
No ay replica: está proveydo en la margen.
Sobre las varas que
quitaron á los
oficiales que tenía en
San Juan.
En el diez é siete capitulo dize el almirante que recibe agravio porque por la merçed que v. Alteza le hizo que pusiese otros oficiales en lugar de los que hazian residencia como dicho tiene en el capitulo pasado, el dicho almirante proveyó de los tales oficios en la ysla de San Juan á personas caballeros é hijos dalgo é les enbió é dió poder é provisiones para usar los dichos oficios yncorporado en ellas la çedula é merçed que vuestra Alteza hizo al dicho almirante, é los dichos oficiales presentaron las dichas çédulas en la çibdad de Puerto Rico en el cabildo della, é el licenciado Sancho Velazquez, que alli estaba por juez de residencia, tuvo manera que no se cunpliese, é las personas que las presentaron é abian de usar de los dichos oficios haciendo la solenidad que se requería, tomaron vara de justicia, el dicho licençiado hizo salir ciertas personas á los dichos oficiales del almirante é se las quebraron é les dixeron muchas descortesias é feas palabras. Pide y suplica que se mande proveer é que para castigar esto señalen un pesquisidor que vaya allá.
El fiscal no respondió.
Sobre el tiniente de almirante.