Por el S.ᵒʳ Alguacil Maior se dijo: que del mismo modo se conformaba con el parecer del Sr. Alcalde de primer voto.
Por el Sor. Regidor dn. Joaquín Pinto se dijo que en la propia conformidad se conforma con lo expuesto por dho. S.ᵒʳ Alcalde á exepción de q.ᵉ en la gral. prohivic.ᵒⁿ de todo Carruaje grande y pequeño podría resultar grave perjuicio y demora al público en el trasporte de los géneros mercantiles ó efectos de Abasto que sin dificultad y quebranto no pueden disminuirse para su salida y entrada con Palancas y Cabalgaduras á lo interior de la Ciudad; por quanto siendo del superior agrado del Exmo. S.ᵒʳ Virrey se podrán permitir un número de Carros ó Carretillas pequeñas de la construcción y medida que se hallase por combeniente para que no sean capaces de descomponer las calles y puedan salir de parte (aunque con mayores costos y gravámenes) el basto trabajo que se practica con las grandes.
Por el S.ᵒʳ D.ⁿ Bernardo Gregorio de las Heras se dijo que así mismo se conformaba con lo expuesto por el S.ᵒʳ Alcalde de primer voto, excepto de la prohivición de Carruajes pues es de sentir que con esta le será muy graboso, y perjudicial al pub.ᶜᵒ y que para que no sea tan sensible es de parecer siendo del agrado de Su Ex.ᵃ el que se permita subrroguen en parte á las Carretas grandes y las que llaman de la Plaza las de cavallos vajo de la construc.ᵒⁿ que Su Ex.ᵃ tubiere á bien ordenar con el objeto de que en estas se puedan conducir lo más necesario, y principalmente la Carne y Pescado q.ᵉ no haviendo recoba medios p.ʳ este I. C. al presente p.ᵃ tenerla no hay en donde poder proporcionar esten estos Abastos tan precisos interín se venden preservados de la suciedad y al mismo tiempo pueden servir estas Carretillas de Cavallo para conducir lo que fuere preciso para la composic.ᵒⁿ de las Calles que es tan útil, y si verificado esto último se viese que aún esta clase de Carruaje fuese perjudicial para la concerbac.ᵒⁿ de la compostura se podrán prohibir totalm.ᵗᵉ la entrada de estas, porque no conceptuando el que puedan en el todo subrogar al crecido tráfico de las Carretas grandes y de las de Plaza, habrán los avitantes proporcionado otros medios para las conducciones de aquellas cosas más lijeras, y manuables, y por consiguiente le será para entonces menos gravoso al Público.
Por el S.ᵒʳ D.ⁿ Man.ˡ de Lezica se dijo: se conformaba con lo expuesto por el S.ᵒʳ D.ⁿ Bernardo Gregorio de Las Heras.
Por el Sor. dn. Juan Manuel Salinas se dijo se conformava con lo expuesto por el Sor. Dn. Joaq.ⁿ Pinto.
Por el Sor. Dn. Jaime Alsina se dijo se conformava con lo expuesto por los Sres. Alcaldes ordinarios, haviéndose concluído la botac.ⁿ en su consequencia acordaron los Señores de una voz y conformidad, que sacándose testimonio del expediente que obra sobre esta materia y del pres.ᵗᵉ Acuerdo se pase original todo con la brevedad posible á manos de Su Ex.ᵃ en cumplim.ᵗᵒ de lo que se tiene ordenado á este I. C. en su oficio citado, por los Señores Diputados de mes y archivándose dho. Testimonio.
En este estado haviendo entrado en esta Sala Capitular el S.ᵒʳ Regidor dn. Miguel de Azcuénaga, y que no lo permitieron hacerlo antes de su ocupac.ⁿ se le manifestaron los pareceres antecedentes; y enterado en ellos dijo que se conformava con lo expuesto por el S.ᵒʳ Alcalde de primer voto.
Se trató sobre que haviéndose cumplido por el Sor. dn. Joaquín Pinto el turno q.ᵉ le correspondía por la Vara de Fiel executor á fin del mes próximo pasado, devía pasar al S.ᵒʳ Regidor d.ⁿ Bernardo Gregorio de las Heras q.ⁿ en su virtud hizo pres.ᵗᵉ á este M. I. C. la imposibilidad que le asistía de poder desempeñar su ministerio por los notorios y graves asuntos q.ᵉ le inferían lo encargos de Defensor Gral. de Menores y Thesorero de propios en q.ᵉ está empleado, y que por la misma razón pedía se le exsonerase de dha. ocupac.ᵒⁿ que exigía tanta vigilancia, esfuerzo y trabajo. Y haviéndose hecho cargo los Señores de su justa Solicitud, por las poderosas razones que van expuestas, acordaron que pase por Turno, y sin perjuicio del dro. que le corresponde al Regidor futuro en el asiento, al S.ᵒʳ d.ⁿ Man.ˡ de Lezica quien haviéndolo aceptado hizo el juram.ᵗᵒ acostumbrado en manos del S.ᵒʳ Regidor dn. Joaquín Pintos, respondiendo á su cumplim.ᵗᵒ Sí Juro y Amén con lo que queda recivido del citado empleo, y se cerró este Acuerdo que firmaron los Señores de que doy fée.—Entre reng.ˢ—dos—Original todo—V.ᵉ—Testado—en lo que comprende la traza de la Ciudad doce quadras Leste á Oeste, y otras doce norte á Sur—el que—como—por ser todos—no—V.ᵉ.
Franc.ᶜᵒ Antonio de Escalada—Franc.ᶜᵒ de Segurola—Diego Mantilla y los Rios—Miguel Mansilla—Joq.ⁿ Pinto—Bern.ᵈᵒ Greg.ᵒ de las Heras—Man.ˡ Lezica—Juan M.ᵃ Salinas—Miguel de Azcuénaga—Jaime Alsina.
Ante mí