Ascenderá el perjuicio á ciento quarenta y nueve mil, cuatrocientos ochenta y nueve p.ˢ quatro r.ˢ p.ʳ mucho que se rebaxe, siempre quedarán: cien mil p.ˢ largos á favor de los discursos del Fiel Executor.

(Archivo General de la Nación, Buenos Aires.—Papees de Cabildo).

[1] Estos signos significan mil.


NUMERO 14

Reglamento que para el menudeo de Abasto, forma el Regidor defensor general de menors, Tesorero de Propios, y actual Fiel Executor y presenta al M. I. C. con el Arancel que de él se deduce, para que se sirva hacerlo examinar, y hallándolo conforme, mandar que se imprima y reparta á los Panaderos, Pulperos, y cualesquiera otros que al menudeo vendan las especies que comprende.

(Junio 18 de 1784)

Pan

La fanega de Trigo pesa de 8 á 9 arrobas. Antiguam.ᵗᵉ se daban 100 libras de Arina y 50 de semita por fanega, hoy se muele comunmente en piedras blancas, q.ᵉ dan mejor Arina, y menos porción—se regula en 90 libras de flor, y las 50 de semita, q.ᵉ reducidas á una común especie p.ʳ haber de pesar el pan bazo, el duplo q.ᵉ el blanco, son 115 libras, q.ᵉ reducidas á pan cocido producen 138 libras y son onzas 2208 se consideran 16 r.ˢ al panadero p.ʳ el travajo y costo de beneficiarlo, y medio r.ˡ de vendaje en cada peso.

Para saber las onzas que corresponden al r.ˡ de pan p.ʳ qualesquiera precio del Trigo, evitando la confusión q.ᵉ causan los quebrados, quítese la comisión del vendaje (que es de 16 partes la una) de las 220 onzas y el residuo 2070 partase generalm.ᵗᵉ por la suma del precio del Trigo, y los 16 r.ˢ del beneficio, y el quociente serán las onzas del r.ˡ cuya mitad corresponde al medio, al qual se le dará ó quitará el quebrado que resulte, según lo más ó menos que se le aproxime, ó diste de la ¼ de onza, q.ᵉ será el menor quebrado q.ᵉ señalará el Arancel.