CAPITULO XXX
Administración colonial.—Residencias y visitas: su poca importancia.—Repartimiento de cosas y de indios.—Encomiendas.—Reducciones.—Origen de la esclavitud.—El asiento.—Abolición del comercio negrero.—Abolición de la esclavitud.—Los extranjeros en las colonias.—Aislamiento de las colonias.
Sostienen no pocos cronistas que las residencias tomadas a los virreyes, gobernadores, presidentes de las Audiencias, oidores y otros ministros de las Indias, fueron freno y castigo de malos ministros, premio y alabanza de los malos. No sólo cuidaron los reyes de las residencias a dichos ministros cuando ellos salían de sus oficios o eran promovidos a otros, sino que también, durante el tiempo de su ejercicio, si había quejas o dudas de su proceder dispusieron que se mandasen jueces que los visitaran. Los autores consideraron las visitas como asunto «más grave y estrecho que el de las residencias. Porque por la mucha mano y poder de los que han de ser visitados, y estar y durar como todavía están y duran en sus oficios, y que así podrían tomar venganza de los que contra ellos se quejasen o depusiesen, es del todo cerrado y secreto, y por sola la información sumaria, sin citar para ella ni dar copia de los testigos, ni de sus deposiciones, se da por concluso. Y sin que el visitador pronuncie sentencia sobre los cargos que de la visita resulten, cerrada y sellada la envía al Supremo Consejo para que en él se vea y determine. Y con sola una sentencia queda fenecido, sin remedio ni recurso de apelación o suplicación»[650]. Del mismo modo los clérigos constituídos en Orden sacro, sin embargo de todos sus fueros y privilegios, aceptando cargos y oficios seculares, se hallaban sujetos a las residencias y visitas, pudiendo ser castigados por los excesos que cometieren. Recomienda Solórzano que las visitas sean cortas o que se hagan en poco tiempo, que los visitadores sean personas de conocida prudencia y suficiencia, y que no vayan prevenidos en contra de los que han de visitar o residenciar[651].
Ni residencias ni visitas tenían mucho valor. Refiriéndose al Perú trasladaremos a este lugar lo que escriben Jorge Juan y Antonio Ulloa: «Las residencias de los corregidores—tales son las palabras de los sabios escritores—se proveen, unas por el Consejo de Indias, y otras por los virreyes; éstos sólo tienen arbitrio para nombrar jueces quando los corregidores tienen concluído su gobierno, y en España no se ha proveído su residencia en algún sujeto que la vaya a tomar; mas aun siendo en esta forma, es preciso que el juez nombrado por el Consejo se presente ante el virrey con sus despachos para que se le dé el Cúmplase. Luego que el corregidor tiene noticia del juez que le ha de residenciar, se vale de sus amigos en Lima para que le cortejen en su nombre y que le instruyan en lo necesario, a fin de que quando salga de aquella ciudad vaya ya convenido y que no haya en qué detenerse. Aquí es necesario advertir que además del salario regular que se le considera al juez a costa del residenciado por espacio de tres meses, no obstante que la residencia no dura más de quarenta días, está arreglado el valor de cada residencia proporcionado al del corregimiento, o más propiamente, el indulto que da el corregidor a su juez para que le absuelva de todos los cargos que pudieran aparecer contra él. Esto está tan establecido y público que todos saben allá que la residencia de tal corregimiento vale tanto, y la del otro, tanto, y así de todas; pero esto no obstante, si el corregidor ha agraviado a los vecinos españoles de su jurisdicción y hay rezelo de que éstos le puedan hacer algunas acusaciones graves, en tal caso se levanta el precio por costo extraordinario; pero de qualquier modo el ajuste se hace y a poco más costo sale libre el corregidor.
