Las capitanías generales eran las de la Española, Guatemala, Chile y Venezuela.
Según la ordenanza de 1803, las Intendencias o provincias eran las siguientes: El virreinato de México comprendía las intendencias de Puebla de los Angeles, Nueva Veracruz, Mérida de Yucatán, Antequera de Oaxaca, Valladolid de Mechoacán, Santa Fe de Guanajuato, San Luis de Potosí, Guadalajara, Zacatecas, Durango y Sonora.
El virreinato del Perú, las intendencias de Farnia, Trujillo, Cuzco, Gusmanga, Huancavalica, Arequipa, Chiloe y Puno.
El virreinato de Santa Fe de Bogotá o Nueva Granada, las intendencias de Quito, Popayán, Cuenca, Cartagena y Panamá.
El virreinato de Buenos Aires, las intendencias de Paraguay, Córdoba, Tucumán, Salta, Cochabambo, Paz, Plata y Potosí.
La capitanía general de la Española, los gobiernos de Cuba, de Puerto Rico y de las posesiones de la Florida y de la Luisiana.
La capitanía general de Guatemala, las intendencias del Salvador, Comayagua, Nicaragua, Chiapa y Guatemala.
La capitanía general de Chile, las intendencias de Santiago y Concepción.
La capitanía general de Venezuela, las intendencias de Caracas, Maracaibo, Barinas, Cumaná y Guayana.
Las Intendencias, establecidas en España desde el año 1718, se intentó crearlas en México en 1768—de acuerdo con el visitador D. José Gálvez—por el virrey marqués de Croix. También desechó el proyecto el virrey Bucareli; pero lo aceptó D. Bernardo Gálvez, conde de Gálvez, en 1786, publicándose entonces la célebre Instrucción de Intendentes[675]. Algunas observaciones debemos hacer a la citada Ordenanza. En la Introducción de la Instrucción de Intendentes dice el rey Carlos III que «movido de paternal amor a sus vasallos y deseoso de poner en buen orden, felicidad y defensa los dilatados dominios de las dos Américas, ha resuelto, con muy fundados informes y maduro examen, establecer en el reino de Nueva España intendentes de ejército y provincia, para que dotados de autoridad y sueldos competentes, gobiernen aquellos pueblos y habitantes en la parte que se les confía.» La Instrucción consta de 306 artículos, divididos en cinco grupos: en el primero se establecen bases, y en los siguientes las causas de justicia, policía, hacienda y guerra. Por el art. 1.º se dividía el reino de México en doce intendencias, las cuales tomarían el nombre de la población que se erigiese en capital. Por el 2.º, se confirmaba la autoridad que al virrey conferían las leyes de Indias, pero dejando al cuidado de los intendentes todo lo relativo a la Real Hacienda. Por los demás artículos se deslindaban con toda claridad las facultades de los intendentes respecto a los virreyes, en particular en lo referente a la agricultura, industria, abastecimiento, sanidad y beneficencia de los pueblos.