Deduciendose de todo la urgente necesidad que hay de que V. S. mande comprar un sitio contiguo p.ᵃ que en el se construian Galerias, Calabozos, Lugar común, y quartos p.ᵃ q.ᵉ se eviten las fatales consecuencias que amenazan, assí á la salud, y vida de mis recomendados, como á la de los demas individuos de esta Ciud.ᵈ y jurisdicción; punto el más grave que V. S. tiene que meditar; no siendo de olvidar que no ay carcel decente p.ᵃ los reos de distinción según la gravedad de sus delitos. En cuia consequencia y de la obligación de mi cargo, lo hago presente á V. S.ᵃ p.ᵃ q.ᵉ arbitrando medios, lo ponga inmediatamente en execución. Y más quando logra oy, por Virrey, G.ᵒʳ y Cap.ⁿ Gral. á el Ex.ᵐᵒ S.ᵒʳ D.ⁿ Juan Josef de Vertiz tan adicto y propenso al bien de la causa publica como la larga experiencia se lo ha manifestado á V. S. y tiene reconocido.—Por tanto y haciendo el pedimento que más convenga:
A V. S. pido y sup.ᶜᵒ que teniendo presente todo lo expuesto se sirva providenciar el más pronto remedio q.ᵉ exige tan recomendable objeto y p.ᵃ ello &.ᵃ
Man.ˡ Rodrig.ᶻ de la Vega.
B.ˢ Ay.ˢ y Diz.ᵇʳᵉ 24 de 1779.
En Acuerdo que celebró hoy dia de la Fecha se presentó y Leio esta representación, y enterados los Señores, después de conferenciado la Materia Dijeron que siendoles notorio todo lo que expone el S.ᵒʳ Rexidor Defensor de Pobres, y la nezecidad urgente de probeer su remedio para evitar las Funestas consecuencias que se pueden seguir, se dé Vista al Señor Síndico Prov. Gral., para q.ᵉ proponga los medios que conceptuaze más adaptables, consultando el estado actual de los empeños de este I. C. para el primer Acuerdo.—Así consta de éste á que me remito.
Pedro Nuñez,
Esc.ⁿᵒ P.ᶜᵒ y de Cav.ᵈᵒ.
M. I. L. C. J. R.