»Quando el juez de la residencia llega al lugar principal del corregimiento, la publica y hace fixar los carteles, corre las demás diligencias tomando información de los amigos y familiares del corregidor de que ha gobernado bien, que no ha hecho agravio a nadie, que ha tratado bien a los indios y, en fin, todo aquello que puede contribuir a su bien. Mas para que no se haga extraña tanta rectitud y bondad, buscan tres o quatro sugetos que depongan de él levemente, esto se justifica con el examen de los testigos que se llaman para su comprobación, y concluído que obró mal, se le multa en cosas tan leves como el delito. En estas diligencias se hace un legajo de auto bien abultado, y se va pasando el tiempo hasta que terminado se cierra la residencia, se presenta en la Audiencia, queda aprobada, y el corregidor tan justificado como lo estaba antes de empezar su gobierno, y el juez que lo residenció ganancioso con lo que le ha valido aquel negocio. Estos ajustes se hacen con tanto descaro, y los precios de las residencias están tan entablados, que en la de Valdivia sucedía, que como este parage está tan retirado del comercio de aquellos reynos, es regular que los gobernadores que entran sean jueces de residencia de los que acaban, y como el valor de la residencia pasase sucesivamente de uno a otro, tenían los gobernadores quatro talegas de mil pesos debaxo del catre donde dormían, a cuya cantidad no tocaban nunca porque no se les ofrecía ocasión que les precisase a ello, y como luego que llegaba el sucesor, le cedía el que acababa aquella habitación para mayor obsequio, al tiempo de acompañarle a dentro le señalaba los quatro mil pesos, y asegurándole que debían estar cabales, porque él no había abierto las talegas, le decía que en aquella cantidad le había dado la residencia su antecesor, y que él se la daba en lo mismo. Este método se practicó hasta después que pasamos a aquellos reynos según decían los del pays; pero no sabemos si continúa todavía; y si los quatro talegos están intactos o no, después de haber pasado baxo la posesión de tantos dueños, es cuestión de poca sustancia, siempre que pase por la misma cantidad.
»Si al tiempo que el juez está tomando la residencia ocurren algunos indios a deponer contra los corregidores algunas de las tiranías e injusticias que les ha hecho; o los desimpresionan de ello diciéndoles que no se metan en pleitos, que traerán malas consequencias contra ellos, porque el corregidor les tiene justificado lo contrario, o ya dándoles el corregidor una pequeña cantidad de dinero (del mismo modo que se engañara a un niño ofendido) consiguen que desista de la queja; pero si los indios no consienten en recibir cosa alguna, mas insisten en pedir justicia, los reprehende el juez severamente dándoles a entender que se les hace demasiada equidad en no castigarles los delitos que el corregidor ha justificado contra ellos, y haciéndose mediadores los mismos jueces, los persuaden, después de haber sufrido tantas tiranías, a que les deben estar obligados por no haberlos castigado en la ocasión con la severidad que merecían sus delitos; de suerte que lo mismo es para los indios, que sus corregidores sean residenciados o no»[652].
Dada la autoridad de los sabios Jorge Juan y Antonio Ulloa, no extrañarán nuestros lectores que hayamos copiado relación tan larga. Además, lo que ocurría en el Perú con los corregidores, sucedía en las demás colonias con los virreyes, gobernadores, presidentes de las Audiencias y demás ministros. Que algunas veces residentes y residenciados cumplían con su deber, no lo dudamos; pero lo general era lo que refieren con toda clase de detalles los ilustres marinos españoles.
Los repartimientos, tal como se hacían, eran grande iniquidad. Los corregidores debían llevar lo que fuere más propio de cada corregimiento (mulas, telas, frutos), y repartirlo entre los indios, si bien ponían el precio que les parecía y que la calidad sea mala les importaba poco. En lugar de mulas buenas entregaban animales que no son más que el pellejo, las telas de lo peor y los frutos pasados o podridos. «La tiranía de los repartimientos no está reducida a los precios enormes a que obligan a comprar a los indios, pues es aun mucho mayor con respecto a las especies que les reparten, las quales, por la mayor parte, son géneros de ningún servicio o utilidad para ellos»[653]. A veces se reparten artículos que los indios no consumen, como sucede con el vino, aguardiente, aceite y aceitunas. «El indio sale con la recua a su viaje, y como éstos son tan largos y penosos en aquellos payses, sucede, frequentemente que se les fatigan las mulas en el camino, y se muere alguna; y como se hallan obligados a continuar el viaje, y sin dinero para fletar otra de su cuenta, se ve precisado el amo a vender una mula por un precio muy baxo, y suplir la falta de la mula muerta y de la vendida. Así, pues, quando llega el amo a su destino, se halla con dos mulas menos, sin haber desquitado su importe, más adeudado que antes, y sin dinero para mantenerse»[654].
