Que los indios reducidos a la esclavitud contra las provisiones reales fuesen puestos en libertad, oidas las partes breve y sumariamente.

Que no se obligara a los indios a llevar carga excesiva, de modo que pudiese peligrar su vida y salud. Tampoco se les podía obligar a llevar carga contra su voluntad y siempre mediante la correspondiente remuneración.

Que, contra su voluntad, no se hiciera a los indios que pescasen perlas «porque estimamos—decían las Ordenanzas—en mucho más, como es razón, la conservación de sus vidas, que el interés que nos puede venir de las perlas.»

Que los virreyes, gobernadores, prelados, hospitales y todas las personas favorecidas con oficios, no tuviesen indios encomendados.

Que las personas que poseían indios, sin título para ello, ó teniéndolo, se les había dado muchos, se ordenaba: a los primeros, que les dieran libertad, y a los segundos, que se quedasen con un número determinado.

Que las Audiencias averiguasen si los encomenderos trataban bien a sus indios, pues si les daban malos tratos, se les privaría de ellos y se incorporarían a la corona real.

Que en lo sucesivo ningún virrey, gobernador, Audiencia, ni otra persona cualquiera, pudiese dar a los indios encomienda, ya por vía de venta, ya por donación, ora por herencia, ora por otro título. Aun en el caso de que muriese la persona que tenía indios encomendados, deberían las Audiencias adquirir ciertos datos si se quería que los herederos del muerto obtuviesen determinadas gracias del Rey.

Que las Audiencias desplegasen el mayor celo y cuidado en favor de los indios que hubieran recobrado la libertad en virtud de las disposiciones anteriores.

Las citadas leyes y otras del mismo carácter, transformaron completamente el estado actual de los indios. Prescott llegó a decir que ellas, «tocando a las más delicadas relaciones de la sociedad, destruían los fundamentos de la propiedad y de una plumada convertían en libre una nación de esclavos»[738]. Benalcázar, por el contrario, escribió a Carlos V (20 diciembre 1544), diciéndole que despojando a los dueños de sus esclavos se reducía inevitablemente el país a la miseria[739].

Pocos días después de la publicación de las Nuevas Leyes, el Padre Las Casas publicó un folleto intitulado Brevísima relación de la destrucción de las Indias Occidentales, en el cual—como escribe Milla—trazaba un cuadro que sería verdaderamente aterrador, si su misma exageración no hiciera desconfiar de la veracidad de muchos de los hechos referidos[740].