Otro sentido tiene la palabra repartimiento: se refiere no sólo a las cosas, sino a los individuos. Por varias cédulas se ordenó y mandó que se hiciesen repartimientos de indios para labrar los campos, para hacer obras de lana y algodón y para beneficiar las minas de oro, plata y azogue. Entendemos por obrajes, «las fábricas en donde se texen los paños, bayetas, sargas y otras telas de lana, conocidas en todo el Perú con la voz de ropa de la tierra»[655]. El trabajo de los obrajes comienza desde que aclara el día hasta que la obscuridad de la noche no permite trabajar. «La orden de ir a los obrajes causa más temor en los indios, que todos los castigos rigorosos que ha inventado la impiedad contra ellos»[656]. Por lo que atañe a la palabra mita, daremos la definición del editor de Noticias secretas de América. Después de censurar la definición dada por el Diccionario de la Academia Española, él da la siguiente: Conscripción anual por la que un crecido número de hombres nacidos y reputados por libres, son arrastrados de sus pueblos y del seno de sus familias, a distancias de más de cien leguas, para forzarlos al trabajo nocivo de las minas, al de las fábricas y otros ejercicios violentos, de los cuales apenas sobrevivía una décima parte para volver a sus casas»[657]. ([Apéndice I.])
Si Colón, a la vuelta de su primera expedición, trajo como esclavos algunos indígenas; si en el año 1495 mandó desde Nuevo Mundo varios indios para que se vendiesen como esclavos en los mercados de Andalucía, ¿puede a nadie extrañar que D. Francisco de Bobadilla, comendador de Calatrava, enviado a Santo Domingo para fiscalizar la conducta administrativa del Almirante, hiciera a los colonos españoles repartimientos de indios (1498), los cuales habían de sujetarse a las labores del campo y a los penosos trabajos de las minas? Y D. Nicolás de Ovando, comendador de Alcántara, sucesor de Bobadilla en el cargo de comisario regio, continuó también los repartimientos de indios; medida que sancionó Fernando el Católico, regente a la sazón de Castilla, con fecha 30 de abril de 1508. En la Instrucción dada a Diego Colón, hijo del Almirante, en el año 1509, a vuelta de la recomendación de que se trate bien a los indios, se encarga que se les reduzca a vivir en poblaciones y que se respete el repartimiento hecho por Ovando. El Rey, pues, aceptaba los hechos; y los indios, por tanto, quedaban convertidos en siervos. El 14 de agosto de 1509 se autorizó al citado don Diego para un nuevo repartimiento. Lo mismo que en la Española, en la isla de San Juan se hicieron varios repartimientos, y lo mismo tiempo después se hizo en todas nuestras colonias de las Indias.
Con el objeto de cultivar aquel feracísimo suelo y hacer de los indios labradores que diesen vida y prosperidad a la industria, con la cual habían de enriquecerse descubridores y pobladores, se crearon las Encomiendas. «Luego que se haya hecho la pacificación... dice la ley 1.ª, tít. VIII, lib. VI, el adelantado, gobernador o pacificador..., reparta los indios entre los pobladores, para que uno se encargue de los que fueren de su repartimiento y los defienda y ampare, proveyendo ministro que les enseñe la doctrina cristiana y administre los Sacramentos, guardando nuestro patronazgo, y enseñe a vivir en policía, haciendo lo demás que están obligados los encomenderos en sus repartimientos, según se dispone en las leyes de este libro.»
Veamos lo que sobre asunto tan importante dice Solórzano en su Política Indiana, lib. III, capítulo I: «Luego que por D. Cristóbal Colón se comenzaron a poblar las primeras islas que en estas Indias se descubrieron, como estuviesen entonces tan llenas de indios, y los españoles que las descubrieron y poblaron necesitasen de su servicio y trabajo, así para sus casas como para la busca y saca del oro y plata, labor de los campos, guarda de los ganados y otros ministerios, pidieron a D. Cristóbal les repartiese algunos, para que acudiesen a ellos, y él lo hizo, porque le pareció por entonces conveniente e inexcusable.» Añade Solórzano que lo mismo hicieron Nicolás de Ovando y otros gobernadores. «Y porque respeto de lo referido—escribe también el citado historiador—les daban los indios por tiempo limitado y mientras otra cosa no dispusiese el Rey, y les encargaban su instrucción y enseñanza en la religión y buenas costumbres, encomendándoles mucho sus personas y buen tratamiento, comenzaron estas reparticiones á llamarse encomiendas, y los que recibían los indios en esta forma encomenderos o comendatarios, del verbo latino commendo, que unas veces significa recibir alguna cosa en guarda y depósito, y otras recibirla en amparo y protección, y como debajo de su fe y clientela, según parece por muchos textos y autores que de esto tratan. Y esta última significación juzga el Padre José de Acosta que es la que más cuadra al nombre e intento de nuestras encomiendas, y que de ella pende su etimología o derivación, diciendo que así los llamaron encomenderos por el cuidado y providencia que debían tener de los indios que se pusieron debajo de su fe y amparo.» Hace notar Solórzano, siguiendo la opinión del obispo de Chiapa, que los encomenderos, atendiendo más a su provecho y ganancia que a la salud espiritual y temporal de los indios, les hacían trabajar de un modo excesivo, y aun los fatigaban más que a las bestias. Tiempo adelante, los reyes no sólo procuraron corregir los abusos de los encomenderos, sino que los cortaron de raíz.
Es evidente que el sistema de las encomiendas aprovechaba al Rey y a sus súbditos españoles. Era aquello el feudalismo medioeval, aunque más ventajoso para el soberano. Por lo que respecta a los indígenas, si parecía a primera vista que el servicio personal había sido abolido, quedando sólo el tributo del dinero, en realidad no había sido así. Si la ley prohibía el servicio personal, la práctica lo autorizaba. El indio, dígase lo que se quiera en contrario, se hallaba sometido a un amo que tenía sobre él poder despótico y arbitrario derivado de la costumbre, ya que no de la ley. Si el Rey había limitado el gravamen de los indios al pago de un tributo, accedió luego a que trabajasen personalmente en las faenas agrícolas, en la crianza de ganados y en la explotación de las minas. Trasladaremos aquí las palabras del distinguido escritor peruano don Enrique Torres Salamando, acerca de las encomiendas: «Quejas inauditas—dice—, acusaciones innumerables se lanzan hoy contra el establecimiento de las encomiendas; pero es necesario, para juzgar desapasionadamente las instituciones, remontarse a la época en que tuvieron origen, examinar con detenimiento si fué posible por otros medios satisfacer el propósito que se anhelaba conseguir. Estamos persuadidos—añade—de que si hoy estuviera en vigor la legislación que debió regirlas y se cumpliera con estrictez, nuestros indígenas no habrían llegado al estado de abatimiento y degradación en que se encuentran»[658].
A todo esto nos creemos obligados a hacer algunas observaciones. Es obvio que aventureros y conquistadores, más codiciosos los primeros que los segundos, se fijaron principalmente en el descubrimiento de minas de oro y plata, las cuales se hallaban en tierras elevadas y montuosas. Los conquistadores obligaron a los indios a dejar sus viviendas de las llanuras y a establecerse en las cercanías de las minas, encontrando allí las causas de su muerte: eran éstas la insalubridad del terreno y el excesivo trabajo. También había que agregar las enfermedades que diezmaban a los indios, siendo la principal la viruela. No de otra manera se explica la rápida despoblación que sufrieron algunas comarcas de las Indias. Los reyes y los gobiernos no siempre pudieron, ya por la distancia, ya por otros motivos, poner coto a las demasías de conquistadores y aventureros, resultando por ello la despoblación cada vez más grande.
Por el Concilio Limense II, p. 2, c. 80, pág. 57, se dispuso lo siguiente: «Que la muchedumbre de indios que está esparcida por diversos ranchos, se reduzcan a pueblos copiosos y concertados, como lo tiene mandado Su Majestad Católica.» Es evidente que los reyes y príncipes pueden mandar, obligar y forzar a sus vasallos, que viven esparcidos en los montes y campos, a reducirse en poblaciones[659]. Era natural que los conquistadores y colonizadores, después de arrostrar tantas fatigas y penalidades, quisiesen ganancia pronta y considerable, lo cual no podía conseguirse sin la explotación de los pobres indígenas. Tampoco tenemos inconveniente en admitir que el gobierno de la metrópoli llevaba su bondad al extremo de no querer nada que pareciese carga o vejación de los indios. En este dilema recurrió el gobierno á un término medio, creyendo que conciliaba los intereses de los conquistadores y de los conquistados, de los civilizadores y de los civilizados, sin que por ello perdiese la soberanía de la Corona. Veamos en términos breves y sencillos el fundamento de plan tan ingenioso y a la vez tan seguro. Para que los indios no viviesen divididos y separados por aquellas extensas sierras y por aquellos elevados montes, privados de todo beneficio espiritual y temporal, sin socorro de los ministros reales, se dispuso que fuesen reducidos a pueblos. Poniendo manos a la obra, las viviendas de los salvajes se convirtieron pronto en aldeas. La reducción y población había de realizarse «con tanta suavidad y blandura, que sin causar inconvenientes, diese motivo a los que no se pudiesen poblar luego, que viendo el buen tratamiento y amparo de los ya reducidos, acudiesen a ofrecerse de su voluntad»[660]. Para la formación de los mencionados pueblos, debían elegirse lugares «que tuviesen comodidad de agua, tierras y montes, entradas y salidas, y labranzas, y un egido de una legua de largo, donde los indios pudiesen tener sus ganados, sin que se revolviesen con otros españoles»[661]. Reservaban los reyes para la Corona muchas de las reducciones, en particular las de las cabeceras y puertos de mar; encomendaban o concedían las restantes a los individuos que les eran más gratos.
A su vez, los agraciados en las encomiendas o encomenderos, como correspondiendo a la gracia real, quedaban sujetos a las siguientes obligaciones:
1.ª Defender las personas y haciendas de los indios que tuvieran a su cargo, procurando que no recibiesen agravio alguno[662].
2.ª Edificar en las reducciones iglesias, proveyéndolas de todos los ornamentos necesarios, y sostener sacerdotes para que enseñasen a los indios la doctrina cristiana y administrasen los Santos Sacramentos[663].
3.ª Tener armas y caballos para defender la tierra en caso de guerra, y hacer en determinados tiempos sus correspondientes alardes con el objeto de hallarse siempre dispuestos, debiendo salir a campaña a su propia costa, si se les mandare[664].
4.ª Tener casas pobladas en las ciudades cabezas de sus encomiendas[665].
5.ª No podían ausentarse de la provincia y sólo para asunto preciso podía el gobernador otorgarles cuatro meses de licencia; pero obligándoles a dejar escudero que hiciera sus veces. Si era para ir a España y traer sus mujeres, se les concedían dos años[666].
Procurábase—y esto no deja de ser importante—que el encomendero no sacase de la encomienda una renta mayor de 2.000 pesos. A veces el residuo del tributo se distribuía en pensiones que no podían exceder de 2.000 pesos, y a los que las recibían se les llamaba pensionistas[667]. En general, los reyes hacían merced de las encomiendas por dos vidas; la del agraciado y la de su sucesor. Después, la encomienda volvía á la Corona, para que el Rey dispusiera de ella a su voluntad. Aunque los encomenderos trabajaron con empeño para que las encomiendas fuesen dadas a perpetuidad, nada pudieron conseguir. Lo mismo las encomiendas que las pensiones eran concedidas por los virreyes, presidentes y gobernadores de las Indias; mas las provisiones de ellas debían ser sometidas, dentro de cierto término, a la confirmación real, resultando—como dice un comentador—«que Su Majestad era el que verdaderamente las otorgaba»[668].
Los abusos que se cometían con la excusa de los repartimientos, encomiendas y reducciones promovieron la indignación de los dominicos, a cuya cabeza se puso—como tantas veces hemos dicho en esta obra—Fray Bartolomé de las Casas. Gran parte de su vida sacerdotal pasó el obispo de Chiapa declamando contra tales injusticias. Desde que en el año 1515 se embarcó para España con la idea de llevar sus quejas a Fernando el Católico, no cesó en su obra humanitaria. Como D. Fernando se encontrase por entonces enfermo de cuerpo y hondamente preocupado con los asuntos políticos, hubo de delegar el asunto de las Indias a su secretario Conchillos, el cual, así como Fonseca, obispo de Burgos, eran opuestos al derecho de los indígenas. A la muerte de D. Fernando insistió Las Casas cerca de los regentes Cisneros y Adriano, logrando que el citado cardenal hiciese algo en favor de los indios. Al lado de Las Casas se pusieron Cisneros, Juan López de Vivero, vulgarmente conocido con el nombre de su pueblo, Palacios Rubios (Salamanca) y algunos otros. Luego, a ruegos de Las Casas, se publicaron por Carlos V—como ya se ha dicho y repetimos más adelante—famosas Ordenanzas; pero los delegados que fueron a implantar las Nuevas Leyes se pusieron al lado de los colonos, fracasando de este modo las gestiones del incansable protector de los indios.
Terminaremos asunto de interés tan capital, con las siguientes observaciones: repartimientos, encomiendas y reducciones no merecen nuestras alabanzas. Reconocemos que, si buena fe guió a los fundadores, los resultados no correspondieron a lo que aquéllos deseaban; pero las censuras de muchos escritores anglo-sajones son más severas que justas. No negaremos que la organización civil y política de las colonias españolas era distinta de la organización civil y política de las colonias inglesas; no negaremos que el catolicismo allá y el protestantismo acá, influyeron en la manera de ser, en las costumbres de unas y de otras colonias.
Ante la crítica apasionada de muchos escritores a nuestro sistema de repartimientos, encomiendas y reducciones, conviene recordar que frecuentemente los indios tuvieron protectores y no tiranos, y cuando terminaron aquéllas, el indígena pudo contar con una libertad cuasi completa. Si en Norte-América no hubo repartimientos, encomiendas y reducciones, en cambio, los indígenas, sujetos al yugo de los conquistadores ingleses, no lograron entonces bienes de ninguna clase; y á la sazón se mueren de hambre en los incultos desiertos del Arkansas. Además, si con la organización y política de las colonias españolas, el indio tuvo un amo, en los Estados Unidos, sin dicho sistema de organización, tuvo muchos amos, hallándose expuesto siempre a los desmanes de grosera e indisciplinada soldadesca.
Somos de opinión que, después de la independencia, después que se rompieron los vínculos que unían las colonias a la metrópoli, se manifestaron los caracteres diferenciales de una y de otra raza, distinguiéndose entonces el positivismo anglo-sajón y el idealismo latino. Por eso, mientras los primeros buscaban el bienestar por el orden, el trabajo y la formalidad, los segundos, impacientes, desconfiados y revolucionarios corrían por terrenos ignorados, con la fogosidad y el atolondramiento de la juventud.
En suma, puede asegurarse: 1.º Que el conquistador o colonizador español tuvo menos ventajas con su política que el conquistador o colonizador anglo-sajón; 2.º Que el indígena, si fué encadenado por el primero, sufrió la dura y tiránica ley del segundo. Encontró el pobre indio en todas partes la tiranía, lo mismo en la América Meridional que en la Septentrional, lo mismo o quizá menos bajo la raza española que bajo el poder de la raza anglo-sajona. Repítese en todos los tonos que el español, no compadeciéndose del indio, le obligó a extraer el oro y la plata de las minas; pero, ¿no hicieron lo mismo entonces, después y siempre los ingleses? Adquirieron la independencia las colonias, no por los celos de los criollos contra los europeos, no por el mal trato de la metrópoli, no por las nuevas ideas políticas de los principales jefes del movimiento, sino porque así debía ser, porque debían salir de la tutela donde habían estado tanto tiempo.
La esclavitud no echó profundas raíces en las Indias. El esclavo no fué considerado como una bestia de carga, ni se le maltrataba, ni se le atormentaba. Se le manumitía con harta frecuencia, sucediendo no pocas veces que rechazaba la libertad concedida por los dueños. Raramente se rebeló contra sus amos. Consideremos el origen de la esclavitud. Los conquistadores y colonos se encontraron con la necesidad de cultivar la tierra y extraer el mineral de las minas. La raza indígena era poco a propósito para lo uno y para lo otro, naciendo entonces la idea de llevar al Nuevo Mundo esclavos negros, gente, en general, robusta y fuerte. El emperador Carlos V, por vez primera, autorizó en el año 1517 a un flamenco para que introdujese esclavos africanos en América. A las mil maravillas cumplió su cometido el compatriota del César, pues—cuentan—que cinco años después de la concesión del privilegio, los negros de Santo Domingo eran más numerosos que los blancos. No huelga decir que, según algunos cronistas, ya en 1505 se habían introducido 17 negros en la Isla Española para trabajar las minas, y en 1510, pasaron de 100[669].
En mayor o menor número y con más frecuencia o menos frecuencia, continuaron concediéndose los privilegios de introducción o asiento, hasta que al fin quedó prohibido el tráfico negrero en el Congreso de Viena (1.º noviembre 1814 al 9 julio 1815). En él se acordó la abolición del comercio de negros; mas la ejecución de semejante medida debía ser lenta, por cuanto se dejó a Inglaterra, Rusia, Austria, Prusia, Francia, España, Portugal y Suecia la designación de la época en que cada una de dichas naciones quisiera realizarla. Las potencias más interesadas en abolir la trata de negros eran Francia, España y Portugal[670]. El comercio de esclavos se aumentó considerablemente después de prohibido, lo cual hizo que, tiempo adelante, la Gran Bretaña, Austria, Francia y Rusia pusiesen en práctica lo que el Congreso de Viena había propuesto, firmando (20 diciembre 1841) un tratado para impedir el inhumano tráfico.
El remedio más radical para acabar con el tráfico de negros era la abolición de la esclavitud. El gobierno inglés proclamó en 1831 la libertad inmediata de todos los esclavos de la Corona, contestando a los clamores de los colonos con la abolición de la esclavitud en las colonias occidentales para el 1.º de agosto de 1834. Roberto Peel, que no había sido partidario de la citada abolición, la llamó «la más feliz reforma de que el mundo social puede ofrecer ejemplo.» También, poco a poco, los gobiernos españoles realizaron reforma tan transcendental.
Pocos extranjeros vivían en nuestras colonias. No sólo eran mal mirados por los monarcas españoles, sino que hasta el siglo xviii se les prohibía establecerse en las posesiones de la India. Cuando lo hacían, se mandaba que sin excusa alguna y en el menor tiempo posible, saliesen con sus familias de las citadas provincias. No es extraño, pues, que fuesen muy pocos los extranjeros que se arriesgasen a vivir en las colonias, dándose el caso que Humboldt, durante los cinco años que viajó por el virreinato de México, sólo encontró un alemán. Según el censo de 1809, en Chile apenas había 80 extranjeros. Todos, lo mismo en la metrópoli que en América, querían el aislamiento de las colonias. Temían los reyes que los extranjeros habían de propagar en aquellos países el espíritu revolucionario, y por esta razón aislaron sus colonias del resto del mundo. No puede negarse que sacrificaron el progreso intelectual al fanatismo político y religioso. No andaban del todo separados de la verdad, según tendremos lugar de ver más adelante.